Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/08/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVI - Nº 163
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

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a SECCION
SUMARIO

PODER EJECUTIVO
Ley Nº 10642 Pág. 1
Decreto Nº 949 Pág. 1

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10642

PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1584 - serie A Pág. 2
Acuerdo Reglamentario Nº 160 - serie B Pág. 3

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno ubicada en la Comuna de Los Chañaritos, Pedanía y Departamento Cruz del Eje, Provincia de Córdoba, que según Plano de Mensura para Expropiación, Expediente Nº 0033-103251-2017, visado por la Dirección General de Catastro con fecha 31 de mayo de 2017, se designa como Lote 1 de la Manzana 1, que mide y linda:
Lado A-B: de cuarenta y dos metros 42,00 m, que se extiende con rumbo Sudeste desde el Vértice A ubicado en el esquinero Noroeste del polígono formando un ángulo de 91 36 40 hasta llegar al Vértice B, colindando con el Camino Provincial A-183.
Lado B-C: de setenta metros 70,00 m, que se prolonga definiendo un ángulo de 88 23 20 hasta alcanzar el Vértice C, colindando con parcela sin designación, Lote 4.
Lado C-D: de cuarenta y dos metros 42,00 m, que se desarrolla determinando un ángulo de 91 36 40 hasta encontrar el Vértice D, colindando con parcela sin designación, Lote 2.
Lado D-A: de setenta metros 70,00 m, que se proyecta describiendo un ángulo de 88 23 20 hasta localizar el Vértice A, colindando con resto del Lote 3, cerrándose de este modo el polígono que ocupa una superficie total de dos mil novecientos cuarenta metros cuadrados 2.940,00 m.
Dicha fracción de terreno es parte de una mayor superficie del inmueble inscripto en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula Nº 1.036.687 del Departamento Cruz del Eje 14, que en el plano de mensura y subdivisión inscripto en el Protocolo de Planos Número 60699
y en Planilla Nº 86221 se designa como Lote 3, con una superficie total según títulos de siete mil cuatrocientos setenta y dos metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados 7.472,50 m. Está empadronado en la Dirección General de Rentas bajo el Número de Cuenta 14-01-1514545/9
y su Nomenclatura Catastral es 14010000000000000096D, todo de conformidad al referido Plano de Mensura para Expropiación que, compuesto de una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 2º.- El inmueble objeto de la presente expropiación será destinado a la ampliación del Instituto Provincial de Educación Media Nº 370
de la localidad de Los Chañaritos, Departamento Cruz del Eje, a efectos de la realización de las prácticas de la especialidad en agroambiente de esa institución.
Artículo 3º.- El inmueble que se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación por la presente Ley ingresará al dominio privado de la Provincia de Córdoba y se inscribirá en el Registro General de la Provincia.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 193 Pág. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N 40 Pág. 5
Resolución N 37 Pág. 5
Resolución N 34 Pág. 6

Artículo 4º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.

Artículo 5º.- Derógase la Ley Nº 10331.

Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES
DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
FDO: GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA / OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Decreto N 949
Córdoba, 2 de agosto de 2019
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- TÉNGASE por ley de la Provincia Nro. 10642. CÚMPLASE.
Artículo 2.- AUTORIZASE a la Dirección General de Coordinación Operativa de la Secretaria Legal y Tecnica y de Previsión Social Ministerio
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/08/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha29/08/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4124

Primera edición01/02/2006

Ultima edición25/04/2024

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