Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/02/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
VIERNES 15 DE FEBRERO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 33
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 123
Córdoba, 8 de febrero de 2019
VISTO:el Expediente N 0722-141410/2018, del registro de la Dirección General de Educación Primaria dependiente del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación del contrato de comodato celebrado entre la Dirección General de Educación Primaria dependiente del Ministerio de Educación, en carácter de comodante, y el señorAldo Rubén ROSSO, en carácter de comodatario, en relación al inmueble donde funcionaba la Escuela de Nivel Primario Cornelio Saavedra ubicado en zona rural paraje Arroyo de Álvarez N 1, Departamento , Río Segundo, de ésta Provincia de Córdoba.
Que por el referido contrato, el comodante cede en calidad de préstamo de uso el inmueble ut supra referenciado para ser destinado a vivienda particular del comodatario, en virtud de que el servicio educativo que funcionaba en el mismo, fue suspendido provisoriamente mediante Resolución N 391/2011.
Que obra solicitud efectuada por el señor Rosso, adjuntando documentación personal pertinente.
Que luce informe que da cuenta que el inmueble se encuentra deshabitado, en razón de que el anterior comodatario hizo entrega de las llaves del mismo ante la autoridad competente, concluyendo así la relación contractual.
Que se incorpora el contrato de comodato de marras, rubricado por la señora Directora General de Educación Primaria y por el referenciado comodatario, con fecha 11 de julio de 2018, con vigencia hasta el 10 de julio de 2028, surgiendo del mismo los derechos y obligaciones que asumen las partes,las que se condicen con las modalidades habituales de contratación en la especie, encuadrando en las disposiciones de los artículos 1533, 1539 y 1541, correlativos y concordantes, del Código Civil y Comercial de la Nación.

Que no obstante lo ut supra relacionado, cabe observar en lo que refiere ala primera parte de la cláusula novena, corresponde establecer que el pago del ciento por ciento 100% de los impuestos, tasas, cargas u otras contribuciones de cualquier naturaleza, carácter o jurisdicción, aún las extraordinarias o que se establezcan en el futuro, que se refieran al inmueble o porción cedida en comodato, son a cargo del comodatario.
Que procede en la instancia convalidar lo actuado por el Ministerio de Educación y, aprobar el contrato de comodato de referencia, conforme se gestiona, modificándosedel mismo la citada parte de la cláusula novena.

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Jefatura de Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N2368/2018, por Fiscalía de Estado bajo el N 46/2019 y en uso de facultades conferidas por el artículo 144, inciso 1 de la Constitución Provincial;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 123 Pag. 1
Decreto N 51 Pag. 2
Decreto N 104 Pag. 3
Decreto N 2057 Pag. 3
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1549 - SERIE A Pag. 4
Acuerdo Reglamentario Nº 1547 - SERIE A Pag. 5
Acuerdo Nº 35 - SERIE A Pag. 5
JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ
Acuerdo Nº 127/2018 Pag. 6
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Resolución N 6 - Letra:F Pag. 6

continua en pagina 2

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- CONVALÍDASE lo actuado por el Ministerio de Educación en relación al uso del inmueble de propiedad de la Provincia de Córdoba, ubicado zona rural paraje Arroyo de Álvarez N 1, Departamento Río Segundo,donde funcionaba la Escuela de Nivel Primario Cornelio Saavedra por parte delseñorAldo Rubén ROSSO, D.N.I. N 16.634.384, desde , el día 11 de julio de 2018 hasta la fecha del presente instrumento legal, y APRUÉBASE el contrato de comodato suscripto entre la Dirección General de Educación Primaria,dependiente del Ministerio de Educación, en representación del Gobierno Provincial y el citado señor ROSSO, a partir de la presente fecha y hasta el día 10 de julio de 2028, en relación al inmueble ut supra descripto,el que como Anexo I compuesto de una 1 foja útil, se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto, con excepción de lo dispuesto en la primera parte de su Cláusula Novena, la que deberá modificarse estableciendo que será a cargo del comodatario el pago del ciento por ciento 100% de los impuestos, tasas, cargas u otras contribuciones de cualquier naturaleza, carácter o jurisdicción, aún las extraordinarias, así como aquéllos que se establezcan en el futuro, que se refieran al inmueble o porción cedida en comodato.
Artículo 2.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

ANEXO:

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/02/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha15/02/2019

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones4122

Primera edición01/02/2006

Ultima edición23/04/2024

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