Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/3/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 57
JUNTA DE ANDALUCIA

Consejeria de Empleo, Empresa y Comercio cadiz Código del convenio: 11100512012015
ACTA DE REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN DEL I CONVENIO
COLECTIVO DE BERNARDINO ABAD, S.L. PARA SU CORRECCIÓN
En la ciudad de Cádiz y en las instalaciones del Despacho profesional Capital Asesores C. Nueva, 9 - 11005 Cádiz a 16 de febrero de 2017, y siendo las 11:00 a.m. quedan REUNIDOS
POR LOS TRABAJADORES: D. JAVIER GONZALEZ BARROSO DELEGADO
DE PERSONAL
POR LA EMPRESA: D. MANUEL RAMIREZ RIOS REPRESENTANTE
APODERADO
SECRETARIO: D. JERONIMO PEREZ MARRERO
Todos los comparecientes se reconocen mutuamente su representación, integrando la Comisión del Convenio conforme a lo establecido en el artículo 9 del mismo y reuniéndose en sesión extraordinaria conforme a las competencias reflejadas en el punto 4 del citado artículo, lo que les otorga la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente acta y, de su libre y espontánea voluntad.
EXPONEN
Primero.- Que se ha detectado una errata en la redacción del artículo 31 del Convenio Colectivo sobre periodo de prueba que quedó redactado como sigue:
Artículo 31. Período de prueba.
Es posible estipular un período de prueba durante el cual ambas partes pueden resolver el contrato sin necesidad de alegar justa causa, sin preaviso y sin indemnización alguna.
Cuando el período de prueba está expresamente pactado, constituye un contrato sujeto a condición resolutoria. En consecuencia, sobrevenida la condición en forma de declaración de voluntad resolutoria de cualquiera de las partes contratantes, la relación jurídica se extingue de forma automática, dejando de producir efectos.
Los trabajadores de nuevo ingreso, cualquiera que sea la modalidad contractual, podrán ser objeto de un período de prueba siempre que se pacte por escrito, cuya duración máxima será:
- Grupos 4 y 5: seis meses sólo técnicos titulados - Grupo 1, 2 y 3: dos meses resto del personal incluidos contratos inferiores a seis meses Segundo.- Se decide por unanimidad el cambio de redacción del citado artículo quedando de la manera que a continuación se detalla:
Artículo 31. Período de prueba.
Es posible estipular un período de prueba durante el cual ambas partes pueden resolver el contrato sin necesidad de alegar justa causa, sin preaviso y sin indemnización alguna.
Cuando el período de prueba está expresamente pactado, constituye un contrato sujeto a condición resolutoria. En consecuencia, sobrevenida la condición en forma de declaración de voluntad resolutoria de cualquiera de las partes contratantes, la relación jurídica se extingue de forma automática, dejando de producir efectos.
Los trabajadores, cualquiera que sea la modalidad contractual, podrán ser objeto de un período de prueba siempre que se pacte por escrito, cuya duración máxima será de:
- Técnicos titulados: seis meses - Resto de personal incluidos contratos inferiores a seis meses: dos meses Será nulo el pacto que establezca un periodo de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación.
Tercera.- Mediante la presente se autoriza a la representación de la empresa para que proceda a la comunicación telemática de esta modificación y la ponga en conocimiento de las autoridades pertinentes.
Leída la presente, y hallada conforme, y como Secretario, doy fe, firmando conmigo todos los indicados miembros de la comisión negociadora.
Nº 20.468

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Oficina de Los Barrios ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO
D. Francisco Javier Muñoz Moreno, Jefe de la Unidad de Recaudación de Los Barrios del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz. HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Los Barrios, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
CONCEPTOS:
- OVP MÁQUINAS
- CAJEROS AUTOMÁTICOS
- OVP MESAS Y SILLAS
- OVP MERCANCÍAS
- INSTALACION DE ANUNCIOS

27 de marzo de 2017

- COTOS
- IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA
- ENTRADA DE VEHÍCULOS
PLAZOS DE INGRESO: del 3 de Abril hasta el 9 de Junio de 2017, ambos inclusive.
MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio:
CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO
SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA.
LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 h. a 14:00 h.
Mediante díptico/carta de pago.
Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
Mediante Plan de Pago Personalizado.
Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán personarse en la Unidad de Recaudación de Los Barrios, oficina de atención al público sita en Urb. El Lazareto C/. Esparraguera s/n, en horario de 9:00 a 14:00
horas de lunes a viernes.
ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Lo que hago público para general conocimiento. En Los Barrios, a 16 de Febrero de 2017. El Jefe de la Unidad de Recaudación. Fco. Javier Muñoz Moreno.
Nº 20.434


Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Oficina de Tarifa ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO
D. RODRIGO CANTUDO VÁZQUEZ, Jefe de la Unidad de Recaudación de TARIFA del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz. HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de TARIFA, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
CONCEPTOS: IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, I.V.T.M. 2017 y TASA POR ENTRADAY SALIDA DE VEHÍCULOS VADOS 2017.
PLAZOS DE INGRESO: del 3 de Abril hasta el 9 de Junio de 2017, ambos inclusive.
MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio:
CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO
SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA.
LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 h. a 14:00 h.
- Mediante díptico/carta de pago.
- Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
- A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
- Mediante Plan de Pago Personalizado.
Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán personarse en la Unidad de Recaudación de Tarifa, oficina de atención al público sita en C/. Sancho IV El Bravo, núm. 17, en horario de 9:00 a 13:30
horas de lunes a viernes.
ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Lo que hago público para general conocimiento. En Tarifa, a 8 de Marzo de 2017 . El Jefe de la Unidad de Recaudación. Firmado: Rodrigo Cantudo Vázquez.
Nº 20.436


Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Oficina de Olvera ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO
D. Miguel Otero López, Jefe de la Unidad de Recaudación de Olvera del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz. HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios de Aguas Sierra de Cádiz de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
CONCEPTOS: AGUAS DE ALCALÁ DEL VALLE, 1º TRIMESTRE DE 2017.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/3/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha27/03/2017

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6015

Primera edición02/01/2001

Ultima edición13/05/2024

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