Boletín Oficial de la República Argentina del 31/01/2017 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 31 de enero de 2017

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.556

3

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1

Decreto 78/2017

XIX.- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Modificación. Decreto N357/2002.

SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2017

SUBSECRETARÍA DE JUVENTUD

VISTO el Expediente Electrónico NEX-2016-04203117-APN-DGAJMDS, la Ley de Ministerios texto ordenado Decreto N 438/92 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1455 del 12 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 1703 del 15 de octubre de 2008, 1067 del 14 de agosto de 2009, 668 del 12 de mayo de 2010 y sus modificatorios y 13 del 10 de diciembre de 2015 y su modificatorio,y
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS

CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N1455/96 se creó, con dependencia directa de la entonces SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la COMISIÓN NACIONAL
DE ACCIÓN SOCIAL DIRECTA, y se estableció que la misma estaría integrada por UN 1 Presidente con rango y jerarquía de Subsecretario, y CINCO 5 vocales que percibirían una remuneración equivalente al Nivel A Grado 8 del ex Sistema Nacional de la Profesión Administrativa SI.NA.P.A..

SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA
SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE HERRAMIENTAS PARA LA ECONOMÍA SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRADORAS

Que por el Decreto N1703/08 se determinó que la COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y ASISTENCIA
DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL COMUNITARIOS estaría integrada por un Presidente, con rango y jerarquía de Subsecretario.

SUBSECRETARÍA DE LA ECONOMÍA POPULAR

Que por el Decreto N1067/09 se estableció que el PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON
TRABAJO creado por la Resolución MD N3182/2009 está a cargo de la UNIDAD EJECUTORA
DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, cuyo titular tiene rango y jerarquía de Subsecretario.

SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL

Que por el Decreto N668/10 se creó, con dependencia directa de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Identificación de Necesidades Críticas, cuyo titular tiene rango y jerarquía de Subsecretario.

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL
SUBSECRETARÍA DE IDENTIFICACIÓN Y ATENCIÓN DE NECESIDADES CRÍTICAS
SUBSECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA
SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Que resulta necesario suprimir los cargos extraescalafonarios de TITULAR de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, de COORDINADOR DE
IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES CRÍTICAS y de la COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y ASISTENCIA DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL COMUNITARIOS y, CUATRO 4 cargos de VOCALES de la COMISIÓN NACIONAL DE ACCIÓN SOCIAL DIRECTA remuneración equivalente al Nivel A, Grado 8 del ex Sistema Nacional de la Profesión Administrativa SI.NA.P.A..

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACIÓN FEDERAL

Que mediante el Decreto N357/02 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Que por el Decreto N 13/15 se modificó la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438/92 y modificatorias.

1. Entender en el diseño de las políticas sociales tendientes a acompañar y proteger a los grupos especialmente vulnerables, a través de la implementación de programas de protección social, de seguridad alimentaria y el fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL por el Decreto mencionado en el considerando precedente, resulta necesario reordenar los objetivos de esa Jurisdicción.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL se ha expedido en el ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1 Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1 del Decreto N357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada el Apartado XIX, correspondiente al MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa IF-2017-01165554-APN-MDS al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

SUBSECRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA
IF-2017-01165554-APN-MDS
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2
SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL
OBJETIVOS:

2. Entender en el diseño, gestión y evaluación de políticas sociales de protección.
3. Entender en el diseño de la política alimentaria destinada a la población en condiciones de vulnerabilidad.
4. Entender en el diseño y en la implementación de políticas sociales destinadas fomentar la participación activa de los jóvenes.
5. Entender en el diseño e implementación de las políticas sociales de fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil.
6. Entender en el diseño e implementación de acciones que promuevan el desarrollo sostenible y la responsabilidad social.
7. Promover el acceso a la igualdad de oportunidades y la mejora de la calidad de vida de las poblaciones de lesbianas, gays, transexuales, travestis, transgénero, intersex y queer.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
OBJETIVOS:
1. Asistir a la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL, en el diseño de las políticas sociales de fortalecimiento institucional de las organizaciones de la sociedad civil.
2. Propiciar el establecimiento de mecanismos que permitan un mayor conocimiento y una mejor visualización pública de las actividades desarrolladas por las Organizaciones de la Sociedad Civil.

ARTÍCULO 2 Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2 del Decreto N357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios Objetivos el Apartado XIX, correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa IF-2017-01165684-APN-MDS al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

3. Promover y desarrollar el fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil, procurando el fortalecimiento de la participación ciudadana y propiciar condiciones favorables para impulsar el trabajo de las organizaciones sociales.

ARTÍCULO 3 Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, de acuerdo al organigrama que como ANEXO I IF-2017-01165716-APN-MDS, forma parte integrante del presente decreto.

4. Promover la generación de espacios institucionales de articulación intersectorial que posibiliten una mayor participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil OSC en la gestión de políticas públicas.

ARTÍCULO 4 Suprímense los cargos extraescalafonarios de TITULAR de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, de COORDINADOR DE IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES CRÍTICAS y de TITULAR de la COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y
ASISTENCIA DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL COMUNITARIOS, todos ellos con rango y jerarquía de Subsecretario y CUATRO 4 cargos de VOCALES de la COMISIÓN NACIONAL DE ACCIÓN SOCIAL DIRECTA, con remuneración equivalente al Nivel A, Grado 8 del ex Sistema Nacional de la Profesión Administrativa SI.NA.P.A..
ARTÍCULO 5 Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N2.098/08.
ARTÍCULO 6 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos asignados por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 7 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. Carolina Stanley.

5. Impulsar acciones de fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil OSC a través de programas conjuntos de capacitación y gestión asociada.
6. Promover el reconocimiento de la labor de las organizaciones de la sociedad civil en la promoción y protección de derechos y en la ejecución de acciones tendientes a la atención de personas en situación de vulnerabilidad o de exclusión social.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE JUVENTUD
OBJETIVOS:
1. Asistir a la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL en el diseño e implementación de políticas sociales destinadas a jóvenes.
2. Presidir el funcionamiento del Consejo Federal de la Juventud conforme la Ley N26.227.
3. Fomentar en los jóvenes la participación comunitaria, el compromiso público y valores como la solidaridad, la equidad, la memoria, la responsabilidad y la identidad nacional.
4. Fortalecer el reconocimiento de los jóvenes en la sociedad como sujetos activos de derechos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/01/2017 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha31/01/2017

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9355

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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