Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2017

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

28

BOLETIN OFICIAL

Vice-presidente - Saint Paul, Gastón 28.779.070
Secretario General - Vallejo, Lucas Matías
29.302.241
Pro-Secretario - Vallejo Marisela Paola 24.788.959
Tesorero - Van Bredam, Milton - 30.061.245
Pro-Tesorero - Saint Paul Lautaro 36.381.045
Intendente - Colman, Jorge 16.327.916
Secretario de Actas - Dvoymoch, Juan Luis 5.804.847
Vocal Titular - Amarillo, Gabriel - 32.600.418
Vocal Titular - Charadia, Milton Andrés 30.998.389
Vocal Suplente - Fraccarolli, María Luz
16.424.228
Vocal Suplente - Dvoymoch, Luis Alberto
18.549.924
Comisión Revisora de Cuentas - Mora, Miriam Gisele 29.195.645
Comisión Revisora de Cuentas - Schein, Brian Daniel Iván 36.485.834
Comisión Revisora de Cuentas - Charadia, Lionel Alcides 36.273.675
Comisión Fiscalizadora - Camejo, María Cecilia 28.110.046
Comisión Fiscalizadora - Mora, Pablo
31.891.688
Comisión Fiscalizadora - Colman, Jesús
33.370.323
Amarillo, Ariel, presidente, Vallejo, Lucas Matías, secretario.
F.C.S. 502-00018492 1 v./11.9.17

CONTRATO
NUEVO

VILLAGUAY
LA RITA S.R.L.
Entre los Sres. Atilio René Romero, DNI
31.003.741, soltero, argentino, comerciante, nacido el 7 de julio de 1984; y Juan Pablo Romero, DNI 29.496.079, soltero, comerciante, nacido el 22 de julio de 1982, ambos domiciliados en calle Corrientes N298 de la ciudad de Villaguay, Provincia de Entre Ríos, argentinos, mayores de edad, deciden constituir una sociedad de responsabilidad limitada sujeta a las siguientes cláusulas:
I - Estatuto:
PRIMERO: La sociedad de Responsabilidad Limitada se denominará LA RITA S.R.L.. Por resolución de sus socios, la sociedad podrá establecer sucursales, locales de venta, depósitos, representaciones o agencias en cualquier lugar del país o del extranjero.
SEGUNDO: Plazo: La duración de la sociedad será de 99 noventa y nueve años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
TERCERO: Objeto: la sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o en el exterior, las siguientes actividades:
1 Fabricar, vender y distribuir productos farináceos y snacks en forma mayorista y minorista; fabricar y vender maquinarias para la industria de la alimentación;
2 Exportar, importar y financiar maquinarias de uso general para la industria alimentaria, herramientas y repuestos, productos alimenticios, productos de snack en general y envases de cartón, plástico, papel, propileno, etc. Con sus respectivos estampados;
3 Celebrar contratos como proveedor de sus productos farináceos y/o snacks con las autoridades estatales o con personas físicas y/o
jurídicas, ya sean sociedades civiles o comerciales, tengan o no participación en ellas;
4 Efectuar las operaciones necesarias con los Bancos públicos, privados o mixtos y con las compañías financieras, en forma especial con el Banco Central de la República Argentina, Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario Nacional S.A. y con el Nuevo Banco de Entre Ríos;
5 A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos, contratos y operaciones que se relacionan, y en general, a cualquier actividad afín relacionada con los rubros que no sean prohibidos por la Leyes o por este Estatuto.
CUARTO: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 100.000 pesos cien mil dividido en 1.000 mil cuotas de valor $ 100 pesos cien cada una, que los socios suscriben en este acto de acuerdo con el siguiente detalle:
el Sr Atilio René Romero, 500 quinientas cuotas o sea la suma de $ 50.000 pesos cincuenta mil y el Sr. Juan Pablo Romero, suscribe 500 cuotas, o sea la suma de $ 50.000 pesos cincuenta mil.
Los socios integran en un 25% del capital social al momento de suscripción de este contrato, en dinero efectivo. Los socios antes mencionados se obligan a integrar el saldo restante de dinero efectivo dentro del plazo de dos 2
años computados desde la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio.
SÉPTIMO: Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por el plazo de duración de la sociedad. En tal carácter tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial.- También podrán otorgar poderes generales o especiales judiciales, inclusive para querellar criminalmente - o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzguen conveniente y con o sin facultad de sustitución.
OCTAVO: Forma de Deliberación: Las resoluciones deberán ser adoptadas conforme lo establecido en el artículo 159 de la Ley 19.550.
Se aplicará el artículo 160 de la Ley 19.550 y cada cuota dará derecho a un voto. Toda comunicación a los socios deberá ser cursada de acuerdo con lo establecido en el artículo 159
de la Ley 19.550.
NOVENO: Asambleas Cierre del Ejercicio: El ejercicio ordinario de la sociedad cerrará el 30
de junio de cada año. Al cierre del ejercicio el gerente practicará inventario de bienes y confeccionarán el balance general con el cuadro de resultados.
Esos documentos serán puestos a disposición de los socios con una anticipación no menor de diez días a la fecha fijada para la realización de la asamblea anual ordinaria que no podrá exceder de los tres meses desde el cierre del ejercicio. La fecha, hora y lugar fijados para la asamblea serán notificados en forma fehaciente a cada uno de los socios y se respetarán las reglas previstas para el caso por la Ley 19.550 para las sociedades anónimas.
II - En este acto los socios, acuerdan: Establecer la sede social en la calle Corrientes 298, Villaguay, Provincia de Entre Ríos, y designar socio gerente a Atilio René Romero, quien acepta su designación.
Registro Público de Comercio DIPJ - Paraná, 6 de septiembre de 2017 Mariano Romeo Catena, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00018511 1 v./11.9.17

