Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/3/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

24 de marzo de 2017

B.O.P. DE CADIZ NUM. 56

esta Delegación su fecha de inserción a los efectos de la emisión de la Resolución de Aprobación de Proyecto de Ejecución.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15/11/2016. LA DELEGADA TERRITORIAL. Fdo.: MARÍA GEMA
PÉREZ LOZANO.
Nº 86.638/16


Consejeria de Empleo, Empresa y Comercio Cadiz ANUNCIO DE INFORMACIÓN PUBLICA PARA AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y con la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se somete a INFORMACIÓN PÚBLICA el expediente incoado en esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Cádiz, con objeto de AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:
Peticionario: ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U.
Domicilio: C/ CARACOLA, S/N - 11011 CÁDIZ
Emplazamiento de la instalación: BARRIADA MIRAFLORES
Términos municipales afectados: SAN ROQUE
Finalidad de la instalación: Mejora de la calidad de suministro CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
1 Descripción
Origen Apoyo 1 Sustitución existente A166482

Final
Tipo
2 3

4
Apoyos RH5Z1-OL
18/30
CD
Metálicos 3x1x240
28.846 Subterránea 15 0,19 KV
en celosía mm2 Al
1 Línea 2 Tensión kV 3 Longitud km 4 Conductores REFERENCIA: AT-13487/16
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal 6. Edificio Junta de Andalucía. 11008 Cádiz, y formularse, al mismo tiempo y por duplicado, las reclamaciones que se estimen oportunas en el plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.
16/01/2017. LA DELEGADA TERRITORIAL. Fdo.: MARÍA GEMA
PÉREZ LOZANO.
Nº 4.557


Consejeria de Empleo, Empresa y Comercio Cadiz CONVENIO COLECTIVO DE LOS TRABAJADORES DE URBASER, S.A.
ADSCRITOS AL SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA DE SAN FERNANDO
CÁDIZ PARA LOS AÑOS 2016 Y 2017
Codigo del convenio 11000082011981
CAPITULO I. CONDICIONES GENERALES
Art. 1º AMBITO TERRITORIAL
Art. 2º AMBITO FUNCIONAL
Art. 3º AMBITO PERSONAL
Art .4 º VIGENCIA Y DURACIÓN
Art. 5º ABSORCION Y COMPENSACIÓN
Art. 6º CONDICIONES MÁS BENEFICIOSAS
Art. 7º COMISION INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO
CAPITULO II. CONDICIONES TRABAJO
Art. 8º JORNADA DE TRABAJO
Art. 9º TRABAJADORES FIJOS A TIEMPO PARCIAL
Art. 10º FALTA DE PERSONAL
Art. 11º VACACIONES
Art. 12º LICENCIAS RETRIBUIDAS
Art. 13º PERMISO SIN SUELDO
Art. 14º PROMOCION Y ASCENSOS
Art. 15º PUESTO DE TRABAJO
Art. 16º CLASIFICACION DEL PERSONA SEGÚN SU PERMANENCIA
Art. 17º CAMBIOS DE PUESTOS DE TRABAJO
Art. 18º VESTUARIO
CAPITULO III. CONDICIONES ECONÓMICAS
Art. 19º RETRIBUCIONES SALARIALES
Art. 20º ANTIGEDAD
Art. 21º PLUSES ACTIVIDAD, INCENTIVOS, NOCTURNOS, PENOSOS-TÓXICOS
Y TRANSPORTE
Art. 22º PLUS DE DEDICACIÓN
Art. 23º PAGAS EXTRAORDINARIAS
Art. 24º MANEJO DE MAQUINARIA
Art. 25º PREMIO DE PUNTUALIDAD
Art. 26º HORAS EXTRAORDINARIAS Y HORAS COMPLEMENTARIAS
CAPITULO IV.- MEJORAS SOCIALES
Art. 27º SEGURO COLECTIVO
Art. 28º COMPLEMENTO POR ACCIDENTE Y ENFERMEDAD

