Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/9/2017

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Nº 26.264 - 182/17

PARANA, miércoles 27 de setiembre de 2017

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 605 GOB

RECONOCIMIENTO
Paraná, 30 de marzo de 2017

VISTO:
La gestión iniciada por la Coordinadora General del Programa de Prevención y Asistencia de las Violencias; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la aprobación de la adenda al contrato de locación de obra suscripto con la señorita María Ariadna Del Porto, aprobado por Decreto Nº 3.680/16 GOB;
Que dado el tiempo transcurrido y habiendo finalizado el ejercicio presupuestario 2016 sin que haya culminado la tramitación de la aprobación de la adenda en cuestión, mediante la emisión del acto administrativo pertinente, corresponde proceder a su reconocimiento;
Que obra en autos certificación de los trabajos complementarios encargados, adicionales a los oportunamente autorizados;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y la Contaduría General de la Provincia han intervenido en lo que es de su competencia;
Que en virtud de lo expuesto se estima procedente acceder a lo solicitado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócese a la señorita María Ariadna Del Porto, M.I. Nº 33.129.991, la completa ejecución de la obra realizada en virtud de los nuevos trabajos efectuados, conforme lo estipulado en la adenda que obra agregada en autos, para la ejecución de trabajos complementarios a los originalmente encargados en
E D ICION: 28 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
el contrato de locación de obra aprobado oportunamente, de conformidad a lo manifestado en los considerandos del presente.
Art. 2º Impútase el gasto a D.A. 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 000, Programa 02, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03, Obra 00, Finalidad 3, Función 20, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 001, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar a la señorita María Ariadna Del Porto, previa presentación de facturas y constancias de trabajo correspondientes, la suma de pesos cinco mil quinientos noventa y dos $ 5.592, en concepto de honorarios por la obra ejecutada.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 613 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 4 de abril de 2017
VISTO:
El Decreto Nº 795/96 MEOSP aprobatorio de la Reglamentación para las Contrataciones del Estado; y CONSIDERANDO:
Que el título IILicitaciones Públicas, capítulo 1- Competencias para realizarlas establece como principio general en su artículo 9º

Deberán realizarse por intermedio de la Unidad Central de Contrataciones, a excepción de
2º Compra de equipos, elementos, maquinarias, herramientas, repuestos, armamentos, municiones, material técnico y todo otro que haga a la función específica policial
Que, en este sentido, lo dispuesto en el mencionado inciso refiere específicamente a aquellas compras y/o adquisiciones que se relacionan a la función específica policial;
Que, en el devenir de los procedimientos administrativos llevados a cabo por los organismos competentes y con el mencionado objeto, se han dado interpretaciones varias acerca de qué debe interpretarse como función específica policial;
Que ello sumado a la expresión excepción ha ocasionado que los diversos órganos jurídicos y de control interpreten de varias maneras la citada expresión obstaculizando en varios casos los tiempos procedimentales, generando dispendio administrativo y consecuencias negativas en la gestión;
Que planteada dicha problemática y a efectos de esclarecer los conceptos y el espíritu de dicha norma, se ha dictado el Decreto Nº 211/17 GOB, mediante el cual se clarifica la función específica policial y los conceptos de seguridad y su importancia en pos de brindar seguridad y paz a todos los habitantes de la Provincia;
Que en tal razonamiento es función de la policía el mantenimiento de la seguridad individual y de la tranquilidad pública e incluye las acciones necesarias para la prevención del delito;
Que si bien el mencionado texto, delimita lo señalado, estableciendo la competencia específica de la Policía de la Provincia de Entre Ríos, el mismo no resuelve quién deberá en su caso definir, cuándo la compra, adquisición y toda otra contratación que deba realizar la Po-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha27/09/2017

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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