Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/8/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 20

B.O.P. DE CADIZ NUM. 147

Juzgado de lo Social, sito en ESTADIO RAMÓN DE CARRANZA-FONDO SUR- 3
PLANTA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a AERCAD INGENIERÍA AERONÁUTICA
SLU.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En CÁDIZ, a ocho de julio de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Nº 55.305


Juzgado de lo Social Nº 3
Cadiz EDICTO

D/D MARÍA DOLORES MORENO ROMERO, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3
DE CÁDIZ.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 552/2017 a instancia de la parte actora D/D. ALFONSO JESÚS BANCALERO
FLORES contra AURASER 24 SL, SANCUS SEGURIDAD, ORGANIZACIÓN
DE SISTEMAS Y SERVICIOS AUXILIARES SL -ODESSA-, TRANSPORTES
GENERALES COMES SA, SILVA BALDES & CIA, ABOGADOS, DAMATERRA
EMPRESA DE SERV., S.L., SERRAMAR VIGILANCIA Y SEG., S.L. y MERSANT
VIGILANCIA , S.L. sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCIÓN
de fecha 08/07/2019 del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR./A. D./D. MARÍA DOLORES MORENO
ROMERO.

En CÁDIZ, a ocho de julio de dos mil diecinueve
La demanda presentada por ALFONSO JESÚS BANCALERO FLORES, frente a AURASER 24 SL, SANCUS SEGURIDAD, ORGANIZACIÓN DE SISTEMAS
Y SERVICIOS AUXILIARES SL -ODESSA-, TRANSPORTES GENERALES
COMES SA, SILVA BALDES & CIA, ABOGADOS, DAMATERRA EMPRESA DE
SERV., S.L., SERRAMAR VIGILANCIA Y SEG., S.L. y MERSANT VIGILANCIA
, S.L., ha sido admitida a trámite, y habiéndose acordado dejar los autos pendientes de señalamiento, y recibido el anterior oficio por parte del Juzgado de lo mercantil nº 1 de Cádiz, acuerdo:

-Dar traslado a las demás partes y requerir a la parte actora a fin de que en el plazo de DIEZ DÍAS pueda alegar sobre la ampliación de demanda solicitada y acordada en diligencia de ordenación de fecha 04/05/2019 en relación a Sr. Francisco José Pastrana Sepúlveda y a la Sra. Teresa Pastrana Sepúlveda, a los efectos oportunos.

-Señalar el día DOS DE DICIEMBRE DE 2019 A LAS 11.00 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este juzgado sito en ESTADIO
RAMÓN DE CARRANZA-FONDO SUR- 3 PLANTA DE CÁDIZ, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Letrado/a de la Administración de Justicia un cuarto de hora antes en la Secretaría de este juzgado.

-Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Letrado/a de la Administración de Justicia en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

-Dar cuenta a SS del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de citación, notificación y requerimiento en forma.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado AURASER 24 SL, DAMATERRA EMPRESA DE SERV., S.L. y SERRAMAR VIGILANCIA Y SEG., S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CÁDIZ, a ocho de julio de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 55.312


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 174/2017 Negociado: MA. N.I.G.:

2 de agosto de 2019

1102044S20170000366. De: D/D. RICARDO GONZALEZ TORRES. Abogado:
SONIA SIERRA MARTIN. Contra: D/D. BORNAY DESSERTS SL PARQUE
TECNOLÓGICO C/ COOPERACION, 1, 11591 JEREZ, CDC DULCIMAS SL
PARQUE TECNOLÓGICO C/ COOPERACION, 1, 11591 JEREZ, QUALITY
COMERCIAL RETAIL ICE CREAM SL PS. DE LA CASTELLANA, 167, ESC. B, PLA 1, 28046 MADRID, FOGASA y SAINBERG LA IBENSE S.L. Abogado: JOSE
ANTONIO PACHECO DELGADO

D/D JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE
JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 174/2017 a instancia de la parte actora D/D. RICARDO GONZALEZ TORRES contra BORNAY DESSERTS SL PARQUE TECNOLÓGICO C/ COOPERACION, 1, 11591
JEREZ, CDC DULCIMAS SL PARQUE TECNOLÓGICO C/ COOPERACION, 1, 11591 JEREZ, QUALITY COMERCIAL RETAIL ICE CREAM SL PS. DE LA
CASTELLANA, 167, ESC. B, PLA 1, 28046 MADRID, FOGASA y SAINBERG
LA IBENSE S.L sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 08/07/19 que sucintamente dice:
SENTENCIA Nº 256/2019

En Jerez de la Frontera, a 08 de julio de 2019.

Vistos por mí, Dña. MARIA EMMA ORTEGA HERRERO, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Nº 3 de Jerez de la Frontera, los presentes autos seguidos bajo el nº 174/2017 en materia de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD en virtud de demanda interpuesta por DON RICARDO GONZALEZ TORRES, asistida por la Letrada D. Sonia Sierra Martín, frente a BORNAY DESSERTS S.L, CDC DULCIMAS S.L, QUAKITY
COMERCAIL RETAIL ICE CREAM S.L, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma, y contra SAINBERG LA IBENSE S.L, asistida por el Letrado D. José Antonio Pacheco Delgado, dicto la presente resolución conforme a los siguientes,
FALLO

QUE DESESTIMANDO la demanda interpuesta por DON RICARDO
GONZALEZ TORRES frente a SAINBERG LA IBENSE S.L, BORNAY DESSERTS
S.L, CDC DULCIMAS S.L, QUAKITY COMERCAIL RETAIL ICE CREAM S.L, debo ABSOLVER Y ABSUELVO las empresas demandadas de los pedimentos deducidos en su contra.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado en el acto de la notificación de esta sentencia, bastando para ello la manifestación en tal sentido de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, deberá acreditar en su caso, al tiempo de anunciar el recurso, haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº nº 4427000065017417 abierta en la entidad BANESTO haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De igual modo, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 € en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento.

Para la interposición del recurso la empresa, deberá acreditar haber ingresado en concepto de tasa judicial la cantidad correspondiente en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento, todo ello sin perjuicio de las exenciones legalmente previstas para recurrir.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado BORNAY DESSERTS
SL, CDC DULCIMAS SL y QUALITY COMERCIAL RETAIL ICE CREAM SL
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a nueve de julio de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado. Nº 55.331

.
.P

Asociación de la Prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ
Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
Correo electrónico: boletin@bopcadiz.org www.bopcadiz.es
.O
B

SUSCRIPCION 2019: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha02/08/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031