Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/9/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 182

2.- Formular propuestas de actuación a cualquiera de los órganos municipales, en relación con la materia, asuntos y servicios propios.
3.- Seguimiento de la ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento en relación con los servicios, asuntos y materias propias.
4.- Formular al Alcalde la propuesta de gastos a considerar a los Proyectos del Presupuesto General para cada ejercicio, en relación con aquellos que se refieran a los servicios, inversiones e iniciativas relativas al Área y prestar su asesoramiento y colaboración en relación con la formulación del Presupuesto General de la Corporación y sus Organismos Autónomos.
5.- Presidir los órganos colegiados municipales para la gestión de servicios o de fomento de la participación ciudadana, de acuerdo con la Norma reguladora de las mismas.
6.- Aprobación de facturas, autorización y disposición de gastos, así como, el reconocimiento de su obligación e igualmente la celebración de contratos menores.
7.- Representar al Ayuntamiento en los actos que correspondan a este Área, cuando no estuviera presente el Alcalde.
8.- Exposición al público de expedientes municipales cuando este trámite venga exigido por las normas generales de procedimiento o específicas aplicables, remisión de anuncios a Boletines Oficiales, Diarios y en general medios de comunicación, así como que se fije en el Tablón de Edictos de la Corporación los mencionados anuncios, en las materias propias del Área.
9.- Expedición y firma de los oficios de remisión a otras Administraciones Públicas, entidades y particulares de documentación, expedientes y sus copias, notificaciones, ordenes, comunicaciones, resoluciones o cualquier otras actuaciones o documentación que deban remitirse con oficios, en las materias propias del Área.
10.- Resolver, mediante actos administrativos que afecten a terceros, sobre las materias comprendidas en éste Área, incluso los procedimientos sancionadores, delegando también la firma de las mismas.

En Doña María José Hedrera Raposo 1.- La programación de las políticas municipales en las materias de su competencia, así como la representación de las Áreas o Concejalía de la que es titular, la dirección de los servicios pudiendo a estos efectos dictar instrucciones generales sobre su funcionamiento, inspeccionarlos e impulsarlos en su actuación.
2.- Formular propuestas de actuación a cualquiera de los órganos municipales, en relación con la materia, asuntos y servicios propios.
3.- Seguimiento de la ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento en relación con los servicios, asuntos y materias propias.
4.- Formular al Alcalde la propuesta de gastos a considerar a los Proyectos del Presupuesto General para cada ejercicio, en relación con aquellos que se refieran a los servicios, inversiones e iniciativas relativas al Área y prestar su asesoramiento y colaboración en relación con la formulación del Presupuesto General de la Corporación y sus Organismos Autónomos.
5.- Presidir los órganos colegiados municipales para la gestión de servicios o de fomento de la participación ciudadana, de acuerdo con la Norma reguladora de las mismas.
6.- Representar al Ayuntamiento en los actos que correspondan a este Área, cuando no estuviera presente el Alcalde.
7.- Exposición al público de expedientes municipales cuando este trámite venga exigido por las normas generales de procedimiento o específicas aplicables, remisión de anuncios a Boletines Oficiales, Diarios y en general medios de comunicación, así como que se fije en el Tablón de Edictos de la Corporación los mencionados anuncios, en las materias propias del Área.
8.- Expedición y firma de los oficios de remisión a otras Administraciones Públicas, entidades y particulares de documentación, expedientes y sus copias, notificaciones, ordenes, comunicaciones, resoluciones o cualesquiera otras actuaciones o documentación que deban remitirse con oficios, en las materias propias del Área.
9.- Resolver, mediante actos administrativos que afecten a terceros, sobre las materias comprendidas en éste Área, incluso los procedimientos sancionadores, delegando también la firma de las mismas.

CUARTO.- Delegaciones Especiales.

En uso de la facultad de la Alcaldía para conferir delegación especial para la dirección y gestión de servicios determinados excluida la facultad de resolución con respecto a terceros, que será ejercida en estos casos por el Primer Teniente de Alcalde, resuelvo:

Nombrar a Don Manuel Cala Moreno, Delegado de las Áreas de Educación, Salud y Fomento Económico.

Nombrar a Doña María Teresa Caro García, Delegada de las Áreas de Deportes y Juventud
Delegar de forma indistinta las competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la nueva redacción dada al mismo por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este término municipal, en todos y cada uno de los trece Concejales que constituyen esta Corporación.

