Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/01/2007 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

AÑO XCV - TOMO DIV - Nº 7
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 10 DE ENERO DE 2007

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

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RESOLUCIONES

Adjudican el mejoramiento de 67 viviendas en James Craik MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 357
Córdoba, 3 de Octubre de 2006
Expediente Nº 0135-020396/05.-Cuerpos 1º al 4ºVISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de la Vivienda dependiente de este Ministerio propicia por Resolución Nº 0565/06, se adjudique la ejecución de los trabajos de la Obra:
"MEJORAMIENTO DE 67 VIVIENDAS EN JAMES
CRAIK - 140 Kits" a la firma Ingeniero HUGO
ALDO MENSEGUEZ, por la suma de $
713.645,00, en el marco del Programa Federal de Mejoramiento Habitacional "Mejor Vivir".
Y CONSIDERANDO:
Que concretado el llamado a Licitación Pública se realiza el acto de apertura de las ofertas que se presentaron al mismo, todo lo cual quedó documentado mediante acta labrada al efecto, cuya copia obra a fs. 387 de autos, no habiéndose deducido observación alguna.
Que la Comisión de Preadjudicación de las ofertas se expide a fs, 669 de autos en
cumplimiento de lo dispuesto por el punto 4.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y disposiciones de los artículos 29 y 30 del Pliego General de Condiciones de la Ley de Obras Públicas aprobado por Decreto Nº 4758/77 y actual artículo 29 de la Ley 8614, informe éste que comparte el titular de la citada Dirección mediante Resolución Nº 262/06 y que fue notificada en forma al preadjudicatario fs. 690/
1.
Que la preadjudicación se concretó a la oferta determinada como primera en el orden de mérito efectuado por la Comisión de Preadjudicación para lo cual se infiere que cumple con los mínimos exigidos en pliego y que se ajusta al mismo en virtud del informe de fs. 669, concretamente a la empresa Ingeniero HUGO ALDO MENSEGUEZ
Que se ha cumplido con los procedimientos administrativos y resguardos legales en la materia Ley de Obras Públicas Nº 8614 y Decretos Nros. 4757/77 y 4758/77.
Que se ha realizado la Afectación Preventiva del gasto artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.

DECRETOS
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1594
Córdoba, 22 de Noviembre de 2006
VISTO: El expediente Nº 0040-032546/2006, por el que se gestiona la adjudicación de TÍTULOS DE CONSOLIDACIÓN
PROVINCIAL Ley Nº 9078 -Primera Emisiónen los términos establecidos por el artículo 7 de la citada Ley.
Y CONSIDERANDO:
Que obran los formularios de "Solicitud de Pago de Deuda Consolidada" de los acreedores que optaron por cobrar en
Que se ha incorporado a fs 2 del F.U. 716 el Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 002/99 del ex Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 T.O. Ley 6300 y modificatorias, lo dispuesto por Decreto Nº 222/05 y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 415/06, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- ADJUDICAR la ejecución de los trabajos de la Obra: "MEJORAMIENTO
DE 67 VIVIENDAS EN JAMES CRAIK - 140
Kits" a la firma Ingeniero HUGO ALDO
MENSEGUEZ , por la suma de Pesos Setecientos Trece Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco $ 713.645,00.
Artículo 2º.- IMPUTAR
el egreso que asciende a la suma total de Pesos Setecientos Trece Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco $
713.645,00, conforme lo indica la Gerencia
TÍTULOS DE CONSOLIDACIÓN PROVINCIAL sus deudas consolidadas en el marco de la Ley Nº 9078, por un importe de Pesos Veintitrés Mil Ciento Noventa y Seis Con Cincuenta y Cinco Centavos $ 23.196,55 a valores del 31 de diciembre de 2002, debidamente suscriptos por los acreedores y responsables del organismo deudor.
Que las referidas solicitudes han sido sometidas a verificación de la Honorable Legislatura, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8250 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1493/93
la que no efectuó observaciones en el plazo de ley, según constancias obrantes en autos.
Que en razón de lo expuesto resulta procedente disponer la adjudicación de TÍTULOS DE CONSOLIDACIÓN PROVINCIAL
- Primera Emisión-, por la suma de VALOR NOMINAL Pesos Veintitrés Mil Cien VN/$ 23.100.- toda vez que por Decreto Nº
Económica, Financiera y de Administración de la Dirección Provincial de la Vivienda dependiente de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 1779/
06, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.25, Programa 261/0, Partidas: Principal 27, Parcial 06 del P.V $ 513.824,40
Preventivo Futuro Año 2007 199.820,60
Artículo 3º.- FACULTAR al señor Director de la Dirección Provincial de la Vivienda, a suscribir el respectivo contrato de obra, previa constitución de las garantías correspondientes de acuerdo a Pliego y Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Gerencia Económica, Financiera y de Administración de la Dirección Provincial de la Vivienda dependiente de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.-

477/06 se ordenó emitir TICOP Ley Nº 9078 para atender todos los posibles casos a presentarse por un Valor Nominal de Pesos Quinientos Mil VN/$ 500.000. al 31 de diciembre de 2002, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 3º del citado Decreto.
Que el importe restante de Pesos Noventa y Seis Con Cincuenta y Cinco Centavos $ 96,55 corresponde a la suma de fracciones menores a Pesos Cien $ 100.-, título de menor denominación, la que deberá ser pagada en efectivo por el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. con más los intereses devengados desde el día 31 de diciembre de 2002 hasta la fecha de su pago, debiendo autorizarse por el presente a la Institución Bancaria a producir el pertinente débito de la cuenta bancaria 201/03 "SUPERIOR
GOBIERNO DE LA PROVINCIA - EJECUCIÓN
PRESUPUESTARIA" al momento de acreditar dicho pago.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/01/2007 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha10/01/2007

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4156

Primera edición01/02/2006

Ultima edición07/06/2024

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