Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/08/2019 - 1º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLVI - Nº 158
CORDOBA, R.A. JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada FUNDACION DE DESARROLLO CORDOBES
.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
Resolución N 327 - Letra:A
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO. VERONICA G. SANZ DIRECTORA GRAL D.I.P.J.
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
Córdoba, 13 de agosto de 2019
VISTO: El Expediente N 0007-147271/2019, mediante el cual la entidad civil denominada CENTRO VECINAL BARRIO BULGHERONI con domi, cilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada CENTRO
VECINAL BARRIO BULGHERONI con domicilio social en la Provincia de , Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada CENTRO VECINAL BARRIO BULGHERONI
.
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
Artículo 3: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO. VERONICA G. SANZ DIRECTORA GRAL. D.I.P.J.
Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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