Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 64

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Oficina de La Linea de la Concepcion ANUNCIO DE VENTA MEDIANTE GESTIÓN Y ADJUDICACIÓN
DIRECTA DE BIENES INMUEBLES
Amaro Daniel Lorenzo Gómez, Jefe de Unidad del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación de Cádiz en La Línea de la Concepción, a los efectos que se establecen en el artículo 101 del Real Decreto 939/2005 de 29 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, HAGO SABER
Habiéndose declarado desiertas las dos licitaciones celebradas el pasado 9
de marzo de 2017 para la venta en subasta pública de los bienes inmuebles propiedad del deudor Jose Luis Muñoz Castillo mediante expediente administrativo de apremio nº 115220002099, se acordó proceder a la enajenación mediante gestión y adjudicación directa del bien embargado propiedad de la citada deudora, conforme establece el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación.
En consecuencia, SE HACE PÚBLICO que se han iniciado, en esta Unidad de Recaudación, los trámites para la enajenación directa del bien mueble que a continuación se describe:
Lote número 1: vehículo Renault Kangoo D, motorización 1870 diesel, matrícula 7351BGX.Número de bastidor VF1KC0VAF24380846.
Derechos del deudor sobre el vehículo embargado: cien por cien en pleno dominio.
Valoración del 100% del pleno dominio y que servirá como tipo inicial para la subasta conforme a los criterios establecidos por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía en relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: 2.010,00 €.
Cargas y gravámenes: no existen cargas y gravámenes La adjudicación por gestión directa se regirá por las siguientes disposiciones:
Primero.- Las proposiciones económicas habrán de presentarse por escrito en sobre cerrado y lacrado con el lema "ADJUDICACIÓN DIRECTA Exp. Apremio 115220002099", haciendo constar nombre y apellidos o razón social, número de identificación fiscal, domicilio y teléfono del ofertante; habrán de depositarse en la Unidad de Recaudación de La Línea del Servicio Provincial de Recaudación, sita en C/ Real, 1 de La Línea de la Concepción. El plazo de recepción de ofertas finaliza a las 13.30 horas del día 10 de mayo de 2017.
Segundo.- Conforme determina el artículo 61 de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de la Excma. Diputación de Cádiz, el trámite de la apertura de las ofertas recibidas se realizará a través de acto público que tendrá lugar el próximo día 11 de mayo de 2.017, a partir de las 10,00 horas en Unidad de Recaudación de La Línea del Servicio Provincial de Recaudación, sita en C/ Real, 1 de La Línea de la Concepción.
Tercero.- Se adjudicarán los bienes a quien ofrezca las mejores condiciones económicas, SIN TIPO MÍNIMO, con lo que será admisible cualquier oferta recibida, evitando en lo posible que se adjudiquen bienes por precio muy inferior al fijado como tipo en la subasta.
Cuarto.- Por el Jefe de la Dependencia de Recaudación, se formulará propuesta razonada de adjudicación a la Mesa, si existiese uno o varios posibles adjudicatarios.
Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.6 del Reglamento General de Recaudación, una vez aceptada la propuesta de adjudicación, se entregará a los adjudicatarios el correspondiente acta indicando los bienes adjudicados y precio de remate a los efectos tributarios que procedan. Justificado el pago, exención o no sujeción a dichos tributos, se entregarán los bienes.
Sexto.- Si el bien no fuese adjudicado, podrá ser adjudicado al Ayuntamiento de La Línea, si así se propone por el Presidente de la Mesa al Alcalde de La Línea de la Concepción, o en quien delegue expresamente, quién acordará lo procedente.
Séptimo.- Para cualquier información, los interesados pueden dirigirse a la Unidad de Recaudación de La Línea del Servicio Provincial de Recaudación, sita en C/ Real,1 de La Línea de la Concepción, en horario de 9 a 13.30 horas, de Lunes a Viernes, bien llamando al teléfono número 956690577 o remitiendo correo electrónico:
lalinea.recaudacion@dipucadiz.es La Línea de la Concepción a 10 de marzo de 2017. EL JEFE DE LA
UNIDAD DE RECAUDACIÓN DEL SPRyGT. Fdo.: Amaro Daniel Lorenzo Gómez.
Nº 23.033


Area de Desarrollo EconOmico y Servicios a la CiudadanIa Servicio de Deportes CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DEPORTIVA
BDNSIdentif.:340392
BASES REGULADORAS DE CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE SUBVENCIONES
EN MATERIA DEPORTIVA PARA LA ANUALIDAD 2017, DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE CÁDIZ
1.- PREÁMBULO
El presente documento tiene por objeto establecer las Bases Generales y Específicas para el otorgamiento de ayudas, contempladas en el Plan Anual de Actividades del Servicio de Deportes perteneciente al Área de Desarrollo Económico y Servicios a la Ciudadanía de la Diputación Provincial de Cádiz que completan lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz, publicada
5 de abril de 2017

