Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/09/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MARTES 24 DE SETIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 181
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

1

a SECCION

Resolución N 4

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Resolución N 4 Pág. 1
Resolución N 3 Pág. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1104 Pág. 2

Córdoba, 23 de Septiembre de 2019.Y VISTO: La aplicación de nuevas tecnologías de trabajo, que contribuyen a hacer más eficiente el funcionamiento del Poder Judicial puesto de manifiesto en el Acuerdo Reglamentario N 1582- SERIE A de fecha 21 de agosto de 2019 por la cual el Tribunal Superior de Justicia resolvió aprobar el plan tendiente a la tramitación íntegramente electrónica de los expedientes judiciales.

CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Resolución N 251 - Letra:F Pág. 3
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 1134 Pág. 3
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 563 Pág. 4
Resolución N 561 Pág. 4

continua en pagina 2

Y CONSIDERANDO:
I. Que el artículo 9 del Acuerdo Reglamentario N 1582- SERIE A de fecha 21 de agosto de 2019 faculta a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia con el asesoramiento del Consejo de Coordinación SAC y del Área TIC de la Administración General del Poder Judicial, a dictar las normas generales y obligatorias que aprueben entre otras situacioneslos cronogramas de avance del plan de despliegue.
II. En el mencionado acuerdo se dispuso que la ejecución se efectuara de manera gradual, para toda la provincia por un plazo inicial no mayor a doce 12 meses y en forma paralela para Capital y las demás sedes del interior provincial.
III. Dentro del contexto reseñado corresponde establecer que primeramente se dará inicio en los fueros Civil, Comercial, Conciliación, Laboral, Familia, Contencioso Administrativo y Electoral en todas sus instancias, de acuerdo al cronograma que a continuación se detalla: Sedes de Laboulaye y San Francisco el 30 de septiembre de 2019. Juzgados de Conciliación de Capital el 1 de octubre de 2019. Sedes de Villa Dolores y Río Segundo el 15 de octubre de 2019.
Sede de Arroyito, Juzgados Civiles de Capital y Cámaras Contencioso Administrativo de Capital, el 21 de octubre de 2019. Por lo expuesto, normas legales señadas, y la facultad que surge de los arts.12 y 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435;

Resolución N 3

LA SEÑORA PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer el cambio de modalidad de inicio y posterior tramitación electrónica de las causas judiciales nuevas que se inicien en los fueros Civil, Comercial, Conciliación, Laboral, Familia, Contencioso Administrativo o Electoral en los lugares y fechas que figuran a continuación:
Sedes de Laboulaye y San Francisco, el 30 de septiembre de 2019. Juzgados de Conciliación de Capital, el 1 de Octubre de 2019. Sedes de Villa Dolores y Río Segundo, el 15 de octubre de 2019. Sede de Arroyito, Juzgados Civiles de Capital y Cámaras Contencioso Administrativo de Capital, el 21
de octubre de 2019.
Artículo 2.- PROTOCOLICESE en un registro especial. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Incorpórese en la página Web del Poder Judicial. Comuníquese a los Tribunales involucrados y al Colegio de Abogados. Dese la más amplia difusión.
Firmado: Dra. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Córdoba, 23 de Septiembre de 2019.-

agosto de 2019, por el cual el Tribunal Superior de Justicia resolvió aprobar el plan tendiente a la tramitación íntegramente electrónica de los expedientes judiciales.

Y VISTO: La aplicación de nuevas tecnologías de trabajo que contribuyen a hacer más eficiente el funcionamiento del Poder Judicial puesto de manifiesto en el Acuerdo Reglamentario N 1582- Serie A de fecha 21 de
Y CONSIDERANDO:

I. Que el artículo 9 del Acuerdo Reglamentario N 1582- Serie A de fecha 21 de agosto de 2019, faculta a la Presidencia del Tribunal Superior
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/09/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha24/09/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4126

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/04/2024

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