Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/05/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 20 de Mayo del 2002

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BOLETIN OFICIAL N 3994

Apartado 4.- Sistema de Contratación: El sistema adoptado es por "Ajuste Alzado". debiendo quedar el trabajo concluido a satisfacción del Comitente.
Apartado 5.- Personal de Inspección: El personal de Inspección será designado por la Dirección de Arquitectura y Urbanismo de la Secretaría.
Apartado 6.- Documentación: La adjudicataria deberá presentar previo al inicio de las tareas:
1.1- Pliego completo firmado en todas sus hojas.
1.2- Acreditación de inscripción en D.G.I. actualizada.
1.3- Certificado de capacidad técnico financiera, libre anual el que no podrá ser inferior a Pesos Un Millón Ciento Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Treinta y Siete con Sesenta Centavos $ 1.153.837,60 y Certificado en la especialidad arquitectura no inferior a Pesos Cuatrocientos Ochenta Mil Setecientos Sesenta y Cinco con Sesenta y Nueve Centavos $ 480.765,69.
1.4- Declaración Jurada dc conocimiento del lugar, antecedentes y condicioncs para construir la obra, scgún modelo indicado como ANEXO I. La adjudicataria deberá examinar por su cuenta y/o riesgo y/o costeo el predio y/o construcción y conocer perfectamente el estado en que se recibirá la misma. No se admitirá, en consecuencia, reclamo posterior de ninguna naturaleza, basado en falta absoluta o parcial de información, ni aducir a su favor la carencia de datos en el proyecto y/o documentación de la obra. Las condiciones y requisitos de la adjudicación, así como la totalidad de las reglamentaciones y normas estipuladas sobre contratación y ejecución de las obras.
1.5- Certificado de inscripción ante el IERIC
Apartado 7.- Impuesto al Valor Agregado: Los precios incluyen IVA a consumidor final.
Apartado 8.- Garantía de Contrato: La firma adjudicataria deberá garantizar el contrato por un monto equivalente al 5% del monto contractual, de acuerdo a lo previsto en la Ley 286 de Obras Públicas.
Apartado 9.- Sellados: Los sellados provinciales deberán efectuarse de acuerdo al siguiente detalle:
- Para el adjudicatario será equivalente al 6 x mil del total adjudicado.
Apartado 10.- Notificación: La Administración notificará fehacientemente a la Empresa adjudicataria, de tal decisión dentro de los cinco 5 días de producida.
Esta deberá presentarse para la firma del contrato respectivo dentro del término de cinco 5 días corridos desde la notificación, cumpliendo todos los requisitos exigidos.
Apartado 11 .- Incumplimientos: El incumplimiento por parte del Contratista de concurrir a la firma del Contrato facultará a la Secretaría a desadjudicar, si transcurrieran más de cinco 5 días.
Iniciada la obra, en caso que no cumpliera con lo demandado por la Inspección en el término que se fije en la correspondiente Orden de Servicio, se hará pasible de una multa equivalente al 0,1% del monto contractual por día de incumplimiento de lo requerido.
Apartado 12.- Inicio de Obra: El inicio deberá efectuarse a partir de la firma del Acta de Inicio de Obra.
Apartado 13.- Equipos, Herramientas: Toda herramienta, equipo o maquinaria que sea menester utilizar para la ejecución de los trabajos especificados, serán provistas totalmente por cuenta de la contratista.
Apartado 14.- Acopios de Materiales: No se prevé pago por acopio de materiales.
Apartado 15.- Solicitud de Inspección: Previo al inicio la Contratista dará aviso a la Dirección solicitando Inspección de Obra.
Apartado 16.- Leyes Aplicables: La presente Licitación se llevará a cabo conforme a las disposiciones de la Ley N 286 de Obras Públicas.
Apartado 17.- Certificación y Forma de Pago: LA EMPRESA deberá aportar a su propio costo para la solución del problema estructural existente la suma de Pesos Ochenta y ocho mil setecientos setenta y cuatro con veintiséis centavos $ 88.774,26.
La diferencia de Pesos Trescientos noventa y un mil novecientos noventa y uno con cuarenta y tres centavos $ 391.991,43, será abonado a LA EMPRESA por EL
MINISTERIO, en cinco 05 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de Pesos Setenta y ocho mil trescientos noventa y ocho con veintiocho centavos $ 78.398,28, a partir de la aprobación y habilitación del Plan de Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia del año 2002, quedando en consecuencia la financiación de la obra hasta ese momento a cargo de LA EMPRESA Los pagos se abonarán siempre que el avance de obra se encuentre por encima del valor de la cuota Si al realizar la medición. el avance de obra determinara una certificación inferior al monto establecido, se liquidará el menor monto. no siendo su diferencia acumulable en la próxima certificación salvo que no supere la cuota establecida.

