Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/05/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Orden 05
07
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BOLETIN OFICIAL N 3995

Legajo Apellido y Nombre 5804 AMORIN, Mara Inés
y MONSALVES, Juan Carlos
25132 MEDINA, Yanina Elizabeth
y ABURTO, Marcelo Daniel
34059 ANTOUN, José Javier
y PONCE, Ana María
34122 AVILA, Fabián Arturo
y GUZMAN, Estela Cristina
34239 LENCINAS, Fabiana Silvana
y FISCHER, Mauricio Enrique
36806 OYOLA, Silvia Esther
y HUEBRA, Claudio Marcelo
36810 MANSILLA, Mariela Susana
y ARIGON, Guillermo Roberto
36811 GOMEZ, Elida Noemí del Valle
y CORA, Héctor Gabriel
36816 SANCHEZ, Adriana Ascensión
y VAN CAUWENBERGHE, Guillermo Carlos

Tipo y Nº Documento DNI. 17.506.047
DNI. 14.872.801
DNI. 22.920.678
DNI. 24.941.307
DNI. 24.217.770
DNI. 21.934.539
DNI. 23.447.356
DNI. 21.773.024
DNI. 24.392.579
DNI. 23.220.550
DNI. 16.500.166
DNI. 18.100.634
DNI. 22.769.018
DNI. 23.629.420
DNI. 24.593.622
DNI. 21.886.999
DNI. 24.078.713
DNI.

23.629.322

Orden
Legajo
43

36824

45

36876

48

36879

55

36887

62

36907

65
72

36910
36981

75

36984

77

36986

90

36999

Viedma, 23 de Mayo del 2002
Apellido y Nombre JUARES, Silvina del Carmen
y LAZARTE, Rodolfo Gustavo
GOMEZ, Mónica Gabriela
y BRIZUELA, Raúl Gustavo
AVILA, Ricardo Benito
y CARDOZO, Analía de los Angeles
LOPEZ, Juan Andrés
y LIZARRAGA, Sandra Mariela
ANDRADE, Soledad de Lourdes
y SBAIZERO, Rubén Adrián
CAMPETELLA, Marisa Virginia
PELLEGRINI, Silvana Catalina
y CONTI, Caetano Roberto
COLIPE, Eva Graciela
y CORNEJO, Pablo Leonardo
LOBO, Roque Adalberto
y SOSA, Mariela Yolanda
LOPEZ, Stella Maris

Tipo y Nº Documento DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.
DNI.

22.119.145
21.074.891
27.564.501
22.237.934
21.356.695
21.316.188
18.451.114
21.773.371
25.368.373
23.535.239
14.256.452
18.105.301
11.502.243
22.139.152
25.471.735
21.748.564
23.966.672
25.259.017

