Boletín Oficial de la República Argentina del 05/05/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.890 1 Sección ADUANA/AÑO
MENDOZA/98
MENDOZA/98
MENDOZA/98
MENDOZA/98
MENDOZA/98
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
SAN JUAN/97
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SAN JUAN/97
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN JUAN/98
SAN LUIS/97
SAN LUIS/97

NRO.D.I.
IC05-613-C
IC05-634-F
IC05-637-X
IC05-642-E
IC05-643-F
DUA-50334/9
DUA-50345/5
DUA-50346/2
IC04-50083/8
IC04-50177/0
IC04-50187/9
IC04-50242/1
IC04-50257/5
IC04-50299/5
IC04-50312/7
IC04-50314/1
IC04-50316/5
IC04-50335-6
IC04-50343-1
IC04-50347-9
IC05-50240/7
IC05-50241/4
IC05-50272/8
IC05-50278/0
IC05-50291/9
IC04-50021/3
IC04-50022/0
IC04-50025/1
IC04-50026/8
IC04-50028/2
IC04-50034/3
IC04-50035/0
IC04-50042/8
IC04-50043/5
IC04-50057/2
IC04-50058/9
IC04-50059/6
IC04-50062/6
IC04-50063/3
IC04-50070/1
IC04-50071/8
IC04-50072/5
DUA-50011/4
TRAD:0812/0

EVI
3 3
3 3
3 3
3 3
3 3
3 3
3 3
3 3
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3 3
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3 3
3 3
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3 3
3 3
3 3
3 3
3 3
3 3

IMPOR TADOR
NANFRO , DANIEL
GIMENEZ, HECTOR
VEGA MARIO CRISTIAN
CUATZ ROSANA
IMPORTADORA KAIPEI SRL
ANA MARIA DE VILLENA
ASTEIN MARIO
VILLAREAL LIDIA HAYDEE
ASTEIN MARIO
ASTEIN MARIO
STAMPACCHIO OSVALDO
INSOLITO SRL
ALIMENTOS PACK SRL.
VALLE EDGARDO
VARELA JORGE FERNANDO
ASTEIN MARIO
ASTEIN MARIO
FINCAS DE RIO NEGRO SA.
VARELA JORGE
ASTEIN MARIO
SALEME CARLOS
SALEME CARLOS
STAMPACHIO OSVALDO
SALEME CARLOS
STAMPACHIO OSVALDO
VARELA JORGE
VILLAREAL LIDIA
DI LUCIANO VICTOR
NOVEDADES SRL
ALIMENTOS PACK SRL
ASTEIN MARIO
ASTEIN MARIO
NOVEDADES SRL
ALIMENTOS PACK SRL.
SALEME CARLOS EDUARDO
VILLAREAL LIDIA H.
VARELA JORGE FERNANDO
VILLAREAL LIDIA H.
VARELA FERNANDO JORGE
AGUILAR SERGIO
ASTEIN MARIO
ASTEIN MARIO
RODRIGUEZ, JULIO
C.MAYORISTA INTEGRAL

Martes 5 de mayo de 1998

C.U.I.T.
2013425376-3
2316673772-9
2021664166-4
2722467614-8
3069377756-5
2712069998-4
2306773963-9
2712049365-0
2306773963-9
2306773963-9
2007606359-2
3068172079-7
3062349855-3
2011761952-5
2310808144-9
2306773963-9
2306773963-9
3068164906-5
2310808144-9
2006773963-9
2012936214-7
2012936214-7
2007606359-2
2012936214-7
2007606359-2
2310808144-9
2712049365-0
2011481585-4
3068170509-7
3062349855-3
2306773963-9
2306773963-9
3068170509-7
3062349855-3
2012936214-7
2712049362-0
2310808144-9
2712049362-0
2310808144-9
2016351807-5
2306773963-9
2306773963-9
2014617321-8
3067882285-6

DESPACHANTE
ALVAREZ A.
HOLGADO A.
HOLGADO ALEJANDRA
HOLGADO, A.
HOLGADO, A.
GODOY SANCHEZ E.
GODOY SANCHEZ E.
GODOY SANCHEZ E.
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
CATAPANO JULIO
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
BARASSI RENATO
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
CATAPANO JULIO
GODOY SANCHEZ
CATAPANO JULIO
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
GODOY SANCHEZ
SEEBER CARLOS
SEEBER CARLOS

24

C.U.I.T.
2018391408-2
2718080787-5
2718080787-5
2718080787-5
2718080787-5
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2011091390-8
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2013107432-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2011091390-8
2321358130-9
2011091390-8
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2321358130-9
2007869163-9
2007869163-9
e. 5/5 Nº 225.858 v. 5/5/98

Síntesis de Estatutos Confeccionadas de conformidad con la Resolución Nº 17/91 de la Dirección General de Asociaciones Sindicales
TEXTO SINTETIZADO DEL/A FED. ARG. PROPAGANDA MEDICA
APROBADO POR RES. M.T. Y S.S. N 165/98

TEXTO SINTETIZADO DEL/A AD. E. COMERCIO S. CARLOS BARILOCHE
APROBADO POR RES. M.T. Y S.S. N 154/98

Art. 1. Con el nombre de FEDERACION ARGENTINA de AGENTES de PROPAGANDA MEDICA FAAPROME, se constituye una Federación compuesta por los sindicatos de primer grado que agrupan a los Agentes de Propaganda Médica y actividades afines con la promoción y venta de especialidades medicinales y cuya zona de actuación abarca todo el territorio de la República Argentina.

