Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/01/2007 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCV - TOMO DIV - Nº 14
CORDOBA, R.A. VIERNES 19 DE ENERO DE 2007

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS

CÓRDOBA CAPITAL

Construcción de 299 viviendas en barrio Policial Anexo
RESOLUCIÓN Nº 438
Córdoba 6 de Diciembre de 2006

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 458
Córdoba, 20 de Diciembre de 2006
Expediente N 0135-021002/06
VISTO: Este expediente en el que la Dirección Provincial de la Vivienda dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 0731/06, se autorice la ejecución de los trabajos modificatorios necesarios de efectuar en la obra: CONSTRUCCIÓN DE
299 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN Bº POLICIAL ANEXO CÓRDOBA - CAPITAL y se adjudiquen los mismos a la Empresa HIDROCONST S.A. - MARTINEZ LUMELLO CONSTRUCCIONES
S.R.L. - U.T.E., contratista de la obra principal, por la suma de $
797.043,91.
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos que por Resolución Nº 0074/05 del entonces Secretario de Servicios Públicos y Vivienda se adjudicó la obra principal y por Decreto Nº 222/05 el señor Gobernador de la Provincia delegó la facultad de contratar sin límite obras correspondientes al Plan Federal y dispuso aprobar y ratificar las adjudicaciones dispuestas por el Secretario mencionado.
Que la contratista presenta a fs. 2/11 del folio único 2 Evaluación Económica y Técnica de los trabajos y Relevamientos Planimétricos de los mismos y comunica a la inspección la existencia de asentamientos y grandes socavones provocados por la extracción de tierra para la producción de ladrillos en el predio donde se ejecuta la obra, lo cual habría sucedido en el lapso transcurrido entre la fecha de la oferta y la iniciación de los trabajos, por lo que han variado las condiciones del terreno respecto a las indicadas en Pliegos.
Que a fs. 22 del F.U. 2 la Gerencia Técnica de la Dirección Provincial de la Vivienda manifiesta las razones que justifican el movimiento de suelos necesarios de efectuar en la obra de que se trata.
Que el monto de dicha modificación de obra equivale al 5,577% del valor básico del contrato, resultando un adicional de obra de $
797.043,91 valores a febrero de 2005 por lo que no supera el límite establecido por los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas N
8614, con relación al contrato de obra 30%, según consta a fs. 21 del F.U. Nº 2.

Que se ha agregado a fs. 12 de autos el Certificado de Habilitación para Adjudicación en cumplimiento de lo establecido por el artículo 7
último párrafo del Decreto 8/98 y Resolución Nº 002/99 del ex Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda e incorporado la correspondiente Afectación Presupuestaria del gasto, conforme lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 8614.
Por ello, las previsiones del artículo 7º inciso f de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 582/
06, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR los trabajos modificatorios necesarios de efectuar en la obra: CONSTRUCCIÓN DE 299 VIVIENDAS E
INFRAESTRUCTURA EN Bº POLICIAL ANEXO - CÓRDOBA - CAPITAL y consecuentemente ADJUDICAR a la empresa Hidroconst S.A. Martínez Lumello Construcciones S.R.L. - U.T.E. ,contratista de la obra principal, la ejecución de los mismos, por la suma de Pesos Setecientos Noventa y Siete Mil Cuarenta y Tres Con Noventa y Un Centavos $ 797.043,91.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma total de Pesos Setecientos Noventa y Siete Mil Cuarenta y Tres Con Noventa y Un Centavos $ 797.043,91, conforme lo indica la Gerencia Económica, Financiera y de Administración de la Dirección Provincial de la Vivienda dependiente de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 2261/06, con cargo a Jurisdicción 1.25 - Programa 261/0 - Proyecto 51 - Partidas: Principal 12 - Parcial 10 - Obra 3936 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Director de la Dirección Provincial de la Vivienda a suscribir el respectivo contrato, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de la ampliación de la garantía del mismo.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Gerencia Económica, Financiera y de Administración de la Dirección Provincial de la Vivienda dependiente de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente Nº 0045-012793/04.VISTO este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos propone por Resolución Nº 00628/05, se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS
REDES VIALES SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DE CONSORCIO CAMINERO
REGIONAL Nº 12 - DEPARTAMENTO:
JUÁREZ CELMAN y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 12, por la suma de $ 629.888,03.
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 12, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada.
Que se ha efectuado la correspondiente afectación presupuestaria del gasto Artículo N 13 de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y 6316, en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555 y las disposiciones de la Ley Nº 5901 -T.O. Ley Nº 6300 y modificatorias, pudiendo en CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/01/2007 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha19/01/2007

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones4155

Primera edición01/02/2006

Ultima edición06/06/2024

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