Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/4/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 63

Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 22.647


Juzgado de lo Social Nº 1
Cadiz EDICTO
D. ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE
CADIZ, doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 165/2017, dimanante de autos núm. 506/13, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de JUAN MANUEL IGARTUBURU VALIENTE contra COPIBAHIA DE CADIZ
SL, DAVID BETANZOS NAVARRETE, MULTIPRINT SERVICIOS DIGITALES SL, JOSE RODRIGUEZ LOJO y 88 OFIMATICA SERVICIOS TECNICOS PC PRINTER
SL, habiéndose dictado Auto de fecha 14/03/2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
S.S. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de los demandados COPIBAHIA
DE CADIZ SL, DAVID BETANZOS NAVARRETE, MULTIPRINT SERVICIOS
DIGITALES SL, JOSE RODRIGUEZ LOJO y 88 OFIMATICA SERVICIOS
TECNICOS PC PRINTER SL , en cantidad suficiente a cubrir la suma de 29.439,86 euros en concepto de principal, más la de 3.000 euros calculadas para intereses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario .
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS hábiles siguientes a su notificación, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D.. JAVIER
SANCHEZ GARCIA, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
1 DE CADIZ. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a 88 OFIMATICA SERVICIOS
TECNICOS PC PRINTER SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en CADIZ, a quince de marzo de dos mil diecisiete. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 22.649


Juzgado de lo Social Nº 8
Sevilla EDICTO
D M. DEL CARMEN PECHE RUBIO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 8
DE SEVILLA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 82/2017 a instancia de la parte actora D. JUAN GONZALEZ VALLEZ contra A.R.C.
WELDING INTERNACIONAL SL sobre Procedimiento Ordinario se han dictado RESOLUCIONES de fecha 30/01/17 Y 01/02/2017 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
- Admitir esta demanda presentada en materia de Reclamación de Cantidad, SIN PERJUICIO DE REQUERIR AL ACTOR POR QUINCE DIAS, A FIN DE QUE
APORTE COPIA SELLADA ORIGINAL DEL ACTA DEL CMAC, señalando para que tengan lugar los actos de conciliación y/o juicio sucesivamente, el primero ante la Letrada de la Administración de Justicia en la secretaria de este Juzgado, sita en la PLANTA 6 DEL EDIFICIO NOGA, AVDA. DE LA BUHAIRA Nº26 el día 23 DE
MAYO DE 2018 A LAS 09.45 HORAS, y el segundo ante la Magistrado-Juez que tendrá lugar en la SALA DE VISTAS nº 12 sita en la PLANTA 1º del mismo edificio señalado para el mismo día a las 10.00 HORAS, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer al primero de los actos señalados se le tendrá por desistido de la demanda, y a la demandada que de no efectuarlo, se celebrará el acto sin su presencia.
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que deberán concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así mismo se advierte a las partes que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la Letrada de la Administración de Justicia en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
-Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte
4 de abril de 2017

perjudiciales , y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. Art. 91,2 y 91,4
LRJS.
-Se advierte a las partes que todas las resoluciones que se dicten se notificarán en el domicilio que consta en la demanda, salvo que por aquéllas se designe al Juzgado otro a dicho efecto.
-Cítese al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, dándosele traslado de la demanda y documentos adjuntos.
-Dar cuenta a S.S de los restantes medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda, a fin de que se pronuncie sobre los mismos.
-Dar cuenta a S.S del señalamiento efectuado a los efectos del art 182
LEC.
-Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer al juicio asistida de graduado social.
Notifíquese la presente resolución a las partes MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Iltma. DIJO:
Se accede a la prueba documental privada interesada en el segundo otrosí digo, requiriendo al demandando para que la aporte dentro de los 10 días siguientes a la notificación de esta resolución, salvo imposibilidad que deberá ser debidamente acreditada, y todo ello con el objeto de permitir su examen a la parte contraria. Se advierte expresamente al demandado que, de no aportar dicha documentación en el plazo indicado, se podrán aplicar las consecuencias del artículo 94.2 de la Ley 36/2011,debiendo notificarse esta resolución a las partes.
Se accede al Interrogatorio de la empresa demandada A.R.C. WELDING
INTERNACIONAL SL en la persona de su legal representante solicitado y a tal efecto, cítese al representante legal de la demandada bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar justa causa podrá ser tenido por confeso con los hechos de la demanda, quien/
es deberá/n comparecer con todos los documentos solicitados de contrario como prueba documental, sirviendo la notificación de la presente de citación en legal forma.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN
ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado nº 4027 0000
00, abierta en Banco Santander utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el nº y año del procedimiento, indicando en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta Banco Santander 0049
3569 92 0005001274, IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social nº 8 de Sevilla, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta 4027 0000 00 más el nº y el año del procedimiento, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código 30 y Social-Reposición.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D MARIA
DOLORES MONTERO TEY, MAGISTRADA-JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 8 DE SEVILLA. Doy fe.
LA MAGISTRADA-JUEZLETRADA DE LA ADMINISTRACION DE
JUSTICIA. Firmado.
Y para que sirva de notificación al demandado A.R.C. WELDING
INTERNACIONAL SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CADIZ, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En SEVILLA, a siete de marzo de dos mil diecisiete. LA LETRADA DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 22.650


Juzgado de lo Social Nº 1
Jerez de la Frontera EDICTO
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 824/2016 Negociado: P N.I.G.:
1102044S20160002465 De: D/D. FRANCISCO JAVIER JIMENEZ GARCIA Contra:
D/D. ARIDOS MANUEL GARCIA SL y FOGASA
D/D. JOSÉ MANUEL SEOANE SEPÚLVEDA, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE JEREZ DE LA FRONTERA
HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 824/2016 se ha acordado citar a ARIDOS MANUEL GARCIA SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 3
de mayo de 2017 a las 10:30 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Av. Álvaro Domecq.
Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/4/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha04/04/2017

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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