Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/11/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 215
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PUBLICA PARA AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN AMBIENTAL
UNIFICADA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con la LEY
7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y con el DECRETO
356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se somete a INFORMACIÓN PÚBLICA el expediente incoado en esta Delegación de Gobierno en Cádiz, con objeto de AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:
Peticionario: Parque Eólico La Curtidora, S.L.
Domicilio: C/ Severo Ochoa, 19 Parque Tecnológico de Andalucía, Málaga Emplazamiento de la instalación: Los Barrios, parcelas 28 y 29 del polígono 8
Términos municipales afectados: Los Barrios Cádiz Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología eólica
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:

Parque eólico El Patrón de 30 MW de potencia AT-14405/20

Parque eólico 5 aerogeneradores de 170 metros de diámetro de rotor, altura de buje 115 metros y 6.000
kW de potencia unitaria, tensión de generación 30 kV. Cada aerogenerador está dotado de un transformador trifásico encapsulado seco de 6.500 kVA. Los aerogeneradores irán instalados en las siguientes coordenadas:
AEROGENERADOR
1 2
3 4
5

UTM ETRS89 HUSO 30
X Y
278738
4011372
278862
4011779
278810
4012202
278711
4012624
277725
4013258

Red colectora 30 kV subterránea formada por dos circuitos con conductor tipo AL
HEPRZ1 18/30 kV de conexión entre aerogeneradores y el centro de seccionamiento.
Centro de control y almacén.
Caminos de acceso a los aerogeneradores Potencia total instalada: 30 MW.

Centro de seccionamiento Parque 30 kV interior formado por dos celdas de entrada de línea, una celda de salida de línea y trafo de SSAA de 50 kVA.

Línea de evacuación Línea de evacuación 30 kV desde el centro de seccionamiento El Patrón hasta la SET
Cerro Cabello 30/220 kV, subterránea con una longitud de 1.494 metros con conductor AL HEPRZ1 2X400 mm OCUPACIÓN DE VÍAS PECUARIAS:
Vía Pecuaria afectada Término municipal Vereda del Higuerón Los Barrios

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación de Gobierno en Cádiz, sito en Plaza Asdrúbal 6 - Edificio Junta de Andalucía - 11008 Cádiz, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de TREINTA DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de transparencia y por el mismo periodo a través del siguiente enlace: https juntadeandalucia.es/organismos/haciendayfinanciacioneuropea/
servicios/participacion/todos-documentos.html
Trece de octubre de dos mil veintiuno. LA DELEGADA DEL GOBIERNO
EN CÁDIZ. FIRMADO: ANA MARIA MESTRE GARCÍA.
Nº 99.599

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ORDEN DE LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, POR TRAMITACIÓN
URGENTE, PARA EL II PLAN DE APOYO A LOS AUTÓNOMOS Y
MICROEMPRESAS O PEQUEÑAS EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE LA
LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN.
BDNSIdentif.:592052

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto
11 de noviembre de 2021

de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/592052
ORDEN DE LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, POR TRAMITACIÓN
URGENTE, PARA EL II PLAN DE APOYO A LOS AUTÓNOMOS Y
MICROEMPRESAS O PEQUEÑAS EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE LA LÍNEA
DE LA CONCEPCIÓN.
BASE 1.- Fundamentación.
BASE 2.- Objeto y finalidad.
BASE 3.- Régimen Jurídico.
BASE 4.- Beneficiarios BASE 5.- Exclusiones.
BASE 6.- Crédito disponible y cuantía de las ayudas.
BASE 7.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
BASE 8.- Documentación a aportar.
BASE 9.- Procedimiento e instrucción de expedientes.
BASE 10.- Resolución, plazo y notificación de la resolución.
BASE 11. Obligaciones de las personas beneficiarias.
BASE 12.- Pago y justificación de la subvención.
BASE 13.- Reintegro de las subvenciones.

Modelos:
ANEXO I: SOLICITUD DE SUBVENCIÓN.
ANEXO II: SUBSANACIÓN.

BASE 1. FUNDAMENTACIÓN.

El pasado 25 de octubre de 2020 el Gobierno de la Nación aprobó el Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, con el fin de hacer frente a la tendencia ascendente del número de contagios y casos confirmados de coronavirus COVID-19, así como contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y sociosanitarios.

Posteriormente, el pasado 3 de noviembre se aprobó el Real Decreto 956/2020, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que extiende la aplicación de las medidas establecidas desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9
de mayo de 2021.

En nuestra Comunidad Autónoma, se dictó el Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, en su condición de autoridad competente delegada del Gobierno de la Nación.

De conformidad con lo establecido en el citado decreto se establecieron medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, entre ellas restringir la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía a partir de las 00:00 horas del día 30 de octubre de 2020 y hasta las 00:00 del día 9 de noviembre de 2020, salvo determinadas excepciones, y limitar la circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma de Andalucía en la franja horaria que transcurre desde las 23:00 horas hasta las 06:00
horas, a partir de las 00:00 horas del día 30 de octubre de 2020 y hasta las 00:00del día 9 de noviembre de 2020.

Llegada la fecha establecida y teniendo en cuenta la evolución de los datos epidemiológicos, se hizo preciso continuar adoptando medidas en el marco establecido por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, para hacer frente a la tasa de contagios entre la ciudadanía andaluza, y así se aprobó el Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

La Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID- 19, determina con carácter temporal y excepcional medidas específicas de contención y prevención en Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19, aplicables a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Estas medidas de prevención afectan, entre otros, a los establecimientos de hostelería, de ocio y esparcimiento, recreativos, así como a los establecimientos comerciales dado que incluyen limitaciones de aforo, de hora de cierre, incluso, limitaciones de apertura, como es el caso de los locales de ocio nocturno e instalaciones infantiles, o de desarrollo de su actividad como les ocurre a los feriantes. A ello, hay que sumarle los gastos que se han visto obligados a soportar, para la adopción de medidas preventivas de seguridad e higiene, en los establecimientos y locales de negocio.

Con posterioridad, se publica la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De conformidad con el Artículo 2. Grados de los niveles de alerta 3 y 4, se contempla las siguientes medidas: El grado 1 en los niveles de alerta 3 y 4 está asociado al establecimiento de una limitación horaria y el grado 2 del nivel 4 conlleva medidas de cierre o suspensión de actividades.

Con respecto a La Línea de la Concepción, cabe destacar la incidencia que tuvo la cepa británica por la cercanía con Gibraltar, de tal manera que en octubre La Línea de la Concepción tenía un nivel de alerta sanitaria 3 y pasa rápidamente en enero a un nivel de alerta 4 - grado 2, situación que se mantiene hasta mediados de febrero.
Esto supuso, que además del cierre perimetral, se restringiera completamente toda la actividad comercial de hostelería y de ocio.

A partir del 18 de febrero de 2021, todos los municipios de la provincia de Cádiz en nivel de alerta 4 modulada en su grado 1 durante 14 días, pasando a un nivel 3 a finales de febrero y a un nivel 2 a mediados de marzo.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/11/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha11/11/2021

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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