Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/09/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MARTES 3 DE SETIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 166
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

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a SECCION

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y DOS - SERIE A. - En la ciudad de Córdoba, a veintiún días del mes de Agosto del año dos mil diecinueve, bajo la Presidencia de su titular, Dra.
María Marta CÁCERES de BOLLATI, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aida Lucia Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la intervención de los Sres. Fiscales Adjuntos de la Provincia, Dres. Héctor Rene DAVID y José Antonio GOMEZ DEMMEL y la asistencia del Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: Que este Tribunal Superior de Justicia, la Federación de Colegios de Abogados de Córdoba y el Colegio de Abogados de la ciudad de Córdoba, comparten el compromiso de mejorar los servicios a los justiciables, mediante la agilización en la tramitación de causas con el uso de las nuevas tecnologías disponibles y los convenios firmados con ambas instituciones, tendiente al logro del mencionado objetivo.
Y CONSIDERANDO: I. Que el artículo 14 de la Ley N 10.177, faculta a este Tribunal Superior de Justicia, a reglamentar el uso del expediente electrónico y la firma electrónica y/o digital, así como disponer su gradual implementación.
II. Que el Área de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones informa que las actuales condiciones alcanzadas, permiten instrumentar el inicio de actividades para la ejecución del Plan de Despliegue del expediente judicial electrónico en toda la provincia en un plazo aproximado de doce 12 meses.
III. Que, en el marco del proceso continuo de mejora en el funcionamiento del servicio de administración de justicia, el Poder Judicial de Córdoba viene realizando de manera sistemática y progresiva, un incremento de las funcionalidades internas y externas del SAC para optimizar el sistema de gestión y la tramitación remota de las causas judiciales por parte de los abogados y otros auxiliares de justicia.
IV. Que la digitalización de datos, documentos y procedimientos, así como la instauración de las firmas digital y electrónica, cuya validez jurídica encuentra sustento en las Leyes Nacionales Nº 25.506 Reglamentada mediante Decreto N 182/2019, del Poder Ejecutivo Nacional del 11-03-2019
BO 12/03/2019, y N 26.685, y Leyes Provinciales Nº 9.401 y N 10.177, constituyen la infraestructura tecnológica necesaria para alcanzar los objetivos de facilitar el acceso de los ciudadanos a la información y servicios públicos, en forma segura a través de internet, así como procurar la gradual despapelización y mayor eficiencia del Estado en la gestión de sus recursos y la prestación de sus servicios.
V. Las reuniones de trabajo colaborativo por parte de abogados del Colegio de Córdoba, y de la Fe.Ca.Cor. con Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, en las que se debatieron los términos del Reglamento General y se receptaron significativos aportes, muchos de los cuales fueron incorporaron a la reglamentación.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1582 - Serie A Pág. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 795 Pág. 3
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE EMPLEO
Resolución N 696 Pág. 4
Resolución N 686 Pág. 4
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 1056 Pág. 5
Resolución N 1051 Pág. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N 20 Pág. 6
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 63 - Letra:C Pág. 7
Resolución N 64 - Letra:C Pág. 8
Resolución N 65 - Letra:C Pág. 8
Resolución N 66 - Letra:C Pág. 8
Resolución N 67 - Letra:C Pág. 9
Resolución N 68 - Letra:C Pág. 9
Resolución N 69 - Letra:C Pág. 10
Resolución N 71 - Letra:C Pág. 10
Resolución N 72 - Letra:C Pág. 10
Resolución N 73 - Letra:C Pág. 11

VI. Que el avanzado grado de desarrollo del proceso de tramitación electrónica del expediente judicial alcanzado en la gestión de las causas que se tramitan ante los Juzgados de Ejecuciones Fiscales de la ciudad de Córdoba; y los resultados satisfactorios obtenidos desde el 12 de junio de dos mil dieciocho, fecha de implementación del Acuerdo Reglamentario 1498 06/06/2018, con la puesta en marcha de la tramitación electrónica para causas que se promueven ante la Secretaría de Gestión Común de los Juzgados de Procesos de Cobros Particulares de esta Ciudad; y las implementaciones de tramitación electrónica para los Centros Judiciales de Mediación de Córdoba y Río Cuarto, ameritan extender de manera gradual, la gestión íntegramente electrónica del expediente judicial en el ámbito de todas las dependencias jurisdiccionales de todos los fueros y todas las sedes de la provincia.
VII. Que el expediente electrónico satisface el requerimiento de escritura artículo 6 de la Ley Nacional Nº 25.506 y Decreto Reglamentario y posee idéntica validez jurídica que sus equivalentes convencionales artículo 13
de la Ley Provincial Nº 10.177 y se conformará con: los documentos electrónicos y/o digitales firmados digitalmente por magistrados y funcionarios judiciales, los documentos electrónicos y/o digitales firmados electrónicamente y/o digitalmente por abogados del foro local en la medida en que
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/09/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/09/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4124

Primera edición01/02/2006

Ultima edición25/04/2024

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