Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/9/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 24

B.O.P. DE CADIZ NUM. 184

hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso Art.
187 y 188 de la LRJS.- Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.- Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, D.
JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. UNO DE ALGECIRAS. Doy fe.- EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.-

Y para que sirva de notificación al demandado NAVIERA DEL ODIEL
SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a 03/09/2019. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 71.097


Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

D. JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER:

Que en los autos de Ejecución nº 181/18, seguidos en este Juzgado a instancia de D. REBECA MATA MORENO contra MANTENIMIENTO Y SERVICIOS
SOL Y SUR, S.L. sobre Despido, se ha dictado Auto de fecha 30/05/19, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA.

Se declara extinguida la relación laboral con fecha de la presente resolución que une a D Rebeca Mata Moreno con la demandada empresa MANTENIMIENTO Y
SERVICIOS SOLYSUR S.L., condenando a ésta al abono de los salarios de tramitación correspondientes que se fijan en 4.914 euros brutos más intereses legales.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer RECURSO
de REPOSICIÓN en el plazo de TRES días a contar desde la fecha de notificación, mediante escrito que se ha de presentar en este Juzgado de conformidad con el artículo 187 de la LRJS, debiendo presentar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad de 25 euros en la cuenta y consignaciones del Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma María Teresa Vidaurreta Porrero, Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Algeciras y su partido. Doy fe.-

Y para que sirva de notificación al demandado MANTENIMIENTO
Y SERVICIOS SOL Y SUR, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a 02/08/2019. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 71.105


Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

D. JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER:

Que en los autos de Ejecución nº 263/18, seguidos en este Juzgado a instancia de D. JUAN JIMÉNEZ GARCÍA contra AURASER 24, SL sobre Cantidad, se ha dictado Decreto en el día de hoy, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA.

Declarar a la parte ejecutada AURASER 24, SL en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 1.362,50 euros de principal, más 408 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.

25 de septiembre de 2019

El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso Art. 187 y 188 de la LRJS. Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, D. JESÚS MARÍA
SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. UNO DE ALGECIRAS. Doy fe.- EL LETRADO
DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.-

Y para que sirva de notificación al demandado AURASER 24, SL
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a 26/08/2019. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho ala intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados confines contrarios a las leyes."
Nº 71.111


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
algeciras EDICTO

D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos de Ejecución nº 265/18, seguidos en este Juzgado a instancia de D. JOSE CARLOS NÚÑEZ PEREIRA contra AURASER 24, SL sobre Cantidad, se ha dictado Decreto en el día de hoy, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA.

Declarar a la parte ejecutada AURASER 24, SL en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 1.362,50 euros de principal, más 408 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación..- Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS
hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso Art.
187 y 188 de la LRJS.- Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.- Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, D.
JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. UNO DE ALGECIRAS. Doy fe..- EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.-

Y para que sirva de notificación al demandado AURASER 24, SL
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintiseis de agosto de dos mil diecinueve. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 71.113

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/9/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha25/09/2019

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones6015

Primera edición02/01/2001

Ultima edición13/05/2024

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