Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 184
CORDOBA, R.A. VIERNES 27 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

inferior a seis 6 puntos, computando los aplazos, considerando el total de las materias promediables que integran el plan de estudios;
b Registrar actividad académica con examen final rendido en los últimos dos 2 años contados desde la fecha del presente acuerdo de convocatoria. Es decir, registrar actividad entre el 09/09/2017 y el 09/09/2019;
c Tener aprobado al 30/11/2019 el examen de dactilografía y operador de PC en las instituciones que se indican en el Anexo A y conforme las temáticas y condiciones de aprobación detalladas en el citado anexo. Aquellos aspirantes que obtuvieron la aprobación de dicho examen en el marco de la convocatoria anterior. Ac. 1035 A del 04/12/2017, no deberán realizarlo nuevamente.
d No podrán presentarse a concursar los agentes que, al cierre de la inscripción, hubiesen sido designados en calidad de interinos o efectivos en planta permanente de los Programas 920 o 921 de este Poder Judicial.

Artículo 3.- INSCRIPCIÓN ADMISIÓN
LOS postulantes deben inscribirse a través de Internet, completando la Solicitud de Inscripción publicada en el Sitio Oficial del Poder Judicial www.
justiciacordoba.gob.ar y Portal de Aplicaciones Intranet en la sección Concurso de Cargos, cuyo modelo se incorpora y aprueba como Anexo B
del presente, desde el 01/10/2019 y hasta el 15/10/2019 a las 14.00 hs. La misma tiene carácter de declaración jurada. El formulario podrá ser completado sólo una vez por persona El aspirante podrá inscribirse para los Programas 920 y/o 921. En el primer caso podrá hacerlo hasta en tres 3 sedes judiciales; en tanto en el segundo podrá optar por todas aquellas sedes que sean de su preferencia, en ambos casos incluidos la sede Capital. Una vez realizada la inscripción digital por parte del postulante, éste no podrá hacer cambios en su elección de sedes.
Al momento de la inscripción los aspirantes deberán adjuntar digitalmente la siguiente documentación: 1 Certificado Analítico de la carrera en donde conste el Nº de Plan que cursa, materias aprobadas, fechas de exámenes y promedio general con aplazos, si tuviere, o en su defecto la leyenda no registra aplazo. El certificado referido deberá estar emitido y firmado por la autoridad académica competente con fecha de emisión correspondiente a los meses de septiembre u octubre de 2019; 2 En caso de que el postulante registre en su analítico materias aprobadas por equivalencia, deberá acompañar las constancias donde figuren la/s materia/s considerada/s para la equivalencia y la/s nota/s respectiva/s, de lo contrario se considerarán aprobadas con una nota mínima de cuatro 4 puntos para el cálculo del promedio exigido. Deberán conservar la documentación ut supra mencionada ya que la misma tendrá que ser acompañada en el momento de la compulsa que oportunamente se indique. Quedan exceptuados de adjuntar esta documentación quienes cursen estudios en las siguientes universidades: Universidad Nacional de Córdoba, Universidad Nacional de Río IV, Universidad Católica de Córdoba, Universidad Blas Pascal y Universidad Empresarial Siglo 21; ya que la información correspondiente a su promedio con aplazos, nivel de avance académico, plan de estudios y última fecha de examen será suministrará por cada una de las mencionadas casas de estudios. Al inscribirse a la presente convocatoria el aspirante presta su conformidad al suministro de la información académica relevante por parte de las instituciones respectivas.
La admisión del aspirante se realizará únicamente conforme las constancias adjuntadas digitalmente o de acuerdo a lo informado por las universidades mencionadas al momento de cierre de inscripción. No serán admitidos quienes no adjunten en tiempo y forma la documentación requerida, o si de las constancias adjuntadas al momento de la inscripción no surgen los datos necesarios para analizar la admisión. Tampoco serán BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

viene de tapa
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 580 Pág. 9
Resolución N 579 Pág. 10
Resolución N 578 Pág. 10
Resolución N 577 Pág. 11
Resolución N 573 Pág. 11
Resolución N 572 Pág. 11
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución General N 62 Pág. 12
Resolución General N 61 Pág. 14
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Cronograma de pagos Pág. 19

admitidos aquellos estudiantes cuya información académica remitida por las Universidades no cumpla con alguno de los requisitos de la presente convocatoria. .
La publicación de los aspirantes admitidos se realizará una vez que las instituciones del Anexo A informen a este Poder Judicial la lista de aspirantes que aprobaron hasta el 30/11/2019 el examen de dactilografía y operador de PC requerido.
El aspirante reconoce desde el primer momento de su inscripción un fuerte compromiso con el Poder Judicial de Córdoba y, posicionado en el orden de mérito, asume las obligaciones, derechos e implicancias que la Institución establezca en la reglamentación respectiva para el período previo al ingreso.
Exhibición de documentación original: cuando oportunamente lo disponga el Área de Recursos Humanos, los concursantes que hayan adjuntado digitalmente la documentación al momento de la inscripción deberán presentar los originales para su compulsa. Esto se hará según cronograma lugar, fecha y horario que se publicará en el Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet www.justiciacordoba.gob.ar y Portal de Aplicaciones intranet. El postulante será excluido si no presenta toda la documentación requerida en el lugar, día y horario que se le asigne o si las constancias presentadas no coincidieran con los adjuntados digitalmente para el análisis de su admisión. La fecha que se establezca para que cada aspirante presente su documentación no podrá ser adelantada o pospuesta por inconvenientes personales, laborales o académicos.
Si en alguna etapa del concurso, se detecta que un aspirante no cumple con los requisitos previstos en el Art. 2 del presente acuerdo, el mismo quedará automáticamente excluido.
Artículo 5.- PRUEBA DE OPOSICIÓN.
LOS postulantes que resulten admitidos deben completar y rendir el EXAMEN DE CONOCIMIENTO JURÍDICO cuyo temario y material de estudio de conocimiento obligatorio será publicado oportunamente.
El examen será estructurado mediante una prueba de opción múltiple, cuya metodología se explica en el Anexo C de este acuerdo.
El examen será de carácter eliminatorio. El puntaje máximo establecido para la prueba será de sesenta puntos 60. Se exigirá para su aprobación un mínimo del sesenta por ciento 60%. La duración del examen será de cuatro 4 horas reloj.
Durante el examen, no se permitirá el uso de textos de consulta. Toda situación que se suscite quedará a consideración del Tribunal Examinador correspondiente, con las previsiones establecidas en el Art. 13 del presente.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha27/09/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones4137

Primera edición01/02/2006

Ultima edición11/05/2024

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