Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVI - Nº 150
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 929
Córdoba, 31 de Julio de 2019
VISTO: El Expediente Nº 0439-010333/2019, del registro de la Secretaría de Industria, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Minería.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la ampliación del Anexo I al Decreto N 746/2019, mediante el cual se eximió el pago del impuesto de sellos a las inscripciones de vehículos OKm., comprendidos en el Programa de descuentos, incentivos o bonificaciones establecidos por el Gobierno Nacional, a efectos de incorporar nuevos modelos de automóviles a dicha medida, conforme a la nómina remitida por el Ministerio de Producción de la Nación.
Que insta la presente el Señor Secretario de Industria, en atención a lo informado por el Sr. Director de Política Automotriz y Regímenes Especiales del Ministerio de Producción de la Nación, relativo a un nuevo listado de vehículos automotores comprendidos en el programa nacional de la referencia, para operaciones de venta de contado o financiados a través de créditos prendarios; dando cuenta que ello se enmarca en la política del Gobierno Provincial de acompañar las acciones y programas tendientes a la promoción del desarrollo económico, propiciando entonces incorporar a los nuevos modelos y versiones, a los beneficios dispuestos por el Decreto provincial, con el objeto de que guarden coherencia ambos listados.
Que luce en autos la nómina detallada de vehículos que quedarían alcanzados por las disposiciones de la normativa en cuestión.

Que toma intervención de su competencia la Jefatura de Area Ingresos Brutos y Sellos, así como el Visto Bueno del Sr. Secretario de Ingresos Públicos, ambos en la órbita del Ministerio de Finanzas.
Que la incorporación de nuevos modelos y versiones de ampliación del universo alcanzado por la exención otrora dispuesta, en las mismas condiciones y vigencia del programa nacional en el cual se inserta.
Que atento a las razones fundantes de la medida instada, procede en la instancia ampliar el Anexo I al Decreto N 746/2019, encuadrando la gestión en las disposiciones del artículo 71 de la Constitución Provincial, el Código Tributario de la ProvinciaLey N 6006, t.o. Decreto N 400/2015- y en el artículo 135, inc. a de la Ley Impositiva Anual -2019- N 10.594; asimismo, corresponderá remitir el presente acto a la Honorable Legislatura Provincial para su ratificación, de acuerdo a lo previsto en el último párrafo del citado artículo 135.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos del Ministerio de Industria, Comercio y Minería, con el Nº 104/2019, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 703/2019, y en uso de atribuciones conferidas por el artículo 144, inc. 1 de la Constitución Provincial;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 929 Pág. 1
Decreto N 905 Pág. 2
Decreto N 907 Pág. 2
Decreto N 908 Pág. 3
Decreto N 906 Pág. 3
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Resolución N 193 - Letra:F Pág. 4
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N 224 Pág. 4
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 464 Pág. 5
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS
Resolución N 253 Pág. 5
Resolución N 254 Pág. 7
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 212 Pág. 9
continua en pagina 2

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º .- AMPLÍASE el Anexo I del Decreto N 746 de fecha 25
de Junio de 2019, mediante el cual se eximió del pago del Impuesto de Sellos a las inscripciones de vehículos nuevos O Km, comprendidos en el Programa de descuentos, incentivos o bonificaciones de origen monetario establecido por el Gobierno Nacional, con el fin de incorporar nuevos modelos y/o versiones, de conformidad a la nómina que como Anexo I, compuesto de cuatro 4 fojas útiles, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- EL presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Industria, Comercio y Minería, Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Honorable Legislatura de la Provincia para su aprobación, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
fdo: Juan Schairetti, Gobernador / Roberto Hugo Avalle, Ministro de Industria Comercio y Minería / Osvaldo Giordano, Ministro de Finanzas / Jorge Eduardo Córdoba, Fiscal de Estado
anexo
1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha09/08/2019

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones4130

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/05/2024

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