Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/08/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLVI - Nº 154
CORDOBA, R.A. JUEVES 15 DE AGOSTO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

2019/000232 que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N 243/2019 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por Decreto N 1160/2016, atento a que el período bajo análisis supera la variación promedio del 5%
con respecto a los precios de los factores correspondientes a los valores contractuales vigentes y visto el artículo 8º del citado régimen, considera que puede dictarse el acto administrativo por el cual se apruebe el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos que se propicia.
Por ello, actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N
243/2019 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la Quinta Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos por la prestación del SERVICIO DE LIMPIEZA PARA LOS INMUEBLES QUE
OCUPA EL MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA ACTUALMENTE MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO, UBICADOS EN CALLE
MARIANO FRAGUEIRO N 431 B CENTRO, LOS POZOS N 2880 B
LA FRANCE Y HUMBERTO PRIMO N 725 B CENTRO por la suma ,
MINISTERIO DE FINANZAS

total de Pesos Diecinueve Mil Seiscientos Quince con Cincuenta y Ocho Centavos $ 19.615,58, suscripta con fecha 14 de junio de 2019, entre el Subsecretario de Administración de este Ministerio, Contador Omar Clemente SOLDANO, por una parte, y la Socia Gerente de la firma SERLIGRAL S.R.L., señora Alba Rosa DOTE, contratista del servicio, por la otra, que como Anexo I, compuesto de cuatro 4 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Diecinueve Mil Seiscientos Quince con Cincuenta y Ocho Centavos $ 19.615,58 conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2019/000232, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 500-000, Partida 3.12.01.00, Limpieza y Desinfecciones del P.V.
Artículo 3.- FACÚLTASE a la señora Directora General de Administración de este Ministerio a suscribir la Enmienda de Contrato por redeterminación de precio, debiendo la firma SERLIGRAL S.R.L., de corresponder, integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.
FDO: CR. RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
anexo
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.

Resolución N 216
Córdoba, 14 de agosto de 2019
VISTO: El expediente Nº 0200-001496/2019 en que la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes propicia ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que lo solicitado tiene su fundamento en la necesidad de adecuar los créditos presupuestarios del Programa 966 Sistema Integral de Monitoreo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes debido a los mayores ingresos percibidos en el marco del programa con UNICEF.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes de acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.

Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por la presente está limitada a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de Administración Financiera, en el que se determina que solo se pueden comprometer las obligaciones hasta el límite de la percepción efectiva de los recursos afectados.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al N 404/19, EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INCREMENTAR el cálculo de Ingresos y el total de Erogaciones del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial aprobado por los artículos 1 y 2 de la Ley N 10.592 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL $ 423.000.- de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modificación de Crédito Presupuestario N 17 Rectificación de la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes el que como Anexo I con una 1
foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: Lic. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/08/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha15/08/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4144

Primera edición01/02/2006

Ultima edición21/05/2024

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