Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/9/2017

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Nº 26.261 - 179/17

PARANA, viernes 22 de setiembre de 2017

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 422 GOB
AUTORIZANDO A OTORGAR APORTES
Paraná, 20 de marzo de 2017
VISTO:
La gestión iniciada ante este Poder Ejecutivo, originada en el ámbito de la Secretaría General de la Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se plantea la necesidad de facultar al Secretario General de la Gobernación a fin de brindar solución en forma rápida, ágil y eficaz a situaciones de urgencia a través del otorgamiento de aportes no reintegrables, de acuerdo al detalle que como anexo forma parte del presente decreto;
Que asimismo es propósito del titular de este Poder Ejecutivo facultar al citado funcionario a autorizar el otorgamiento de aportes no reintegrables durante su ejercicio, a personas humanas, con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 10 Gobernación;
Que en virtud de lo expuesto resulta pertinente autorizar a la Secretaría General de la Gobernación el dictado de resoluciones estableciendo procedimientos y todas aquellas medidas que resulten necesarias para el otorgamiento de la asistencia mencionada;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Autorízase al titular de la Secretaría General de la Gobernación a otorgar aportes no reintegrables a modo de ayuda directa, con destino a personas humanas para dar solución expedita a situaciones de urgencia y/o vulnerabilidad previa presentación de documentación y cumplimiento de requisitos que se esta-

E D ICION: 24 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
blezcan, conforme lo expresado en los considerandos y el anexo del presente.
Art. 2º.- Facúltase al titular de la Secretaría General de la Gobernación a dictar resoluciones estableciendo procedimientos y todas aquellas medidas complementarias que resulten necesarias para el otorgamiento del beneficio acordado por el artículo 1º.
Art. 3º.- Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de entrega de fondos ante la Tesorería General de la Provincia por la suma total de pesos tres millones seiscientos mil $ 3.600.000 y autorízase a la citada Dirección General, a través del Area Tesorería, a remitir los fondos correspondientes a favor de quien la reglamentación que se dicte determine imputando el gasto a las partidas específicas de la Jurisdicción: 10 Gobernación.
Art. 4º.- Determínase un tope de pesos tres millones seiscientos mil $ 3.600.000, para el otorgamiento de la ayuda directa durante el ejercicio presupuestario 2017, y de hasta pesos cinco mil $ 5.000 por beneficio.
Art. 5º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º: Comunicar, publicar y archivar.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri ANEXO
Aporte No Reintegrables de Ayuda Directa Destino Los montos autorizados a otorgar por el Sr.
Secretario General de la Gobernación en carácter de Aporte No Reintegrable de Ayuda Directa, a personas humanas en situación de vulnerabilidad, estarán destinados a resolver situaciones apremiantes y urgentes, en forma
inmediata, de acuerdo a las siguientes prioridades: adquisición de medicamentos, gastos originados por traslados y estadía fuera de su lugar de residencia y atención de necesidades básicas elementales.
Montos a Otorgar:
Monto por beneficio, hasta $ 5.000.
Monto mensual afectado, hasta $ 300.000.
Monto total afectado, hasta $ 3.600.000.
Período y Forma:
El monto total afectado se prevé para el ejercicio presupuestario 2017. Las sumas autorizadas serán otorgadas mediante formulario de autorización que será probado de conformidad con lo establecido en el articulo 2º del presente.
DECRETO Nº 424 GOB
ESTABLECIENDO CAMBIO DE DESTINO
Paraná, 20 de marzo de 2017
VISTO:
El Decreto N 4144 GOB de fecha 28 de diciembre de 2016; y CONSIDERANDO:
Que mediante dicho texto legal se adjudicó, mediante el sistema de solicitud de cotización, a la firma Celco S.A. el alquiler de un inmueble con destino al funcionamiento de oficinas de la Secretaría de Ambiente - Plan Manejo del Fuego;
Que según surge del informe de autos de la referida Secretaría, en el citado decreto se consignó erróneamente la leyenda Plan Manejo del Fuego siendo que en el inmueble en cuestión se desarrollarán tareas del grupo de trabajo abocado a ejecutar los acuerdos celebrados entre la Secretaría de Política Ambiental Cambio Climático y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y la Secretaría de Ambiente, en el marco del Proyecto N

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha22/09/2017

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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