LA EMPRESA deberá presentar junto con la medición, la siguiente documentación:
Constancia de inscripción en la Dirección General dc Rentas de la Provincia, Constancia de inscripción de "Impuestos/Concepto registrado y fecha de Alta"
en la Administración de Ingresos Públicos AFIP, Constancia según corresponda para "Exclusión Del Régimen" o "Conceptos No Sujetos a Retención", caso contrario se procederá a la aplicación Del Régimen de Retención de la Seguridad Social.
En caso de no constar la documentación respaldatoria solicitada precedentemente, se procederá a la aplicación de las mencionadas retenciones con los porcentajes más altos.
Apartado 18.- Cartel de Obra: Se ejecutará de acuerdo a detalle que se adjunta.
Apartado 19.- Recepción Provisoria: Al considerarse terminada satisfactoriamente el trabajo, a consideración de la Inspección de Obra, se labrará el correspondiente Acta, a partir del cual comenzará a regir el plazo de garantía.
Apartado 20.- Plazo de Garantía: Será de Trescientos sesenta y cinco días corridos 365 a partir Del Acta de Recepción Provisoria.
Apartado 21.- Recepción Definitiva: Cumplido el plazo de garantía sin observaciones, la Administración procederá a la devolución de las garantías y/o retenciones según lo establece la Ley 286. En caso contrario, en su oportunidad efectuará los reclamos a fin de que sean subsanados.
Apartado 22 .- Devolución de Garantías: La devolución de garantías se realizará:
De contrato: con la aprobación de la recepción provisoria, De fondos de Reparo: con la aprobación de la Recepción Definitiva de la Obra PROPUESTA
Sres.
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA y URBANISMO
Secretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos Provincia de Río Negro La firma quien fija domicilio legal en la calle N , Piso Dpto. , de la ciudad de provincia de Río Negro, representada por el Sr.
DNT N después de estudiar cuidadosamente los documentos de la licitación, reconocido el lugar de los trabajos y no quedando dudas de la interpretación de la misma, aceptando por lo tanto el Pliego de Bases y Condiciones, la Ley Nº 286 de Obras Públicas y demás reglamentaciones provinciales, ofrece realizar la obra "Refacción Integral Escuela 187", en Bariloche, aportando materiales, mano de obra, herramientas y toda otra provisión necesaria, en la suma de Pesos Cuatrocientos ochenta mil setecientos sesentsa y cinco con sesenta y nueve centavos $ 480.765,69, monto del cual la Provincia abonará la suma de pesos trescientos noventa y un mil novecientos noventa y uno con cuarenta y tres centavos $ 391.991,43, siendo la diferencia entre ambos montos aportada por la Empresa.
Por otra parte: Se compromete a mantener esta oferta por el término de noventa 90 días corridos, y acepta para cualquier situación judicial que se suscite los Tribunales de la Provincia de Río Negro, con sede en Viedma.
Firma
CLAUSULAS LEGALES GENERALES
1.- CONSIDERACIONES GENERALES
1.1.- OBJETO DE LA DOCUMENTACION: Los derechos y obligaciones de las partes firmantes del convenio, se regirán por las presentes Bases Generales, que se integran con los elementos del mismo.
1.2.- TERMINOLOGIA Y ABREVIATURAS: A los efectos de la aplicación de estas condiciones y todo otro documento que pase a integrar el convenio y/o contrato de obra, se emplearán las siguientes denominaciones y/o abreviaturas: "Estado" por Estado Provincial de Río Negro; "Ministerio" por Ministerio de Economía y Hacienda; "Secretaría" por Secretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos, "Dirección" por Dirección de Arquitectura y Urbanismo, "Inspección" por el/los funcionario/s del contralor y vigilanca de las obras;
"Empresa" y/o "Contratista" y/o "Adjudicataria" por persona física o ideal, comercial que ejecuta la obra; "Pliego" por toda la documentación que integra el convenio entre las partes; "Ley" por Ley de Obras Públicas Nº 286 y su Reglamentación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/05/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha17/05/2002

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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