Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 20/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 065 mércores, 20 de marzo de 2019

BOP de Lugo
Presidente: funcionario de carrera o personal laboral fijo perteneciente al grupo de clasificación profesional de titulación igual o superior al exigido para el acceso al puesto ofertado Secretario: El de la Corporación, que actuará con voz y sin voto, o funcionario en quien delegue.
Vocal: funcionario de carrera o personal laboral fijo perteneciente al grupo de clasificación profesional de titulación igual o superior al exigido para el acceso al puesto ofertado Vocal: funcionario de carrera o personal laboral fijo perteneciente al grupo de clasificación profesional de titulación igual o superior al exigido para el acceso al puesto ofertado Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
En este contexto, se podrán negociar las formas de colaboración que, en el marco de los convenios colectivos, fijen la actuación de las Organizaciones Sindicales en el desarrollo de los procesos selectivos de personal laboral.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

SÉPTIMO. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
Vista la naturaleza de los puestos ofertados, es requisito imprescindible que la formación y experiencia tengan que ajustarse al conocimiento del servicio de ayuda a domicilio, para así, atender y dar una mayor eficiencia del servicio.
Méritos computables: Los establecidos en el REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL Y BOLSA DE TRABAJO
DEL AYUNTAMIENTO DE PALAS DE REI publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo Boletín Número 087, de 17/04/2006
a Méritos Profesionales -Por mes trabajado o fracción superior a quince días en la Administración Pública en igual puesto o similar: 0,10
puntos -Por mes trabajado o fracción superior a quince días en empresa pública o privada, cuando sean por cuenta ajena, en igual puesto o similar: 0,05 puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos Este apartado no puede superar los 6 puntos
b Formación extraacadémica recibida.
Se considerará en este apartado la asistencia a cursos, seminarios, congresos, jornadas o similar impartidos por organismos públicos y/o oficiales, y organismos privados, relacionada con el puesto a desempeñar, valorándose mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Centros de Formación Públicos: Nº horas X 0,005 puntos.
Centros de Formación Privados: Nº horas X 0,002 puntos.
Se aplicará la fórmula de valoración a aquellos cursos de una duración inferior o igual, nunca superior a 250
horas, es decir, lo máximo establecido en la duración de un curso para su cómputo es de 250 horas.
b Formación extraacadémica impartida.
La puntuación en este apartado no podrá exceder de 2,5 puntos.
Se considerarán en este apartado los cursos, las conferencias, los seminarios, las comunicaciones a congresos, las ponencias, etc. organizados por organismos públicos y las publicaciones.
Por cada hora de curso: 0,05 puntos.
Por conferencia o ponencia en cursos, seminarios o jornadas: 0,15 puntos.

Anuncio publicado en: Num BOP 65 año 2019 18/03/2019 13:38:42
20/03/2019 08:00:00

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 20/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaísEspaña

Fecha20/03/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3289

Primera edición01/03/2013

Ultima edición29/04/2024

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