Diario Oficial El Peruano del 11/11/2019 - Procesos Constitucionales

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Fuente: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

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PROCESOS CONSTITUCIONALES

comparecencia restringida con impedimento de salida del país, por el Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima Norte, al declarar infundado el pedido de prisión preventiva requerido por el Ministerio público, por lo que habría operado la sustracción de la materia, conforme a lo normado en el artículo 1 del Código Procesal Constitucional.
3.2 No obstante, conforme a pronunciamientos reiterados del Tribunal Constitucional, este despacho considera necesario evaluar la legitimidad de la cuestionada actuación policial, toda vez, que se alega una detención sin mandato judicial, bajo la figura de una presunta flagrancia delictiva.
IV.- ANÁLISIS Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN
4.1 La Constitución Política establece expresamente en su artículo 200, inciso 1, que el hábeas corpus procede cuando se vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos a ella. No obstante, no cualquier reclamo en el que se alegue la presunta afectación del derecho a la libertad individual o sus derechos conexos puede dar lugar al análisis del fondo de la materia cuestionada mediante el hábeas corpus, pues para ello debe examinarse previamente si los hechos cuya inconstitucionalidad se denuncia revisten relevancia constitucional y, luego, si agravian el contenido constitucionalmente protegido del derecho fundamental a la libertad personal; es por ello que el Código Procesal Constitucional prevé en su artículo 5, inciso uno, que no proceden los procesos constitucionales cuando: 1 los hechos y el petitorio de la demanda no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado.
4.2 De otro lado, el artículo 2 del Código Procesal Constitucional, indica que el Hábeas Corpus procede ante la amenaza o violación de los derechos constitucionales
El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2019

por acción u omisión de actos de cumplimiento obligatorio por parte de autoridad funcionario o inclusive cualquier persona natural. Asimismo, el artículo 25 numeral 7 del Código Procesal Constitucional, señala: El derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado del Juez, o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito; o si ha sido detenido, a ser puesto dentro de las 24 horas o en el término de la distancia, a disposición del juzgado que corresponda, de acuerdo con el acápite f del inciso 24 del artículo 2 de la Constitución sin perjuicio de las excepciones que en él se consignan., el cual es concordante con el artículo 7.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que señala, entre múltiples supuestos del derecho a la libertad individual, que Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados partes o por las leyes dictadas conforme a ellas.
4.3 El ejercicio de este derecho es fundamental y resulta inherente a la condición humana, pues es una condición indispensable para el libre desarrollo de la persona, innumerable jurisprudencia nacional y supranacional conviene en señalar que estamos frente a la prohibición de detenciones o arrestos ilegales en el cual se reconoce la garantía primaria del derecho a la libertad física, la reserva de ley, según la cual, únicamente a través de una ley puede afectarse el derecho a la libertad personal, de manera que los Estados deben establecer tan concretamente como sea posible y de antemano las causas y condiciones de la privación de la libertad física.
4.4 Respecto a la flagrancia delictiva el TC ha precisado que la flagrancia en la comisión de un delito presenta la concurrencia de dos requisitos insustituibles:
a la inmediatez temporal, es decir, que el delito se éste cometiendo o que se haya cometido instantes antes;

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 11/11/2019 - Procesos Constitucionales

TítuloDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

PaísPerú

Fecha08/11/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1458

Primera edición08/01/2016

Ultima edición27/04/2024

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