Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLVI - Nº 155
CORDOBA, R.A. VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

las Cámaras del Fuero de Familia de la Ciudad de Córdoba; a la Oficina de Apoyo y Gestión de las Asesorías de Familia; a la Oficina de Trámites de los Juzgados de Familia; a los distintos Equipos Técnicos de dicho fuero;
a la Administración General del Poder Judicial y a la Oficina de Derechos Humanos. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y dese la más amplia difusión.Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEMBERG.FDO: Dra. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Dra. AIDA L. TARDITTI, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Dr. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Dr. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA / Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG, ADMINISTRADOR

viene de tapa
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE EMPLEO
Resolución N 628 Pág. 5
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución N 786 Pág. 6
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 201 Pág. 6
Resolución N 213 Pág. 6
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 893 Pág. 7
MINISTERIO DE GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N 362 Pág. 8

GENERAL

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS SETENTA
Y NUEVE - SERIE A En la ciudad de Córdoba, a ocho días del mes de .
agosto del año dos mil diecinueve, bajo la Presidencia de su titular, Doctora María Marta CÁCERES de BOLLATI, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía TARDITTI, María de las Mercedes BLANC de ARABEL y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la intervención del Dr. Héctor R. DAVID, Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la Provincia, y la asistencia del Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: Que por Acuerdo Reglamentario Nº 1566 Serie A de fecha 23/05/2019 se aprobó la modificación del artículo 7 del Acuerdo Reglamentario N 1402 Serie A de fecha 01-03-2017 del Sistema de Concursos para la promoción a los cargos de Secretarios de Cámara y Fiscalía de Cámara, Secretarios de Primera Instancia, Secretarios de Fiscalía, Ayudantes Fiscales, Auxiliares Colaboradores de la Defensa y Prosecretarios Letrados del Poder Judicial de la Provincia y este Tribunal, entre otras modificaciones, impuso en el inciso g respecto de Antecedentes de capacitación:
se computarán todos aquellos antecedentes que posean una antigedad no mayor a ocho 8 años computados desde la fecha de realización del antecedente y la fecha de cierre de la última CONVOCATORIA ÚNICA Y
ANUAL DE ACTUALIZACIÓN DE ANTECEDENTES considerada para los Listados confeccionados por la Junta de Calificaciones y vigentes al momento de la prueba de oposición .
Y CONSIDERANDO: Que evalúa conveniente proceder a una revisión, en virtud de presentaciones realizadas por los siguientes agentes particulares: RAMIREZ, Mariana Inés control interno N 40118116702419 del 03/06/2019, FUENTES, Marianela control interno N 40672916759119 del 04/06/2019, VILARIÑO, Estefanía control interno N 43057016771319 del 12/06/19, FRACASSI, María Alejandra control interno N 43056016772319
del 12/06/2019, ROSENZVAIG, Mariana Andrea control interno N
43055616773819 del 12/06/2019, ROJANO, Analía Del Valle control interno N 43054616774819 del 12/06/2019, CARABAJAL, Cynthia Graciana control interno N 43051216777519 del 12/09/2019, CRESPI, María Angélica control interno N 43055716706819 del 12/06/2019, SURGHI, Natalia Verónica control interno N 43019316710219 del 12/06/2019, HIRUELA, Santiago Nicolás control interno N 43016716712819 del 12/06/2019, BOSIO, María de los Milagros control interno N 43058716770719 del 12/06/2019, GONZÁLEZ, Ana Victoria control interno N 43057916771519
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

del 12/06/2019, OVIEDO, Melisa Dina control interno N 43059816769619
del 12/06/2019, DELLAVEDOVA, Diego Eduardo control interno N
43059816769619 del 12/06/2019, LIGIOS BER, Georgina control interno N 43061116787419 del 12/06/2019, ARANDA, Romina Irene control interno N 43020516702019 del 12/06/2019 y FERREIRA FALCON, Débora Magali control interno N 43030016791319 del 12/06/2019; así como las presentaciones realizadas por parte de la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial a través de su Secretario General, Sr. Federico Cortelletti: Recurso de Reconsideración de fecha 04/06/2019 ante este Tribunal y propuesta de fecha 26/06/2019 dirigida a la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones, mediante las cuales se solicitó la modificación de los criterios de análisis y valoración de los Antecedentes Laborales, de Capacitación y Títulos puntualmente en relación a que los antecedentes , con más de 8 ocho años de antigedad no pierdan su valor por completo.
Así, la Asociación Gremial peticionó que a los fines de computarse los antecedentes de capacitación, para aquellos que sean anteriores a los 8 años fijados, no se distinga su vinculación con el fuero y sean computados en el porcentaje correspondiente a un antecedente no vinculado para evitar así , la desacreditación de años de estudio y formación.
Asimismo respecto a las categorías Premios y distinciones y Actividad Comunitaria dada la naturaleza de los antecedentes allí contenidos, re, quieren su consideración independientemente de la fecha de los mismos, y refieren que al no vincularse con ningún fuero en particular, no debería existir impedimento técnico alguno para distinguir entre vinculados y no vinculados, facilitando su valoración y computo.
Este Tribunal estima razonable lo solicitado, disponiéndose a reflexionar y analizar lo propuesto. En cuanto a las categorías Premios y distinciones y Actividad Comunitaria resulta materialmente factible considerar y valorar, , conforme los registros que se encuentran en el sistema informático Pampero, aquellos antecedentes que hayan sido acreditados y registrados en las respectivas Ficha Personales, en las convocatorias de actualización de antecedentes anuales correspondientes al año 2000 en adelante. En este caso, por la naturaleza de los mismos, accede a su consideración y sin morigerar su valor. Respecto a las restantes categorías de antecedentes contempladas en el Art. 7 inciso g: Participación en actividades de Capacitación y Formación, en Investigación y Proyectos, Actividad Institucional, Publicaciones, Actividad Docente, Actividad Comunitaria y Estudios, cuya antiguedad supere los 8 ocho años fijados, se les asignará el valor co-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha16/08/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4143

Primera edición01/02/2006

Ultima edición18/05/2024

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