QUINTO.- Delegación en la Junta de Gobierno Local.

Se delegan en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:
1. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
2. Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y efectuar las convocatorias.
3. Resolver los concursos para la provisión de los puestos de trabajo Ley 14/2000, de 29
de diciembre, MFAOS y nombrar funcionarios de carrera de la Corporación, interinos o personal laboral, a propuesta del tribunal, a los que superen las correspondientes pruebas.
4. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los Proyectos de Urbanización.
5. La gestión de bienes integrantes del Patrimonio Municipal de Suelo por menos de cuatro años, suponiendo que su cuantía valoración-tasación del bien realizada por los técnicos municipales no exceda del 10 % de los Recursos Ordinarios del Presupuesto.

SEXTO.- La Delegación deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz sin perjuicio de que surta efectos desde el día siguiente al de la fecha del Decreto, salvo que en el mismo se disponga otra cosa.

23 de septiembre de 2019

Lo que se hace público para general conocimiento. En Trebujena, a 04/09/2019. El Alcalde. Fdo.: Jorge D. Rodríguez Pérez. 02/09/2019. El Secretariointerventor. Fdo.: Enrique J. Clavijo González.
Nº 69.977


Ayuntamiento de Paterna de RiverA
ANUNCIO
SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE
POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO.

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de septiembre de 2019, acordó la aprobación inicial de la Modificación de la Ordenanza Reguladora de Policía y Buen Gobierno del Municipio, abriéndose un periodo de información pública por plazo de 30 días, contados a partir del siguiente al de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente en la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento y formular las reclamaciones y sugerencias que estime pertinentes.

En el caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones o sugerencias, el acuerdo hasta entonces provisional se entenderá definitivamente adoptado, procediéndose a su íntegra publicación de conformidad con lo dispuesto en el art. 70.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

En Paterna de Rivera, 06/09/2019. EL ALCALDE-PRESIDENTE.
Fdo.: Andrés Díaz Rodríguez. 06/09/2019. EL SECRETARIO-INTERVENTOR EN
COMISIÓN CIRCUNSTANCIAL. Fdo.: Rogelio Jesús Navarrete Manchado.

Nº 70.071


Ayuntamiento de San Martin del Tesorillo ANUNCIO

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 342/2019 de fecha 09
de septiembre de 2019, las Bases para la provisión temporal, en comisión de servicios, de tres puesto de trabajo de Policía Local, perteneciente al subgrupo C1 , escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, denominación Policia Local para el Ayuntamiento de San Martín del Tesorillo Cádiz, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL, EN COMISIÓN
DE SERVICIOS , DE TRES PUESTO DE TRABAJO DE POLICÍA LOCAL , PERTENECIENTEAL SUBGRUPO C1 ESCALADEADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES, DENOMINACIÓN POLICÍA LOCAL
PARA EL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DEL TESORILLO CÁDIZ .

PRIMERA.- Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal, en comisión de servicios de carácter voluntario, del tres puestos de trabajo, de funcionario de carrera de este Ayuntamiento, perteneciente al Subgrupo C1, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, denominación Policía local .

La comisión de servicios durará el tiempo estrictamente necesario, hasta que se cubra con carácter definitivo la respectiva vacante, y como máximo el de un año prorrogable por otro más, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se regula el Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria a los funcionarios de la Administración Local de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.8 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web.

SEGUNDA.- Requisitos de deben reunir los aspirantes
Para poder participar en la presente provisión de puestos de trabajo, los/as aspirantes deberán reunir los siguiente requisitos:
a Tener nacionalidad española o estar comprendido en alguno de los supuestos previstos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, e 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto al acceso al empleo público de naciones de otros Estados.
b Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima para el pase a la situación de segunda actividad.
d No haber sabido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e Tener la condición de funcionario/a público/a perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local.
f Tener la conformidad del órgano competente del Ayuntamiento al que pertenece en relación a la posible adscripción a este Excmo. Ayuntamiento en Comisión de Servicios del funcionario/a solicitante. Los requisitos antes indicados deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

TERCERA.- Solicitudes y admisión de los aspirantes
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo,

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/9/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha23/09/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6016

Primera edición02/01/2001

Ultima edición14/05/2024

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