Página 3

Art. 29º PREMIO DE JUBILACIÓN
Art. 30º AYUDA SOCIAL
Art. 31º JUBILACIÓN ANTICIPADA
Art. 32º JUBILACIÓN PARCIAL
Art. 33º BOLSA DE TRABAJO
Art. 34º MANTENIMIENTO DE PLANTILLA
Art. 35º INCAPACIDADES
Art. 36º DETENCIÓN
Art. 37º CARNET DE CONDUCIR
Art. 38º SANCIONES
Art. 39º SALUD LABORAL
Art. 40º MEJORAS MÉDICAS
Art. 41º PAGO DE RETRIBUCIONES Y ANTICIPOS
Art. 42º PRÉSTAMOS Y ANTICIPOS
CAPITULO V.- REPRESENTACIÓN SINDICAL
Art. 43º COMITÉ DE EMPRESA
Art. 44º COMPETENCIAS DEL COMITÉ
Art. 45º HORAS SINDICALES
Art. 46º LUGAR DE REUNIÓN
Art. 47º ASAMBLEAS
Art. 48º DERECHOS SINDICALES
Art. 49º CUOTA SINDICAL
Art. 50º FINIQUITO
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición Adicional Primera.
Disposición Adicional Segunda.
Disposición Adicional Tercera.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Disposición Transitoria Primera.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición Final Primera.
Disposición Final Segunda.
Disposición Final Tercera.
Disposición Final Cuarta.
ANEXO I. TABLAS SALARIALES 2016 y 2017
ANEXO II. OTROS CONCEPTOS NO INCLUIDOS EN LA TABLA SALARIAL
y HORAS EXTRAS
ANEXO III CUADRANTE DE VACACIONES
CAPITULO I - CONDICIONES GENERALES
Art.1º AMBITO TERRITORIAL
El presente convenio, negociado por representantes de los trabajadores y la representación Empresarial de Urbaser S.A. será de aplicación al centro de trabajo de la localidad de San Fernando.
Art 2º AMBITO FUNCIONAL
Las actividades que corresponde el presente convenio serán de las de Limpieza viaria, Recogida de residuos Sólidos Urbanos, así como todas aquellas prestaciones estipuladas en el Contrato de Servicio con el Excmo. Ayuntamiento de San Fernando, siempre que la actividad esté relacionada con la limpieza pública.
Art. 3º AMBITO PERSONAL
Cuanto se establece en este Convenio es de aplicación a todos los trabajadores en sus distintas categorías profesionales, que se establecen en las Tablas Salariales anexas de este convenio, ya sean fijos o eventuales, así como a los que ingresen en la Empresa durante la vigencia del convenio.
Art.4 º VIGENCIA Y DURACIÓN
La duración del presente convenio será de dos años comenzando su vigencia el 1 de enero de 2016 y finalizando el 31 de diciembre del año 2017, entrando en vigor al día siguiente de su firma. Con independencia de lo anterior, los efectos económicos del presente convenio surgirán efectos a partir del 1 de enero de 2017.
Una vez finalizada su vigencia, éste convenio se entenderá automáticamente prorrogado por periodos anuales, si ninguna de las partes lo denunciara con una antelación mínima de dos meses a la fecha de su vencimiento. La citada denuncia se realizará mediante comunicación escrita a la otra parte.
En el supuesto que no mediara denuncia alguna por ninguna de las partes, los conceptos económicos y salariales del presente convenio se incrementarán a partir del 1 de enero de cada año en lo que haya subido el IPC de los 12 meses anteriores provisionalmente y mantendrá la vigencia de todo su articulado.
Art. 5º ABSORCION Y COMPENSACIÓN
Las retribuciones establecidas en el presente convenio compensarán todas las existentes en el momento de su entrada en vigor cualquiera que sea la naturaleza y el origen de las mismas.
Los aumentos de retribuciones que puedan producirse en el futuro por disposiciones legales de general aplicación, Convenio Colectivo o contratos individuales solo podrán afectar a las condiciones pactadas en el presente convenio, cuando consideradas las nuevas retribuciones en cómputo anual supera las aquí pactadas.
Art. 6º CONDICIONES MÁS BENEFICIOSAS
Todas las condiciones económicas y de cualquier índole laboral pactadas en este convenio, estimadas en cuanto sea posible de modo conjunto, tendrá la consideración de mínimas, por lo que los pactos, cláusulas y condiciones más beneficiosas para los trabajadores subsistirán en tal concepto, como gozando de las mismas.
ART. 7º COMISION INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO
Esta comisión será un órgano de interpretación, conciliación y vigilancia del cumplimiento del Convenio. Sus funciones serán las siguientes:
Interpretación auténtica del Convenio.
Arbitraje de común acuerdo, de los problemas o cuestiones que sean sometidas por ambas partes.
Conciliación facultativa en los problemas colectivos, con independencia de las atribuciones que, por norma general puedan corresponder a los órganos competentes.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/3/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha24/03/2017

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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