Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/05/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 3994

Que el costo total de la obra que incluye el reacondicionamiento estructural y refacciones generales, asciende a la suma de Pesos CUATROCIENTOS OCHENTA
MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA Y NUEVE
CENTAVOS $ 480.765,69;
Que deducido el importe que aportará la Empresa ALUSA S.A., que es de Pesos OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON
VEINTISÉIS CENTAVOS $ 88.774,26 en concepto del 50% del reacondicionamiento estructural del sector que evidencia deterioro, correspondería efectuar una Contratación Directa con la Empresa mencionada, por la suma de Pesos TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO
CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS $ 391.991,43;
Que la propuesta Contratación Directa se encuadra en lo establecido por el inciso d del Artículo 9 de la Ley N 286 de Obras Públicas, siendo además el marco de esta Ley la norma para toda la ejecución de la obra, como así también se encuadra cn la causal de urgencia del Artículo 87, inciso a de la Ley N 3186;
Que resulta apropiado facultar al Ministro de Economía a firmar el Convenio, que como ANEXO I del presente Decreto se acompaña, con la Empresa ALUSA
S.A.;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E TA :
Artículo 1.- Aprobar todo lo actuado por la Secretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos, con respecto a la Refacción Integral de la Escuela Nro. 187, de San Carlos de Bariloche.
Art. 2.- Facultar al Ministro de Economía a celebrar el Convenio con la Empresa ALUSA S.A., CUIT N 30-56022212-9, que como ANEXO I se acompaña.
Art. 3.- Contratar Directamente a la firma ALUSA S A, CUIT N 30-560222129, en función de lo establecido por la Ley N 286 de Obras Públicas, Apartado 9, inciso d, la ejecución de los trabajos de Refacción Integral de la Escuela Primaria N 187, de San Carlos de Bariloche, por la suma total de Pesos TRESCIENTOS
NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUARENTA
Y TRES CENTAVOS $ 391.991,43.
Art. 4.- Registrar el Compromiso y afectar el gasto que demande el cumplimiento de los Artículos 2 y 3 del presente Decreto a la Jurisdicción 28, por la suma de Pesos TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
UNO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS $ 391.991,43, de acuerdo al siguientc detalle:
Prog.
43
43

Sub.
0 0

Proy.
1 1

Obra 51
86

Ptda.
422
422

Recurso 11731
11731
Total $

Monto 41.991,43
350.000,00
391.991,43

Art. 5.- Facultar al Ministro de Economía a dar cumplimiento del Artículo 4
del presente Decreto conforme la recaudación obtenida del Código de Recurso 11731
Aporte para obras de infraestructura, Ley Nacional N 23966 de Hidrocarburos, Artículo 18, inc b.
Art. 6.- Producida la etapa del devengado, con la presentación de la respectiva facturación conformada de acuerdo al correspondiente Certificado de Obra extendido por la ejecución realizada, Capítulo VII, de la Ley N 286 de Obras Públicas, Ordenar el pago y abonar por la Tesorería General de la Provincia, por la Cuenta Corriente Nº 900008/3 Rentas Generales, la suma de Pesos TRESCIENTOS
NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUARENTA
Y TRES CENTAVOS $ 391.991,43, a favor de la firma ALUSA S.A., CUIT N
30-56022212-9.
Art. 7.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.
Art. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
VERANI. J. L. Rodriguez.

ANEXO I
Decreto Nº 423
PROYECTO DE CONVENIO
En Viedma, a los días del mes de Dos Mil Uno, entre el Ministerio de Economía de la Provincia de Río Negro representada por el Ministro, Cr. Jose Luis RODRIGUEZ, en adelante EL MINISTERIO que fija su domicilio en calle 25
de Mayo 99 de la ciudad de Viedma, y la firma ALUSA S A. Construcciones representada por en adelante LA EMPRESA, que fija su domicilio en calle Morales 1038 de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, se procede a celebrar el siguiente convenio sujeto a las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera: LA EMPRESA ejecutará los trabajos de refacción integral de la Escuela Primaria Nº 187 en San Carlos de Bariloche. Dichos trabajos implican:
la reparación a reacondicionamiento de la estructura del sector sanitarios y cocina localizado entre el gimnasio y el sector de aulas de acuerdo la propuesta y memoria de cálculo y elaborada por LA EMPRESA". Asimismo se incluye dentro de la obra la estructura para plateas, refacciones generales y terminaciones en el sector aulas, patio cubierto, acceso, administración y sanitarios superficie 1.222 m según
Viedma, 20 de Mayo del 2002

