Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/11/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

3 de noviembre de 2021

B.O.P. DE CADIZ NUM. 209

Términos municipales afectados: Setenil de las Bodegas Cádiz Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:

Planta Solar ISTURGI de 48,98 MWp de potencia AT-14386/20

Generador Fotovoltaico Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor con tres filas en vertical de 18 módulos y un solo eje horizontal orientado dirección N-S.
136.782 módulos fotovoltaicos de los cuales 125.000 son de 365 Wp y 11.782 de 370
Wp de potencia máxima, distribuidos en serie y paralelo de módulos dirigidos hacia 7 estaciones inversoras, 6 estaciones doble de 3.510 kVA y 1 simple de 3.510 kVA, la potencia resultante será limitada en el PPC a la máxima que la planta podrá exportar hacia la red de transporte 45 MW.

Centros de Potencia:
7 estaciones inversoras, 6 estaciones doble de 3.510 kVA y 1 simple de 3.510 kVA, la potencia resultante será limitada en el PPC a la máxima que la planta podrá exportar hacia la red de transporte 45 MW formado por transformador y protecciones.
208 cajas de conexión en paralelo
Red de Media Tensión 3 circuitos subterráneos de Media Tensión en anillo de conductores 30 kV de entre 240 y 630 mm2 que unen los Centros de Potencia.

Red de Media Tensión desde Centros de Potencia hasta SET Danae de 30/220 Kv TRAMO SUBTERRÁNEO
Longitud total: 444,53 m LMT1
Origen:
SKID-02
Final:
SET Danae Subterráneo Tipo de cable:
RHZ1 3x2x630 mm2 Al 18/30 kV
LMT2
Origen:
SKID-05
Final:
SET Danae Subterráneo Tipo de cable:
RHZ1 3x2x630 mm2 Al 18/30 kV
LMT3
Origen:
SKID-03
Final:
SET Danae Subterráneo Tipo de cable:
RHZ1 3x2x630 mm2 Al 18/30 kV
OCUPACIÓN DE VÍAS PECUARIAS:
Vías Pecuarias afectadas
Término municipal
Vereda de Alcalá del Valle a Algodonales
Setenil de las Bodegas
Vereda del Camino de Sevilla y del Quejigal
Setenil de las Bodegas
Vereda del Camino de Algodonales
Setenil de las Bodegas

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación de Gobierno en Cádiz, sito en Plaza Asdrúbal 6 - Edificio Junta de Andalucía - 11008 Cádiz, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de TREINTA DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de transparencia y por el mismo periodo a través del siguiente enlace:

https juntadeandalucia.es/organismos/haciendayfinanciacioneuropea/
servicios/participacion/todos-documentos.html
Ocho de octubre de dos mil veintiuno. LA DELEGADA DEL GOBIERNO
EN CÁDIZ, Firmado: ANA MESTRE GARCÍA.
Nº 90.017


CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR
LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.
Expediente: AT-14023/19

Visto el expediente AT-14023/19, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: ALYA SOLAR, S.L.
Domicilio: Avda. de los Naranjos, N.33, Planta Baja C.P. 46011 - Valencia Emplazamiento de la instalación: Pol. 23 Parc. 21-23-24-25-55 y Pol. 24 Parc. 1
Términos municipales afectados: Alcalá de los Gazules Cádiz Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica
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Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía;
el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

SEGUNDO.- La Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en su artículo 12.4, según la redacción dada al mismo por la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, indica que, la Consejería competente en materia de energía establecerá, por resolución, el importe de la garantía necesaria para la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y su entorno inmediato, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52.5
de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE

PRIMERO.- CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a ALYA
SOLAR, S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
Planta Solar ALYA SOLAR de 49,93 MWp de potencia AT-14023/19

Generador Fotovoltaico Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor monofila con 1
módulo en vertical.
93.327 módulos fotovoltaicos de 535 Wp de potencia máxima.
222 inversores de 215 kVA de potencia máxima, tarados para dar una potencia máxima de 41 MVA
8 centros de transformación 08/30 kV de 6.500 kVA 7 y 3.250 kVA 1 de potencia.

Red de Media Tensión 3 circuitos subterráneos de Media Tensión en anillo de conductores 30 kV de entre 150 y 240 mm2 que unen los Centros de Potencia.

Subestación Transformadora de 30/220 kV, denominada ALYA SOLAR
Parque de 220 kV: Intemperie, simple barra, 1 posición de línea, 1 posición de transformador Transformador 30/220 kV de 66 MVA
Parque de 30 kV: Cabinas tipo interior blindadas en gas SF6, simple barra, 2 posiciones de acometida de transformador, 5 posiciones de línea, 1 posiciones de medida y 1
posición de transformador de servicios auxiliares Sistema de control y protección, y puesta a tierra Sistema de medida y comunicaciones
Línea soterrada de 220 kV hasta el centro de Seccionamiento SUBESTACIÓN ÁLAMO
Tipo:
Tensión:
Longitud:
Tipo Conductor:
Número de circuitos:
Número de cables:

Línea eléctrica trifásica subterránea.
220 KV
1,06 Km 3x1x1000 mm2 XLPE/HDPE 127/220 KV.
1 3

SEGUNDO.- Considerar suficiente el presupuesto del proyecto de desmantelamiento de la planta solar PSFV ALYA presentado, fijándose los costes de desmantelamiento y restitución de los terrenos en la cuantía de DOSCIENTOS
NOVENTAY NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE EUROS 299.429,00
€, al objeto de establecer el importe de la garantía exigible a la empresa ALYA SOLAR, S.L., que deberá constituirse ante el ayuntamiento de Alcalá de los Gazules.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/11/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha03/11/2021

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6013

Primera edición02/01/2001

Ultima edición09/05/2024

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