SINTESIS DE ESTATUTO RES. DNAS 01/94
ASOCIACION EMPLEADOS DE COMERCIO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
Artículo 1º DENOMINACION: La entidad gremial de primer grado que abarca la representación personal indicada en el artículo 4º, fundada el 17 de enero de 1942 e inscripta ante el Registro Nacional de Asociaciones Sindicales con el Nº 1230 por Resolución Nº 3231 del 13 de julio de 1984, se denominará ASOCIACION EMPLEADOS DE COMERCIO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE.
Artículo 2º DOMICILIO: Fíjase domicilio legal de la Institución en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, de la República Argentina, en el lugar físico que determine el Organo Directivo.
Artículo 3º ZONA DE ACTUACION: La Asociación Empleados de Comercio de San Carlos de Bariloche, ejercerá la actividad sindical en el ámbito geográfico que comprende el territorio de los siguientes departamentos: San Carlos de Bariloche; El Bolsón; Ñorquinco; Ingeniero Jacobacci;
Maquinchao; Comallo y Pilcaniyeu; de la Provincia de Río Negro.

Art. 16. La Federación será dirigida y administrada por el Consejo Directivo Nacional, el cual estará compuesto por 28 miembros elegidos por el Congreso Nacional de delegados, su mandato durará 4 cuatro años y podrán ser reelectos.
Art. 38. La Federación estará administrada por un cuerpo denominado Consejo Directivo Nacional y serán elegidos por el voto directo de los Delegados Congresales de entre sus miembros, en reunión a tal efecto, mediante las normas estipuladas en el Capítulo V de los presentes estatutos y compuestos por un total de 28 miembros.
Art. 47. El Secretario Nacional estará compuesto por 15 miembros los cuales serán elegidos por el Congreso Nacional, de entre los miembros del Consejo Directivo Nacional los cuales ocuparán los siguientes cargos:
Secretario General.
Secretario General Adjunto.

Artículo 4º REPRESENTACION: Esta Asociación asumirá la representación de todos los trabajadores no jerarquizados en todas las categorías que prestaren servicios dentro de la actividad comercial en relación de dependencia.

Secretario Gremial.

Artículo 5º FINES Y PRINCIPIOS: Será propósito de esta entidad Sindical, la defensa solidaria de los intereses de los trabajadores que agrupa, contribuyendo con su accionar gremial, cultural y social a su realización plena como ser humano, de su familia y su medio y el logro de todo cuanto conduzca a garantizar la dignidad que como trabajador merece, el mejoramiento constante de las condiciones de trabajo y la igualdad de posibilidades con justicia social.

Secretario Administrativo.

Artículo 21º La Asociación Empleados de Comercio de Bariloche, será dirigida y administrada por una comisión Directiva compuesta por 9 nueve miembros titulares, elegidos democráticamente por el voto directo y secreto de todos los afiliados en condiciones que éstos estatutos determinan.

Secretario del Interior.

Los mismos desempeñarán los siguientes cargos y funciones:
1. Secretario General.
2. Secretario Adjunto.
3. Secretario de Organización y Administración.

Secretario de Organización.
Secretario Tesorero.
Secretario Protesorero y Fiscalización.
Secretario de Acción Social, La Mujer y La Familia.
Secretario de Turismo Deportes y Recreación.
Secretario de Leyes Profesionales.
Secretario de Cultura y Capacitación.
Secretario de Relaciones Internacionales.
Secretario de Actas.
Secretario de Prensa y Propaganda.
e. 5/5 Nº 225.950 v. 5/5/98

4. Secretario de Asuntos Gremiales.
5. Secretario de Finanzas.
6. Secretario de Deportes y Acción Social.
7. Secretario de prensa Difusión y Actas.
8. Dos Vocales Titulares.

TEXTO SINTETIZADO REALIZADO DEL/A S. I. VIALES PCIALES. CHUBUT
APROBADO POR RES. M.T. Y S.S. Nº 755/97
DE LA DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO Y ZONA DE ACTUACION

Simultáneamente serán elegidos tres 3 vocales suplentes que sólo integrarán el órgano directivo en los casos de vacancia transitoria o permanente del cargo de algunos de los titulares.

Artículo 1º Llámase Sindicato de T rabajadores Viales Provinciales del Chubut
SI.TRA.VI.CH., a la asociación sindical de primer grado cuya fundación data del año 1972.

Artículo 22. El mandato de los miembros de Comisión Directiva durará 4 cuatro años, pudiendo ser reelectos.
Artículo 29. DEL SECRETARIO GENERAL: El órgano de dirección estará presidido por un Secretario General, cuyos deberes y atribuciones son:

A tal efecto, Sindicato de Trabajadores Viales del Chubut, Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del Chubut y la Sigla o nomenclatura abreviada SI.TRA.VI.CH., son denominaciones que representan y significan la misma persona jurídica en el transcurso del tiempo y corresponden al Sindicato del presente ESTATUTO.

a Ejercer la representación de la asociación a todos sus efectos. G. MADRAZO, Apoderado.
e. 5/5 Nº 225.948 v. 5/5/98

Artículo 2º El domicilio legal está constituido en el Pasaje José Puig Nº 350, de la ciudad de Rawson c.p. 9103, Provincia del Chubut - República Argentina.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/05/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/05/1998

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9336

Primera edición02/01/1989

Ultima edición15/05/2024

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