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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/8/2019
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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
2 de agosto de 2019
Página 5
B.O.P. DE CADIZ NUM. 147
SEGUNDO.- Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación forzosa respecto a los bienes y derechos afectados reseñados en el Anexo I de los que no consta en el expediente acuerdos de NATURGY RENOVABLES S.L.U con los propietarios.
TERCERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D Ana M. Sendino Revuelta y D. Diego Javier Gutiérrez Gutiérrez por los motivos ya aducidos.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de ALZADA ante el Exmo. Sr Viceconsejero de Hacienda, Industria y Energía, en el plazo de 1 mes, de conformidad con lo establecido en los artículo 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Notifíquese a los interesados en el procedimiento y Publíquese en BOE, BOJA y BOP, de conformidad con lo establecido en el artículo 148 del Real Decreto 1955/20000, de 1 de diciembre, así como dése traslado de la misma al Servicio periférico de la Delegación del Gobierno en Málaga y en Cádiz, a los efectos oportunos.
Veintisiete de junio de dos mil diecinueve. LA SECRETARIA GENERAL
DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS. Firmado: NATALIA GONZALEZ HEREZA.
DATOS DE LA FINCA
MUNICIPIO
PARAJE
AFECCIONES
REFERENCIA CATASTRAL USO PRINCIPAL
OCUPACIÓN TEMPORAL
ZONA DE SERVIDUMBRE ZONA DE
DE VUELO
SEGURIDAD
APOYOS
TEMPORAL TIEMPO DE
Nº ID SUP. LONGITUD SUPERFICIE SUPERFICIE
m2
OCUPACIÓNdías APOYOS m2
m m2
m2
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 1. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: VICENTE RAMÓN OLMOS BELLVER Desamparados Ferriol Lluch CASARES
PACHECO
29041A033000110000KK
Agrario Agrios regadío 01
0
0
0
0
61,35
636,07
1.347,99
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 2. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: VICENTE RAMÓN OLMOS BELLVER Desamparados Ferriol Lluch CASARES
PACHECO
29041A033000120000KR
Agrario Agrios regadío 01
400
30
2A13, A14
49,33
248,76
2.129,77
1.982,61
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 3. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: JOSÉ RUIZ PADILLA María Rosario Merchán Barroso Diego Ruiz Mena, María del Carmen Ruiz Mena, Francisca León Morales, Diego Ruiz León, Manuel Ruiz León, María José Ruiz León, Verónica del Rosario Ruiz León CASARES
CANILLAS
29041A033000150000KI
Agrario Agrios regadío 01
0
0
0
0
209,55
2.071,27
2.727,85
1.926,30
2.505,41
3.938,64
3.985,66
1.787,62
1.256,31
10.484,41
6.370,37
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 4. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: JOSÉ RUIZ PADILLA María Rosario Merchán Barroso CASARES
CANILLAS
29041A033000160000KJ
Agrario Agrios regadío 01
400
30
2A15, A16
43,23
249,9
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 5. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: JOSÉ RUIZ PADILLA María Rosario Merchán Barroso CASARES
CANILLAS
29041A033000170000KE
Agrario Labor o Labradío secano 02
400
30
1A17
10,29
399,5
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 6. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: ANA MARÍA SENDINO REVUELTA
CASARES MAJADA VIEJA 29041A033000230000KU
Agrario Labor o Labradío secano 02
400
30
1A18
12,16
126,59
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 7. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: ANA MARÍA SENDINO REVUELTA
CASARES MAJADA VIEJA 29041A033000440000KR
Agrario
400
30
2A19, A20
20,64
634,65
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 8. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: DIEGO JAVIER GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ Remedios Pérez Benítez Casilda Gutiérrez Gutiérrez CASARES MAJADA VIEJA 29041A033000250000KW
Agrario
400
30
1A21
9,47
362,06
8.399,92
3.624,22
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 9. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: DIEGO JAVIER GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ Remedios Pérez Benítez CASARES
CASA
GRANADA
29041A033000380000KM
Agrario Encinar 00
0
0
0
0
276,5
7.634,88
2.794,83
14.534,36
11.028,40
2.559,50
2.537,77
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO:10. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: DIEGO JAVIER GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
Casilda Gutiérrez Gutiérrez Diego Gutiérrez Herrera y Ana Gutiérrez Pérez CASARES
LAS
CULEBRAS
29041A033000390000KO
Agrario
400
30
4A22, A23, A24, 138,49
A25
1.105,33
Nº FINCA SEGÚN PROYECTO: 11. DATOS DEL PROPIETARIO. NOMBRE: DIEGO JAVIER GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
Casilda Gutiérrez Gutiérrez Diego Gutiérrez Herrera y Ana Gutiérrez Pérez CASARES MAJADA VIEJA 29041A031000020000KE
Agrario Matorral 02
400
30
DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Presidencia Secretaria General EDICTO
Mediante Decreto de la Presidencia de fecha 25 de julio de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Entidad Pública Empresarial TUGASA.Turismo Gaditano EPE TUGASA, se ha resuelto el nombramiento del Director General de dicho organismo, así como las facultades que se le atribuyen, del siguiente tenor literal:
Irene García Macías, Presidenta de la EPE TUGASA, en uso de las atribuciones que me están conferidas, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO
Constituida la nueva Corporación Provincial en sesión celebrada el día 27
de junio de 2019, se procedió por la Presidencia, mediante resolución de fecha 1 de julio de 2019, a la determinación de las áreas de responsabilidad política y a aprobar delegaciones generales y especiales en Diputados de la Corporación.
1A26
10,29
257,44
Nº 54.950
Con fecha 23 de julio de 2019, se dicta decreto de la Presidenta designando a José María Román Guerrero como titular de la Vicepresidencia de la Entidad Pública Empresarial TUGASA.Turismo Gaditano.
En virtud del artículo 15.1 de los Estatutos de la Entidad, corresponde a la Presidencia el nombramiento de la persona que ostente el cargo en la Dirección General, la cual deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 85 bis 1.b de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
Por todo ello y a la vista de los preceptos citados, vengo en disponer lo siguiente:
PRIMERO: Nombrar como titular de la Dirección General de la EPE
TUGASA a José María Román Guerrero, Vicepresidente de la entidad, dado que cumple con los requisitos que los Estatutos exigen para el cargo.
SEGUNDO: Corresponde al Director General el ejercicio de las siguientes facultades:
A Facultades de Gestión y Administración General:
Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Administración.
Abrir, contestar y firmar la correspondencia y llevar los Libros Comerciales con arreglo a la Ley; retirar de las oficinas, comunicaciones, cartas, certificados, despachos, paquetes giros y valores declarados; y de las Compañías Ferroviarias,