Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 39
CORDOBA, R.A. LUNES 25 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

se estima adecuado que la misma se efectúe personalmente ante el Tribunal Electoral Provincial sito en calle Caseros 684 de la ciudad de Córdoba o ante la Delegación de Administración del Poder Judicial más próxima al domicilio del solicitante mediante la suscripción -en ambos casosde un formulario especialmente diseñado a tal fin y con la documentación exigida por la ley, ante personal habilitado. Las solicitudes presentadas ante las Delegaciones de Administración del interior de la Provincia, deberán remitirse, junto con la documentación pertinente, en un plazo máximo de cinco 5 días hábiles de recibidas.
VII. Que en los casos en que la solicitud se efectúe a través de carta certificada la misma deberá contener toda la información requerida en el formulario mencionado y se deberá adjuntar la documentación exigida por la ley art. 23
ley 9571.
VIII. Que atento el carácter voluntario de la inscripción y a los fines de facilitar el procedimiento y con ello promover una mayor participación, se estima conveniente habilitar la posibilidad de que la inscripción se efectúe vía internet a través del link habilitado al efecto, a saber: https www.justiciacordoba.gob.ar/
jelaristonweb/extranjeros/registro.aspx debiéndose adjuntar la documentación exigida por la ley.
IX. Que conforme los plazos establecidos en el cronograma electoral para las elecciones del presente año Resolución Nº 1 de fecha 4/2/2019 resulta oportuno fijar como fecha máxima para recibir solicitudes de inscripción en el Registro de Electores Extranjeros el día 28 de febrero del corriente año a las 20
hs..

X. Por lo expuesto, normas legales citadas y las atribuciones conferidas por las Leyes Provinciales 9571 y 9840 el Tribunal Electoral de la Provincia
bunal Electoral donde se consignen la totalidad de los datos requeridos en el formulario de solicitud de inscripción acompañando copia autenticada , de la parte pertinente del documento de identidad Ley Nº 25.871 en donde consten los datos que requiere el art. 23 de la Ley 9571 y modif.

c Mediante inscripción vía internet a través del link habilitado al efecto https www.justiciacordoba.gob.ar/jelaristonweb/extranjeros/registro.aspx, debiéndose adjuntar la documentación exigida por la ley; debiendo adjuntarse copia de la parte pertinente del documento de identidad Ley Nº 25.871 en donde consten los datos que requiere el art. 23 de la Ley 9571 y modif.

III. Los electores extranjeros inscriptos podrán solicitar su baja del Registro respectivo a través de los medios antes mencionados. En los casos en que dicha solicitud se efectúe personalmente o por carta certificada con aviso de recepción la misma se realizará mediante la suscripción del formulario especialmente diseñado a tal fin formulario de solicitud de baja de inscripción que podrá ser obtenido en dichas sedes o bien a través del sitio web oficial del Fuero Electoral del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba acompañando copia autenticada de la parte pertinente del documento de identidad Ley Nº 25.871
en donde consten los datos que requiere el art. 23 de la Ley 9571 y modif.
IV. Impleméntense las medidas que resulten pertinentes a los fines de dar adecuada difusión al presente.
PROTOCOLICESE, HAGASE SABER Y DESE COPIA.
FDO. DRES. MARTA E. VIDAL, JUEZ. JORGE J. NAMUR Y LEONARDO C. GONZALEZ
ZAMAR, VOCALES. MARIA J. PAEZ MOLINA DE GIL, SECRETARIA.-

RESUELVE:

1 día - Nº 196262 - s/c - 25/02/2019 - BOE

I. Establecer como fecha límite para solicitar voluntariamente la inscripción en el Registro de Electores Extranjeros Cf. Art. 19 y ss. Ley 9571 y modif. el día 28 de febrero del corriente año 20 hs..
II. La solicitud de inscripción y el reporte de novedades deberá efectuarse a través de los siguientes medios:

a Personalmente ante el Tribunal Electoral Provincial Capital o ante la Delegación de Administración del Poder Judicial más próxima al domicilio del solicitante, en ambos casos mediante la suscripción del formulario especialmente diseñado a tal fin formulario de solicitud de inscripción que podrá ser obtenido en dichas sedes o bien a través del sitio web oficial del Fuero Electoral del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. En dicha oportunidad el solicitante deberá acreditar la edad mínima de dieciséis 16 años mediante la presentación del documento con el que han sido admitidos en tal carácter Ley Nacional Nº 25.871 y acompañar fotocopia de las partes pertinentes donde conste el carácter permanente de la residencia en el país art. 23 Ley 9571 y modif..

b Mediante carta certificada con aviso de recepción remitida al Tri-

MINISTERIO DE GOBIERNO
FE DE ERRATAS

En la Edición del BO del día 12/10/2017, primera sección, pags. 1, en Legislación y Normativas, se ha detectado error material involuntario en el Anexo Único adjunto a la Resolución N 04/2017, emitida por la Subsecretaría de Gestión Administrativa de este Ministerio y que figura como Link en la publicación. En este sentido donde dice: 591963013117
- Martínez Melisa Belén 27-35963186-9 - Debe decir: 591963013117 Ramacciotti Cartia Yesica Tatiana 27-35963186-9. Quedando salvado de esta manera dicho error. Fdo: Prof. Patricia Viviana Sacramento
Jefe de Area Despacho del Ministerio de Gobierno.
5 días - Nº 195788 - s/c - 26/02/2019 - BOE

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha25/02/2019

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4135

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/05/2024

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