Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/11/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 214
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR
LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.
Expediente: AT-14503/21

Visto el expediente AT-14503/21, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: ROMERO CANDAU, S.L.
Domicilio: C/ LOS MALTESES, 6 - 11650 VILLAMARTÍN CÁDIZ
Lugar donde se va a establecer la instalación: coordenadas UTM ETRS89 HUSO
30 X: 265711 Y: 4081545
Término municipal afectado: Villamartín Finalidad: Aumento de potencia
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a ROMERO
CANDAU, S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

REFORMA DEL CT INTEMPERIE I1268 GASOLINERA DAPOIL EN
FINCA "HIGUERÓN"
- Desmontaje transformador existente 25 kVA
- Instalación Nueva maquina de transformación de 160 kVA de potencia, relación de transformación de 20 kV / 400 V.
- Instalación 3 autoválvulas.
- Instalación 3 Cut-Out.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

10 de noviembre de 2021

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de UN 1 MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Veintidós de septiembre de dos mil veintiuno. LA DELEGADA DEL
GOBIERNO EN CÁDIZ. Firmado: ANA MESTRE GARCÍA.
Nº 90.365


CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
CORRECCIÓN DE ERRORES DE ANUNCIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
ENERGÍA, POR EL QUE SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA LA SOLICITUD
DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y DE AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE REFORMA DE LA LÍNEA
INDIANO EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE PUERTO SERRANO Y
MONTELLANO EN LAS PROVINCIAS DE CÁDIZ - SEVILLA
Expte: 20210348

Advertido error material, en los anuncios publicados en el BOJA núm.
158, de 18 de agosto de 2021 PP. 2389/2021, en el BOP de Cádiz núm. 163, de 26
de agosto de 2021 y en el BOP de Sevilla núm. 198, de 27 de agosto de 2021 y a tenor del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

Se hace constar que:
Donde dice: Expte 20180472, debe decir: Expte: 20210348

Asimismo en el apartado de las características más importantes de la línea aérea, Donde dice: dos doble circuito; debe decir: uno simple circuito Donde dice: Núm. de conductores por fase: Tres AI debe decir:Núm. de conductores por fase: Uno
Donde dice: Cable de tierra: OPGW-96, debe decir: sin cable de tierra Donde dice: Núm. apoyos fin de línea: 11 debe decir: Apoyo fin de línea: apoyo 11

A trece de octubre de dos mil veintiuno. EL DIRECTOR GENERAL DE
ENERGÍA. Firmado: Manuel Larrasa Rodríguez.
Nº 91.207


DELEGACION DEL GOBIERNO EN CADIZ
ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
EN CÁDIZ, POR EL QUE SE CONVOCA AL LEVANTAMIENTO DE ACTAS
PREVIAS A LA OCUPACIÓN DE DETERMINADAS FINCAS, AFECTADAS
POR EL PROYECTO DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE EVACUACIÓN DE LA
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA PSFV PUERTO REAL II EN EL TÉRMINO
MUNICIPAL DE PUERTO REAL. Expediente AT-13722/18.

Por Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz de fecha 21/05/2021, se concede autorización administrativa y se reconoce la utilidad pública en concreto para las infraestructuras de evacuación de la instalación fotovoltaica PSFV PUERTO REAL II, en el término municipal de Puerto Real;
expediente AT-13722/18, previa la correspondiente información pública. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27
de noviembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, esta Delegación del Gobierno ha acordado convocar a los titulares de bienes y derechos afectados en el ayuntamiento donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el de las de ocupación definitiva.

Los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del impuesto de bienes inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno.

El levantamiento de actas tendrá lugar el día 20/12/2021 en el Ayuntamiento de PUERTO REAL Cádiz. El orden del levantamiento se comunicará al interesado mediante la oportuna cédula de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos del ayuntamiento señalado.

Es de significar que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/11/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha10/11/2021

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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