Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/10/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVIII - Nº 189
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

1

a SECCION

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINENTOS NOVENTA Y
TRES - SERIE A. - En la ciudad de Córdoba, a veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta CÁCERES de BOLLATI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Director General de Administración a cargo de la Administración General, Lic. C. Augusto BARTOLOMEI y ACORDARON:
Y VISTO: I.- El Acuerdo Reglamentario N 1458 Serie A, de fecha 28 de Noviembre de 2017, en el que se crea la Unidad de la Defensa Pública Oficial en el Establecimiento Carcelario de Bower, a cargo de los señores Asesores Letrados Dres. Mariano BRUSA, Pablo PUPICH, bajo la coordinación de la Colaboradora Auxiliar Dra. Guadalupe GARCÍA
PETRINI.
II.- Que el modelo que se inició como experimental en Córdoba Capital, fue objeto de evaluación por el Centro de Estudios y Proyectos Judiciales en el corriente año y las conclusiones se encuentran publicadas en https www.justiciacordoba.gob.ar/cepj/_Novedades/Novedades.
aspx?IDP=2..Y CONSIDERANDO:

I.-.Que la citada Unidad, se encuentra consolidada y en plena actividad, más aún ya fue replicada en el Establecimiento Carcelario de la Ciudad de Cruz del Eje y es considerada tanto por el Tribunal Superior de Justicia como por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba, como una acción muy recomendable por la protección de los Derechos Humanos que proporciona a las personas que se encuentran sujetas al Régimen Penitenciario Provincial.
II.- Que es decisión del Tribunal Superior de Justicia contar con una Unidad la Defensa Púbica que funcione en contextos de privación de la libertad en todos los establecimientos carcelarios de la Provincia, con el fin de atender a todas las personas que componen el universo de la población carcelaria que se encuentren sujetas a las siguientes condiciones, a saber: mujeres condenadas y procesadas con resolución de prisión preventiva, varones condenados en fase de confianza y a penas perpetuas.

IIIQue esto es así, porque el propósito de este proyecto es defender con efectividad a las personas condenadas, o sometidas a medidas de seguridad, que se encuentran bajo tratamiento penitenciario o terapéutico, en situación de vulnerabilidad, por su especial condición de encierro. Es por ello que en esta oportunidad se dispone crear la Unidad de la Defensa en el Establecimiento Carcelario Nro. 8 de la Ciudad de Villa Dolores, bajo la dirección de los señores Asesores Letrados Dres. Mariano BRUSA y Pablo PUPICH, con quienes colaborará la Sra. Asesora Letrada de Villa Dolores Dra. María Cecilia HEREDIA
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1593 - serie A Pág. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1131 Pág. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
Resolución Normativa N 17 Pág. 3

continua en pagina 2

de OLMEDO.

IV.- Que la Defensoría Pública Oficial de Penados incluye dentro de su misión institucional la promoción y defensa de los derechos de las personas privadas de libertad. Es por ello que los integrantes ejercitarán, desarrollarán e impulsarán, como mínimo, las siguientes funciones básicas para la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad conforme a los estándares internacionalmente establecidos:
1 Información y asesoramiento jurídico. 2 Representación y defensa ante autoridades administrativas. 3 Representación y defensa ante autoridades judiciales 4 Difusión y divulgación de derechos.
V.- Que la Defensa Pública Oficial de Penados ha asumido el compromiso de ser una unidad de la defensa que alcance la mejora en la protección de los Derechos Humanos de las personas que se encuentran sujetas al Régimen Penitenciario Provincial, mediante la detección de la problemática y la intervención temprana y oportuna, favorecidos por la mayor cercanía. Para ello la Defensoría Pública Oficial de Penados adecuará sus acciones para velar por el respeto de los derechos humanos en los centros de privación de libertad y el cumplimiento de los estándares internacionales aplicables con el fin de que no sean afectados más derechos que los estrictamente derivados de la situación de privación de libertad. Y en el cumplimiento de esta misión, la Unidad a crear con asiento en el Establecimiento Carcelario habrán de:
a Establecer la atención regular y periódica dentro de los centros de privación de libertad, de modo tal que se garantice el contacto directo de las personas privadas de libertad con su defensor/a para procurar su atención efectiva. b Organizar de manera sistemática los procesos y procedimientos utilizados en la gestión del control de la defensa especializada sobre las condiciones de privación de libertad. c Sistematizar la experiencia para hacer lecturas cualitativas, globales y críticas de la situación de privación de libertad, e informar a los órganos de gobierno del Poder Judicial, de modo que puedan proponer políticas de prevención para evitar la violación de los derechos humanos de las personas privadas de libertad.

VI.- Que la asunción y ejercicio de tales funciones exige adecuar la capacidad operativa de la Defensoría Pública Oficial de Penados, con el fin de estar en condiciones óptimas de prestar información y asistencia letrada a todas las personas privadas de libertad que lo soliciten.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/10/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/10/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4128

Primera edición01/02/2006

Ultima edición30/04/2024

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