memoria y propuesta elaborada por INGENIERIA DEL SUELO, con exclusión del gimnasio donde se realizarán solamente refacciones generales; todo ello, de acuerdo a las actuaciones y documentación técnica obrante en el Expediente N 105.583
DA 01.
Cláusula Segunda: El costo total de los trabajos de refacción integral a los que se refiere la cláusula Primera asciende a Pesos CUATROCIENTOS OCHENTA
MIL SETEClENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA Y NUEVE
CENTAVOS $ 480.765,69, correspondiendo la suma de Pesos CIENTO
SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON
CINCUENTA Y DOS CENTAVOS $ 177.548,52 a la obra de reparación y reacondicionamiento de estructura del sector que evidencia deterioro y la suma de Pesos TRESCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON
DIECISIETE CENTAVOS $ 303.217,17 a las tareas de refacciones generales, previsiones y terminaciones, según detalle de cómputo y presupuesto.
Cláusula Tercera: LA EMPRESA deberá aportar a su propio costo para la solución del problema estructural existente la suma de Pesos OCHENTA Y OCHO
MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON VEINTISÉIS CENTAVOS
$ 88.774,26 La diferencia con el valor total indicado en la Cláusula Segunda que es de Pesos TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y UNO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS $ 391.991,43, será abonado a LA EMPRESA por EL MINISTERIO, en CINCO 05 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de Pesos SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y
OCHO CON VEINTIOCHO CENTAVOS $ 78.398,28, a partir de la aprobación y habilitación del Plan dc Trabajos Públicos del Presupuesto General de la Provincia del año 2002, quedando en consecuencia la financiación de la obra hasta ese momento a cargo de LA EMPRESA. Los pagos se abonarán siempre que el avance de obra se encuentre por encima del valor de la cuota. Si al realizar la medición, el avance de obra determinara una certificación inferior al monto establecido, se liquidará el menor monto, no siendo su diferencia acumulable en la próxima certificación salvo que no supere la cuota establecida.
Cláusula Cuarta: El plazo para la ejecución de los trabajos se establece en ciento cincuenta días 150 contados a partir del Acta de iniciación de los trabajos.
Cláusula Quinta: LA EMPRESA prosentará el plan de trabajos de la totalidad dc la obra y los detalles técnicos constructivos que la administración requiera antes del inicio o durante la realización de la obra, los cuales serán evaluada por la Secretaría y una vez aprobado formarán parte de la obra a realizar por LA
EMPRESA.
Cláusula Sexta: EL MINISTERIO supervisará la realización de los trabajos y se regirá desde el inicio de las tareas hasta el final de obra según lo establecido en la ley 286 y su reglamentación. Para la determinación de las responsabilidades y obligaciones de las partes se regirán de acuerdo a la Ley 286 y su reglamentación.
Cláusula Séptima: El presente convenio aprueba las Cláusulas Legales Generales y Particulares, así como la restante documentación técnica que esta integrada por: el croquis de ubicación del sector cocina y sanitarios localizado entre el gimnasio y las aulas, 1fojas memoria de cálculo 19 fojas y la documentación técnica 3 fojas, la memoria de cálculo de la estructura de plateas 2 fojas, la documentación técnica 6 fojas, informe preliminar, informe final, pautas de diseño y anexo del informe final, especificaciones técnicas particulares, Cómputo y Presupuesto, el Acta de Iniciación de los Trabajos, Acta de Recepción Provisoria, Acta de Recepción definitiva compuesta así como las ordenes de servicio que por escrito imparta la inspección y todo otro documento que legalmente corresponda integrar la Documentación Contractual, en los términos establecidos en la cláusula anterior.
Cláusula Octava: Se deja expresa constancia que la recepción definitiva de los trabajos, objeto de éste convenio, no libera a LA EMPRESA" de las responsabilidades emergentes del Artículo 1646 del Código Civil y Correlativos.
Cláusula Novena: Para todos los efectos legales del presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero o Jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto: el original debidamente estampillado, queda en poder de "EL
MINISTERIO", el duplicado para LA EMPRESA, el triplicado para ser agregado al Expediente N 105.583-DA-2001
CLAUSULAS LEGALES PARTICULARES
Apartado 1.- Objeto de la Contratacion: La presente tiene por objeto la ejecución con provisión de materiales, mano de obra, equipos y herramientas necesarias, de los trabajos con destino a la obra Refaccion Integral Escuela N 187 en San Carlos de Bariloche provincia de Río Negro.
Apartado 2.- Precio: Se fija en un monto total de Pesos Cuatrocientos Ochenta Mil Setecientos Sesenta y Cinco con Sesenta y Nueve Centavos $ 480.765,69 de los cuales la Provincia aportará la suma de Pesos Trescientos Noventa y Un Mil Novecientos Noventa y Uno con Cuarenta y Tres $ 391.991,43, siendo la diferencia de Pesos Ochenta y Ocho Mil Setecientos Setenta y Cuatro con Veintiséis $
88.774,26 aportada por la Adjudicataria.
Apartado 3.- Plazo de Ejecución: Se fija en Ciento Cincuenta 150 días corridos contados a partir del Inicio de Obra

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/05/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha17/05/2002

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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