Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/2/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 23
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR LA QUE
SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIAYAUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE
ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-14664/21.

Visto el expediente AT-14664/21, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES DIVISIÓN ANDALUCÍA
Domicilio: Avda. de la Borbolla, 5 - 41004 SEVILLA
Lugar donde se va a establecer la instalación: Calle Ronda del Pelirón nº 5
Término municipal afectado: Jerez de la Frontera Finalidad: Mejoras
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN REDES
DIGITALES DIVISIÓN ANDALUCÍA para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Sustitución de las celdas de 15 kV, actualmente convencionales, a otras más compactas y de tecnología superior en Subestación.

Posiciones de 15 kV

Tipo: Interior blindada aislada en gas SF6.

Esquema: Doble barra.

Alcance:
20 Posiciones de Salida de línea de 15 kV, constituidas por:
- 2 Tramos tripolares de barras.
- 1 Seccionador tripolar para seccionamiento de barras de tres posiciones.
- 1 Seccionador tripolar para seccionamiento de barras.
- 1 Interruptor tripolar automático.
- 3 Transformadores de intensidad toroidales para protección.
- 1 Transformador de intensidad toroidal para medida de la corriente homopolar.
- 3 Detectores de control de presencia de tensión.

2 Posiciones de Acople transversal, constituidos por:
- 2 Tramos tripolares de barras.
- 2 Seccionadores tripolares de tres posiciones con puesta a tierra.
- 1 Interruptor tripolar automático.

2 Posiciones de Servicios auxiliares, constituidos por:
- 2 Tramos tripolares de barras.
- 1 Seccionador tripolar para tres posiciones con puesta a tierra.
- 1 Seccionador tripolar.
- 1 Interruptor tripolar automático.
- 3 Fusibles.
- 3 Detectores de control de presencia de tensión.

3 Posiciones de Batería de condensadores, constituidas por:
- 1 Tramo tripolar de barras.
- 1 Seccionador de tres posiciones con puesta a tierra.
- 1 Interruptor tripolar automático.
- 3 Transformadores de intensidad, para protección.
- 3 Detectores de control de presencia de tensión.

3 Posiciones de Transformador de potencia, constituidos por:
- 2 Tramos tripolares de barras.
- 1 Seccionador tripolar de tres posiciones con puesta a tierra.
- 1 Seccionador tripolar.
- 1 Interruptor tripolar automático.
- 3 Transformadores de intensidad, para protección.
- 3 Transformadores de tensión, para protección.

3 de febrero de 2022

- 3 Detectores de control de presencia de tensión.

2 Posiciones de Medida de barras, constituidas por:
- 1 Tramos tripolares de barras.
- 1 Seccionadores tripolares de tres posiciones con puesta a tierra.
- 3 Transformadores de tensión, para protección.

2 Posiciones de Remonte con Interruptor, constituidos por:
- 1 Tramos tripolares de barras.
- 1 Seccionadores tripolares de tres posiciones con puesta a tierra.
- 1 Interruptor tripolar automático.

2 Posiciones de Remonte sin Interruptor, constituidos por:
- 1 Tramos tripolares de barras.
- 1 Seccionadores tripolares de tres posiciones con puesta a tierra.

Posiciones de Servicios Auxiliares - 2 Transformadores 250 kVA.
- Relación de transformación: 15000/420 V.

Posición de telecontrol y protecciones
Sistema Integrado de Control y Protección compuesto por remota y sistema protectivo ampliación con nuevos equipos por cambio de tecnología de las celdas de 15 kV .

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de UN 1 MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Veintidós de octubre de dos mil veintiuno. LA DELEGADA DEL
GOBIERNO EN CÁDIZ. ANA MARÍA MESTRE GARCÍA. Firmado.
Nº 3.021


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
ANUNCIO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo y a los efectos previstos en el mismo, que con fecha 11 de enero de 2022, se resolvió inscribir en ésta Oficina Pública la constitución de la asociación denominada:

ASOCIACIÓN DE GUÍAS, INTÉRPRETES Y EMPRESAS DE GUÍAS
OFICIALES E INTERPRETES DEL PATRIMONIO AGIEGI de ámbito provincial y número de depósito 11100032. El acta de constitución y los estatutos están suscritos por: Doña Vanesa Patricia Alonso López, Doña María Inmaculada Gómez-Plana Núñez y Don Francisco Javier Fornell Fernñandez, todos ellos en calidad de promotores.

Cádiz, a 17 de enero de 2022. EL DELGADO TERRITORIAL. Fdo: Alberto Gabriel Cremades Schulz.
Nº 5.604

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/2/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha03/02/2022

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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