Paraná, lunes 11 de setiembre de 2017

SUMARIO
DECRETOS
Gobernacion Año 2016
478
Ministerio de Gobierno y Justicia Año 2017
111, 112, 113, 114, Ministerio de Cultura y Comunicación 351, 352, 359, 377, 378, 383, 384, 385, 386, 387, 388, 389
Ministerio de Salud 209, 212, 231, 292, 299, 300
RESOLUCIONES
Ministerio de Salud Año 2016
1513, 1514, 1515, 1516, 1517, 1518, 1519, 1520, 1521, 1522, 1523, 1524, 1525, 1526, 1527, 1528, 1529, 1530, 1531, 1532, 1533, 1534, 1535, 1536, 1537, 1538, 1539, 1540, 1541, 1542, 1543, 1544, 1545, 1546, 1547, 1548, 1549, 1550, 1551, 1552, 1553, 1554, 1555, 1556, 1557, 1558, 1559, 1560, 1561, 1562, 1563, 1564, 1565, 1566, 1567, 1568, 1569, 1570, 1571, 1572
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. - 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos. Registro de la Propiedad Intelectual 299.323. Se edita los días hábiles.
GUILLERMO LUIS ABASTO
Director Dirección, Administración, Talleres y Publicaciones:
CORDOBA Nº 327
PARANA Entre Ríos C.P. 3100
Telefax 0343 4207805 - 4207926
imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar Suscripcio nes y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805

IMPORTANTE
Los PAGOS de FACTURAS por publicaciones y trabajos realizados, deberán efectivizarse en la IMPRENTA OFICIAL .
Córdoba 327 - de 7 a 12 hs. - Tel.:03434207805/7926 .

Email:
imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar Los cheques deben emitirse a la orden de TESORERIA
GENERAL
DE
LA
PROVINCIA, conforme lo dispuesto según Decreto Nº 3792/11 MEHF.
L a s ó r d e n e s d e p a g o o l i b r a m i e nto s, efectuados por intermedio de TESORERIA
GENERAL, deberán informarse previamente a esta Repartición Imprenta Oficial para que tome conocimiento.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha11/09/2017

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930