Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/10/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MARTES 1º DE OCTUBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVIII - Nº 185
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

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a SECCION

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINENTOS NOVENTA Y
DOS - SERIE A. En la ciudad de Córdoba, a veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta CÁCERES de BOLLATI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Director General de Administración a cargo de la Administración General, Lic. C. Augusto BARTOLOMEI y ACORDARON:
Y VISTO: El Acuerdo Reglamentario N 1458 Serie A, de fecha 28 de Noviembre de 2017, en el que se crea la Unidad de la Defensa Pública Oficial en el Establecimiento Carcelario de Bower, a cargo de los señores Asesores Letrados Dres. Mariano BRUSA, Pablo PUPICH, bajo la coordinación de la Colaboradora Auxiliar Dra. Guadalupe GARCÍA PETRINI.
II.- Que la Unidad de la Defensa en el Establecimiento Carcelario de Córdoba Capital, nació como modelo experimental, cuyas reglas de funcionamiento y resultado fueron objeto de evaluación por el Centro de Estudios y Proyectos Judiciales en el corriente año y las conclusiones se encuentran publicadas en https www.justiciacordoba.gob.ar/cepj/_Novedades/Novedades.aspx?IDP=2.
III.- Que la citada Unidad, se encuentra en plena actividad y es considerada por el Tribunal Superior de Justicia y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba, como una experiencia recomendable para replicar, por la protección que ofrece de los Derechos Humanos de las personas que se encuentran sujetas al Régimen Penitenciario Provincial.IV.- Que prueba de ello, y en ese convencimiento se creó la Unidad de la Defensa Publica Oficial de Ejecución Penal en el Establecimiento Carcelario de la Ciudad de Cruz del Eje, por Acuerdo Reglamentario Nro. 1574
Serie A de fecha 3 de julio de 2019.Y CONSIDERANDO: I.-.Que desde su creación la Unidad la Defensa Púbica que funciona en contextos de encierro atendió a más de 300 personas que componen el universo de la población asignada al espacio, a saber:
mujeres condenadas y procesadas con resolución de prisión preventiva, varones condenados en fase de confianza y a penas perpetuas.
II.- Que en el trayecto de la actividad de la Unidad se advirtió la necesidad de que permanezca la oficina de la Unidad existente exclusivamente en el Establecimiento Penitenciario Nº 3 de mujeres porque la situación de la mujer en prisión reviste características particulares que hacen necesario la instalación permanente, para garantizar una contención institucional acorde a la complejidad de la intervención demandada.
III.- Que esto es así, porque luego de la entrevista, el desarrollo de las tareas de gestión, intermediación y seguimiento del caso se apoyan en aspectos más cualitativos, que requieren a su vez, de articulaciones con familias desmembradas en el afuera.
IV.- Que este Tribunal Superior entiende que las Defensorías Públicas Oficiales son un actor institucional clave en la defensa, protección y promoBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1592 - Serie A Pág. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1015 Pág. 2
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 1211 Pág. 3
Resolución N 1212 Pág. 3
Resolución N 1213 Pág. 4
Resolución N 1214 Pág. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N 53 Pág. 5
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN
Resolución N 6 Pág. 5

ción de los derechos de las personas privadas de libertad. Y su actuación debe contribuir a facilitar y mejorar el acceso a la justicia de las nombradas.
V.- Que el propósito de este proyecto es defender con efectividad a las personas condenadas, o sometidas a medidas de seguridad, que se encuentran bajo tratamiento penitenciario o terapéutico, en situación de vulnerabilidad, por su especial condición de encierro. Es por ello que se requiere crear la segunda Unidad de la Defensa que se ocupará directamente de la población masculina del Complejo Carcelario Nº 1, con rotación constante entre los cuatro módulos del lugar.
VI.- Que la Defensoría Pública Oficial de Penados incluye dentro de su misión institucional la promoción y defensa de los derechos de las personas privadas de libertad. Es por ello que los integrantes ejercitarán, desarrollarán e impulsarán, como mínimo, las siguientes funciones básicas para la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad conforme a los estándares internacionalmente establecidos: 1 Información y asesoramiento jurídico. 2 Representación y defensa ante autoridades administrativas. 3 Representación y defensa ante autoridades judiciales 4 Difusión y divulgación de derechos.
VII.- Que la Defensa Pública Oficial de Penados ha asumido el compromiso de ser una unidad de la defensa que alcance la mejora en la protección de los Derechos Humanos de las personas que se encuentran sujetas al Régimen Penitenciario Provincial, mediante la detección de la problemática y la intervención temprana y oportuna, favorecidos por la mayor cercanía. Para ello la Defensoría Pública Oficial de Penados adecuará sus acciones para velar por el respeto de los derechos humanos en los centros de privación de libertad y el cumplimiento de los estándares internacionales aplicables con el fin de que no sean afectados más derechos que los estrictamente derivados de la situación de privación de libertad. Y en el cumplimiento de esta misión, la Unidad a crear con asiento en el Establecimiento Carcelario habrán de: a Establecer la atención regular y periódica dentro de los cen-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/10/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha01/10/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4129

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/05/2024

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