oOo
PARTIDO POLITICO

UNION VECINAL BARILOCHE
Em Viedma, a los 17 días del mes de abril de dos mil dos, se reúnen en Acuerdo los Sres. Jueces del Tribunal Electoral Provincial, cuya presencia certifica la Actuaria, para dictar sentencia en los autos caratulados: Unión Vecinal Bariloche s/Solicita Reconocimiento Expte. Nº 231/01 TEP, y previa discusión de la temática del pronunciamiento que corresponde dictar, lo que también certifica la Actuaria, se decide plantear y votar en el orden del sorteo practicado, la siguiente cuestión:
Es procedente acceder al reconocimiento solicitado?
El Dr. Azpeitía dijo:
Los apoderados de la agrupación Unión Vecinal Bariloche se presentan fs. 20, constituyendo domicilio legal en la sede del Tribunal y solicitando el reconocimiento como partido político municipal en los términos de lo prescripto por los Arts. 49 y cctes. de la Ley 2431. A ese fin acompañan planillas de adhesiones fs. 1 y fs. 2, y el Acta de Fundación y Constitución, la que contiene la Declaración de Principios y Bases de Acción Política, la Carta Orgánica y la designación de autoridades promotoras y apoderados fs. 3/19.Posteriormente peticionan que -luego de su reconocimientose exceptúe a la agrupación política de cumplimiento del plazo dispuesto por el Art. 127 de la Ley 2431, y se faculte a la Junta Promotora a convocar a Asamblea de afiliados a fin de elegir al candidato a Intendente, teniendo en cuenta la especial circunstancia en la que se efectúa la convocatoria a elecciones de Intendente Municipal para San Carlos de Bariloche fs.
73/74.
Por Secretaría se procedió a la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, encontrándose que se encuentran cumplimentados prima facie todos los recaudos previstos por los Arts.
49, 55 y cctes. de la Ley 2431 certificación de fs. 22, e informes de fs. 24, 25/27, 56, 77 y 91.
En oportunidad de celebrarse la Audencia prevista por el Art. 107, Inc. b de la Ley 2431, a la cual fueron convocados los apoderados de todas las agrupaciones políticas reconocidas o en trámite de conformación conf.
cédulas de fs. 93/109, con la presencia del apoderado
de la agrupación política cuyo reconocimiento se pretende, y del Sr. Fiscal, no se formularon observaciones por parte de los presentes Acta de fs. 113, en tanto el Fiscal acompañó un dictamen en el que opina que procede acceder al reconocimiento del partido Unión Vecinal Bariloche, por cuanto el mismo ha cumplido suficientemente con los requisitos legales exigidos por la normativa vigente Dictamen de fs. 110/112.
En cuanto al pedido formulado en relación a la celebración de comicios internos para la selección de un candidato a Intendente Municipal y a la exención del cumplimiento del plazo dispuesto por el Art. 127 de la Ley 2431, atento lo avanzado del cronograma electoral de San Carlos de Barilche para los comicios del 12 de mayo próximo, a la fecha, deviene extemporáneo.
Por ello, estando cumplidos los extremos requeridos por los Arts. 49, 55 y cctes. de la Ley 2431, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 107, Inc. c de la norma mencionada, propongo al Acuerdo que se haga lugar el pedido de reconocimiento como partido político a la agrupación Unión Vecinal Bariloche para actuar en el ámbito del municipio de San Carlos de Bariloche, otorgándosele personería jurídico-plítica y homologando la Carta Orgánica partidaria, cuyo texto luce a fs. 61/
71, e intimando a las autoridades promotoras y apoderados para que dentro de los sesenta 60 días de la notificación de la presente, acompañen Libros de Inventario, Cajas y Actas y Resoluciones, a los fines de su rubricación Art. 82 Ley 2431, como así también para que dentro de los noventa 90 días de notificados, convoquen y realicen las elecciones internas para constituir las autoridades definitivas del partido conforme las disposiciones de su respectiva Carta Orgánica, todo bajo apercibimiento de caducidad Arts. 49, Incs. 4 y 5, y 101 Inc. c, Ley 2431. Así voto.
El Dr. Videla dijo:
Adhiero a las fundamentaciones vertidas por el Sr.
Vocal que me precede, en el orden de votación. Es mi voto.
El Dr. Laborde Loza dijo:
Comparto el criterio del Sr. Juez de primer voto, menos en cuanto propone otorgarle personería política al partido Unión Vecinal Bariloche, puesto que mientras no dé cumplimiento a las obligaciones legales cuya observancia se le intima, no puede ejercer la
actividad que le compete como partido político Art. 24
Const. Prov., incumplimiento que, además, se conmina con la caducidad de la personería política antes de poder utilizarla Arts. 49, Inc.s 4 y 5, y 101, Inc. c, Ley 2431.
Así voto.
Por ello, El Tribunal Electoral Provincial, por mayoría RESUELVE:
PRIMERO: Hacer lugar al pedido de reconocimiento como partido político para actuar en el ámbito del municipio de San Carlos de Bariloche a la agrupación Unión Vecinal Bariloche, otorgándosele personería jurídico-política y asignándole el número 102.
SEGUNDO: Homologar la Carta Orgánica del partido Unión Vecinal Bariloche, cuyo texto luce a fs.
61/71, debiendo ser publicada por un 1 día en el Boletín Oficial, dentro de los treinta 30 días de notificados de la presente.
TERCERO: Intimar a las autoridades promotoras y apoderados, para que dentro de los sesenta 60 días de la notificación, acompañen Libros de Inventario, Caja y Actas, y Resoluciones a los fines de su rubricación y para que dentro de los noventa 90 días de notificados convoquen y realicen las elecciones internas para constituir las autoridades definitivas del partido, conforme las disposiciones de su Carta Orgánica, todo bajo apercibimiento de caducidad Arts. 49, Incs. 4 y 5, y 101, Inc. c, Ley 2431.
CUARTO: No hacer lugar al pedido de exención al Art. 127 de la Ley 2431, por extemporáneo.
QUINTO: Regístrese, protocolícese, tómese razón en el Registro de Partidos Políticos de la Secretaría Electoral Provincial Art. 87, Ley 2431, y notifíquese al apoderado interviniente, al Superior Tribunal de Justicia, a la Sra. Juez Federal con competencia electoral del Distrito Río Negro, al Sr. Ministro de Gobierno, todo con acompañamiento de copia certificada de la presente.
Oportunamente archívese.
Fernando A. Laborde Loza, Presidente Tribunal Electoral Provincial.- Gustavo Alberto Azpeitía, Juez.- Juan Pablo Videla, Juez.
Ante mí: Ana María Brunello, Secretaria Electoral.
Registrada bajo el Nº 6, y Protocolizada en el Libro de Sentencias Definitivas al Tº I, Fº 10/11 Año 2002.Secretaría Electoral.Ana María Brunello, Secretaria Electoral.

CIERRE DE EDICIONES
Se hace saber a los interesados que las ediciones de este Boletín se cierran como último término, los LUNES Y MIERCOLES
a las 12 horas para los JUEVES Y LUNES respectivamente, días éstos que son los de salida de esta publicación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/05/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha22/05/2002

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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