Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/3/2017

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 61
JUNTA DE ANDALUCIA

Consejeria de Empleo, Empresa y Comercio Cadiz RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE CÁDIZ, POR LA QUE SE CONCEDE
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA A INSTALACIÓN ELÉCTRICA
DE ALTA TENSIÓN.
Visto el expediente AT-13152/15, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización Administrativa Previa para construir una instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: AGENCIA DE OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Domicilio: AVDA. DIEGO MARTÍNEZ BARRIOS, 10 - 41013 SEVILLA
Lugar donde se va a establecer la instalación: NUEVO POLÍGONO TIRO JANER
Término municipal afectado: SAN FERNANDO
Finalidad: Atender el suministro a tranvía.
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en TITULO VII, Capitulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.
Durante la información pública, con fecha 9 de mayo de 2016, se presentaron alegaciones al proyecto por parte de la Plataforma Ciudadana Sentencia-Tranvía, las cuales fueron respondidas adecuadamente por el titular en todos sus extremos, aportando documentación justificativa de los puntos alegados Sentencias de nulidad, Divergencia con el ordenamiento jurídico en materia ambiental y Exención de tenencia de licencia de obra urbanística municipal FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Delegación Territorial es competente para resolver sobre la citada AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA, según lo dispuesto en el artículo 49
del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en el Decreto de la Presidenta 12/2015 de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, Decreto 205/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Conocimiento, Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA
nº 59, de 28/03/2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, RESUELVE:
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA, a: AGENCIA DE
OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
Subestación 66/20 KV 2x20 MVA
Composición básica:
- Paque de 66 KV
- Parque de 20 KV
- Parque de transformación - Sistema de control y protecciones - Sistema de medida - Sistema de telecomunicaciones - Sistema de puesta a tierra - Sistema de seguridad Esta Autorización Administrativa Previa, se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. La presente resolución será publicada en el boletín oficial de la provincia de Cádiz.
El titular deberá comunicar a esta administración la fecha de inserción del anuncio en el boletín.
2. El plazo de presentación de la solicitud de autorización administrativa de construcción será de cinco años contados a partir de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la solicitud de autorización administrativa de construcción, se procederá a la caducidad de la presente Resolución.
El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la ampliación de dicho plazo, necesariamente antes de la terminación del mismo.
3. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para la elaboración del proyecto, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
4. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
5. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

31 de marzo de 2017

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
23/02/2017. LA DELEGADA TERRITORIAL. Fdo.: MARÍA GEMA
PÉREZ LOZANO.
Nº 18.118


Consejeria de Empleo, Empresa y Comercio Cadiz RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE CÁDIZ, POR LA QUE SE CONCEDE
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA A INSTALACIÓN ELÉCTRICA
DE ALTA TENSIÓN.
Visto el expediente AT-13089/15, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización Administrativa Previa para construir una instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: AGENCIA DE OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Domicilio: AVDA. DIEGO MARTÍNEZ BARRIOS, 10 - 41013 SEVILLA
Lugar donde se va a establecer la instalación: SUBESTACIONES "BAHIA SUR" Y
" TIRO JANER" - CTRA DE LA ARDILA
Término municipal afectado: SAN FERNANDO
Finalidad: Atender suministro a tranvía Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en TITULO VII, Capitulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.
Durante la información pública, con fecha 9 de mayo de 2016, se presentaron alegaciones al proyecto por parte de la Plataforma Ciudadana Sentencia-Tranvía, las cuales fueron respondidas adecuadamente por el titular en todos sus extremos, aportando documentación justificativa de los puntos alegados Sentencias de nulidad, Divergencia con el ordenamiento jurídico en materia ambiental y Exención de tenencia de licencia de obra urbanística municipal FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Delegación Territorial es competente para resolver sobre la citada AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA, según lo dispuesto en el artículo 49
del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en el Decreto de la Presidenta 12/2015 de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, Decreto 205/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Conocimiento, Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA
nº 59, de 28/03/2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, RESUELVE:
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA, a: AGENCIA DE
OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
1 Descripción
1

Origen
Final Tipo 2 3
4 Apoyos F
u t u r a RHZ1
36/66
Metálicos Línea Tiro Subte3x1x1000 en celosía subterránea SET Bahía Sur SET
rránea 66 1,912 KVmm2
Janer Al
1 Línea 2 Tensión kV 3 Longitud km 4 Conductores Esta Autorización Administrativa Previa, se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. La presente resolución será publicada en el boletín oficial de la provincia de Cádiz. El titular deberá comunicar a esta administración la fecha de inserción del anuncio en el boletín.
2. El plazo de presentación de la solicitud de autorización administrativa de construcción será de cinco años contados a partir de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la solicitud de autorización administrativa de construcción, se procederá a la caducidad de la presente Resolución.
El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la ampliación de dicho plazo, necesariamente antes de la terminación del mismo.
3. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para la elaboración del proyecto, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
4. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/3/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha31/03/2017

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031