en el BOP número 140 de 18 de junio de 2004.
Entendiendo el deporte como práctica generalizada de actividad física, y uno de los principales destinatarios del tiempo de ocio de la ciudadanía en general realidad recogida por nuestra Constitución en el artículo 43.3: ?Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio?, cuya expansión ha sido debida a la aparición de nuevos valores en la sociedad relacionados con la salud, con el ocio activo y con la recreación; y siendo comúnmente sancionada como necesaria la intervención de las Administraciones Públicas en la promoción de la práctica deportiva, para fomentar en la ciudadanía hábitos de vida saludable, facilitar la práctica habitual de actividad físico deportiva de calidad, de manera que ésta incida favorablemente en la salud y calidad de vida de todos los ciudadanos, pues está científicamente demostrada la compleja y estrecha relación existente entre la forma de vida y el estado de salud de las personas, condicionado principalmente por la alimentación y el tipo de actividad física que se desarrolla, y así lo reconoce la Organización Mundial de la Salud. Por todo ello entendemos necesaria la convocatoria de ayudas económicas en materia deportiva, para colaborar con federaciones, clubes, asociaciones deportivas y deportistas individuales de nuestra provincia, para facilitar la participación y avance en las distintas modalidades deportivas del mayor número de personas que sea factible, fomentando en la ciudadanía hábitos de vida saludable, de manera que el deporte y la actividad físico deportiva, incidan favorablemente en la salud y calidad de vida.
El artículo 36 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que son competencias propias de la Diputación las que le atribuyan las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública. En todo caso le corresponde la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en el apartado 2 de su artículo 12 Competencias de las entidades locales dispone que ?las provincias ejercerán competencias de asistencia técnica, económica y material a los municipios que por sí o asociados ejerzan las competencias en materia de deporte de conformidad con el artículo 12.1 de esta ley y con el artículo 11 de la Ley 5/2010, de 11 de junio?.
Esta misma ley en su artículo 13 relaciones interadministrativas establece que ?las disposiciones de desarrollo de la presente ley, así como los planes o programas que se aprueben para su aplicación, determinarán las modalidades e instrumentos para la cooperación entre las administraciones públicas andaluzas en el ejercicio de sus respectivas competencias en materia de deporte, así como con las federaciones y entidades privadas respecto de aquellas actividades deportivas de interés público?.
2.- MARCO NORMATIVO
El marco normativo básico que afecta a las presentes convocatorias se encuentra constituido por:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz BOP nº 140, de 18 de junio de 2004.
Bases de Ejecución del Presupuesto 2017 aprobado en Sesión Plenaria de fecha 25
de enero de 2017.
3.- OBJETO Y CONDICIONES
3.1.- Objeto: Es objeto de las presentes Bases Generales el otorgamiento, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas económicas en materia deportiva a los colectivos para las finalidades previstas en las Bases Específicas de las siguientes convocatorias:
Convocatoria 1: SUBVENCIONES A CLUBES Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS
DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ PARA LA ORGANIZACIÓN Y/O PARTICIPACIÓN
EN COMPETICIONES DEPORTIVAS OFICIALES DE CARÁCTER FEDERADO, NO PROFESIONALES DE ÁMBITO AUTONÓMICO Y NACIONAL.
Convocatoria 2: SUBVENCIONES A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE
LA PROVINCIA DE CÁDIZ, NO PROFESIONALES, QUE PARTICIPEN EN
EVENTOS DEPORTIVOS DE CARÁCTER NACIONAL E INTERNACIONAL, INCLUIDOS DENTRO DEL CALENDARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
CORRESPONDIENTE CUYO DEPORTE SE ENCUENTRE INCLUIDO EN EL
PROGRAMA DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS Y PARALÍMPICOS.
Convocatoria 3: SUBVENCIONES A LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE
LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ANDALUZAS PARA LA ORGANIZACIÓN
DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE CARÁCTER PROMOCIONAL.
3.2.- Condiciones: las Bases Específicas de cada convocatoria regulará el importe máximo de subvención por beneficiario y línea.
La subvención otorgada puede financiar hasta el 100% del coste de la actividad subvencionada. No obstante el porcentaje de financiación definitivo vendrá determinado por la relación entre importe de la subvención concedida y el importe total de los gastos subvencionables incluidos en el presupuesto de la actividad aprobado al solicitante.
La concesión de estas subvenciones será compatible con otras subvenciones públicas o privadas concedidas para el mismo fin, siempre que la cuantía total de las ayudas no supere el 100% del coste de la actividad que se subvenciona. Serán, en todo caso, incompatibles con otras subvenciones concedidas por la Diputación Provincial de Cádiz para el mismo fin.
4.-BENEFICIARIOS. REQUISITOS
En cada Base Específica se determinarán los beneficiarios de cada una de las tres convocatorias de subvención y los requisitos exigidos.
En todo caso serán requisitos exigibles a los beneficiarios de las tres convocatorias los siguientes:
a. No hallarse incurso/a en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha05/04/2017

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones6000

Primera edición02/01/2001

Ultima edición19/04/2024

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