Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/9/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

19 de septiembre de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 180

AUTO.
En Algeciras, a diecinueve de julio de dos mil diecinueve.
PARTE DISPOSITIVA.
S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución solicitada por MARÍA ÁNGELES
RODRIGO COBIÁN , contra SOCIEDAD HISPANO BRASILEÑA PARA LA
INVERSIÓN, INDUSTRIAL Y COMERCIO S.L , por la cantidad de 1468,9 euros en concepto de principal, más la de 440 euros calculados para intereses y costas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.

El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.

Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado , prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. SRA. D . MARIA
TERESA VIDAURRETA PORRERO , JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO
DE ALGECIRAS. Doy fe.
DECRETO.
En Algeciras, a 19 de julio de 2019
PARTE DISPOSITIVA.
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, ACUERDO:
Procédase al embargo de bienes de la ejecutada SOCIEDAD HISPANO BRASILEÑA
PARA LA INVERSIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO S.L , por importe de 1468,9
euros en concepto de principal, más 440 euros presupuestados para intereses y costas a cuyo fín requiérase a la misma para que, en el plazo de DIEZ DIAS, abone dichas cantidades o manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercirtivas periódicas.

Visto el estado que ofrecen las presentes actuaciones y habiendo resultado infructuosas las gestiones realizadas por este Juzgado para la localización de bienes de la parte ejecutada sobre los que trabar embargo, dése traslado al FONDO DE
GARANTÍA SALARIAL a fin de que en el término de QUINCE DÍAS HÁBILES
inste lo que a su derecho convenga, conforme a lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y ello previo al dictado de decreto de insolvencia de dicha parte ejecutada SOCIEDAD HISPANO BRASILEÑA PARA LA INVERSION, INDUSTRIA Y COMERCIO, S.L., con CIF B-91841585 y en cuantía de 1468,9 euros del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, notificándole a a la ejecutada a través de Edictos , que se publicaran en el Boletín Oficial de la Provincia , haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, por escrito a este Juzgado, dentro del plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma D. ALEJANDRA TORRES
GUTIÉRREZ , LETRADA DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO
DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado SOCIEDAD HISPANO
BRASILEÑA PARA LA INVERSION, INDUSTRIAY COMERCIO, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN
OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a diecinueve de julio de dos mil diecinueve. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 69.163


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
CADIZ
EDICTO

D. ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE CADIZ.

Página 7

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 300/2019
a instancia de la parte actora D. MARIA ESTHER MATA PRIEGO contra SOLD
AVANZA S.L, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 10/07/19, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al ejecutado SOLD AVANZA S.L, en situación de INSOLVENCIA
TOTAL por importe de 7009,99 euros en concepto de principal, más 1,500 euros para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes
Notifíquese la presente resolución
MODO DE IMPUGNACIÓN:

Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25
euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº 1233-0000-64-0300-19 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión".

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión".

Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.

Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado SOLD AVANZA S.L, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a diez de julio de dos mil diecinueve. EL LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 69.165


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO. CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. LINO
ROMÁN PÉREZ, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE
JEREZ DE LA FRONTERA, en los autos número 1047/2017 seguidos a instancias de MUTUA UNIVERSAL - MUGENAT - MUTUA COLABORADORA CON
LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 10 contra JUAN RUA MARTIN, MARMOLES Y
GRANITOS GARYCAS SL, FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA
SEGURIDAD SOCIAL Nº 61, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, IBERMUTUAMUR MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD
SOCIAL Nº274, MAZ MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD
SOCIAL Nº11, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MC
MUTUAL MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº001, CONSTRUCCIONES ZAMBRANO SL, JOSE BURGOS SL LAPIDAS EN
JEREZ, MC SERVIMAR SL LAMINAS EN JEREZ, MARMOLES SOLER SL, MARPIGRA JEREZ SL PULIMENTOS, MARMOLES Y GRANITOS SANCHEZ
CARO SLL, MARMOLES Y GRANITOS GAR Y GAS SLL y MARMOLES JEREZ
SA sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha acordado citar a JUAN
RUA MARTIN, MARMOLES Y GRANITOS GARYCAS SL, FREMAP MUTUA
COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº61, TESORERIA GENERAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL, IBERMUTUAMUR MUTUA COLABORADORA
CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº274, MAZ MUTUA COLABORADORA CON
LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 11, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, MC MUTUAL MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD
SOCIAL Nº001, CONSTRUCCIONES ZAMBRANO SL, JOSE BURGOS SL
LAPIDAS EN JEREZ, MC SERVIMAR SL LAMINAS EN JEREZ, MARMOLES
SOLER SL, MARPIGRA JEREZ SL PULIMENTOS, MARMOLES Y GRANITOS
SANCHEZ CARO SLL, MARMOLES Y GRANITOS GAR Y GAS SLL y MARMOLES JEREZ SA como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 24 DE JUNIO DE 2020 A LAS 09:30 Y 10:00 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente, o por

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/9/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/09/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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