Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/01/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

MARTES 15 DE ENERO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCXLIX - Nº 10
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO

1

a SECCION

Resolución N 2
Córdoba, 11 de Enero de 2019
VISTO: El expediente N 0458-055649/2019, donde consta Decreto N189/2018 por el cual se promulga la Ordenanza N2315/2018 habilitando al Juez Administrativo Municipal de Faltas para el tratamiento de las Actas de Infracción a la ley 8560 y su reglamentación, labradas por personal dependiente de la Dirección General de Policía Caminera.
Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 5 de la Ley Provincial de Tránsito No 8560, T.O. 2004, Decreto Reglamentario N 318 define como Autoridad de Juzgamiento y Aplicación de Sanciones, la que determina la Autoridad Municipal o Comunal en las jurisdicciones que adhieran a las disposiciones de la Ley y su Reglamentación.
Que conforme el referido artículo de la Ley Provincial de Tránsito No 8560, T.O. 2004, esta Autoridad de Aplicación es la encargada de reconocer, capacitar, evaluar, registrar y asignar funciones a los Jueces que se desempeñen como Autoridad a cargo del Juzgamiento y Aplicación de Sanciones.
Que obra en autos Decreto N189/2018, de la Municipalidad de Oncativo, que determina la designación de la Dra.Suarez Pamela Jacqueline, DNI:
32.889.489, Matricula Profesional N 1-39238, en calidad de Juez Administrativo Municipal de Faltas con competencia en el tratamiento de las Actas de Infracción a la ley 8560 y su reglamentación, labradas por personal de la Dirección General de Policía Caminera.

SUMARIO
DIRECCION DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N 2 Pag. 1
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 422 Pag. 2
Resolución N 423 Pag. 2
Resolución N 425 Pag. 3
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Cronograma de Pago Pag. 3

Artículo 1.- HABILITAR, en calidad de Juez Administrativo Municipal de Faltas de la localidad Oncativo a la Dra. Suarez Pamela Jacqueline, DNI:
32.889.489, Matricula Profesional N 1-39238, para que proceda al tratamiento, análisis y dictado de instrumentos legales respecto de las Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Transito N 8560
T.O. 2004, sus modificatorias, concordantes y Decreto Reglamentario N
318/07, labradas por personal de la Dirección General de la Policía Caminera en los tramos de competencia asignados oportunamente.
Artículo 2.- DISPONER que por los canales administrativos conducentes de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, se proceda a la inscripción en los registros correspondientes del profesional habilitado por dispositivo anterior, como Juez Administrativo Municipal de Faltas de Tránsito, conforme al siguiente detalle:
Apellido NombreDNI
SUAREZ PAMELA JACQUELINE

Que en virtud de ello, corresponde a esta Dirección General, dictar el instrumento legal que habilite al mencionado profesional para la función supra indicada, con las obligaciones y responsabilidades tipificadas por el artículo 108, inciso b Puntos 1,2,3,y 4 de la Ley Provincial de Tránsito 8560 T.O 2004 y su concordante Decreto Reglamentario N 318/07 y las Resoluciones dictadas oportunamente por esta Autoridad de Aplicación, fijándose como fecha de inicio de actividades el día 17 de Enero del corriente año, ello a fin de brindar continuidad a la tarea de Juzgamiento de las actas referidas.
Por ello, lo dictaminado por el Asesoría Jurídica de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N 02/2019 y en ejercicio de sus atribuciones:
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
R E S U E L V E:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

32.889.489

Artículo 3.- ESTABLECER como fecha de inicio de actividades de Juez Administrativo Municipal de Faltas, habilitado por el articulo precedente el 17 de Enero del corriente.Artículo 4.- ORDENAR, que por el Área Administrativa de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, se proceda a notificar a la Autoridad de Control, a la página Web de la Dirección Gral. de Policía Caminera, al RePAT a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Minis, terio de Gobierno, y al resto de los Juzgados avocados, de los alcances de la presente.Articulo 5. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/01/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha15/01/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4135

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/05/2024

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