Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/10/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 203

sentido de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, deberá acreditar en su caso, al tiempo de anunciar el recurso, haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 44270000650103019 abierta en la entidad SANTANDER haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De igual modo, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 € en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento.

Para la interposición del recurso la empresa, deberá acreditar haber ingresado en concepto de tasa judicial la cantidad correspondiente, con indicación igualmente del número de procedimiento, todo ello sin perjuicio de las exenciones legalmente previstas para recurrir.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez a los efectos de este procedimiento, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado TIERRAPLEX, S.L.
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a uno de octubre de dos mil veinte. EL/
LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 58.938


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 221/2017 a instancia de la parte actora D RAMON ALEJANDRO GONZALEZ REY contra SERVICIOS MARITIMOS AL CONSIGNATARIO DE BARCELONA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 29-7-2020 del tenor literal siguiente:

El letrada colegiada D MARIA LUISA JAEN LOBATO, en nombre y representación de RAMON ALEJANDRO GONZALEZ REY, ha presentado en tiempo escrito de formalización del recurso de suplicación y acuerdo:

-Formar pieza separada con referido escrito.

- Dar traslado a la parte contraria para su impugnación en el término de CINCO DIAS, si así le conviene.

-La impugnación deberá llevar la firma de Letrado o Graduado Social Colegiado para su admisión a trámite, quien deberá designar un domicilio en la localidad en que radica la sede del TSJ de Andalucía, art. 198 L.R.J.S.

- Transcurrido el plazo, se elevarán los autos a la Sala de lo Social del TSJA, previo traslado, en su caso, del escrito/s de impugnación a las demás partes a los efectos oportunos. Art 197 LRJS

Notifíquese la presente resolución
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida
Y para que sirva de notificación al demandado SERVICIOS MARITIMOS
AL CONSIGNATARIO DE BARCELONA SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA
PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a treinta de septiembre de dos mil veinte. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Nº 58.939

23 de octubre de 2020

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

D/D LIDIA ALCALA COIRADA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE
CÁDIZ.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 965/2015 a instancia de la parte actora D/D. SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
contra FRANCISCO JAVIER AYALA MOLIA, ASOCIACIÓN DE APOYO A LA
INTEGRACIÓN HUMANITAS, ASOCIACIÓN DE APOYO AL MEDIO AMBIENTE, NATURA, SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO y FUNDACIÓN UNIVERSIDAD
EMPRESA DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/D
LIDIA ALCALA COIRADA

En CÁDIZ, a veinticuatro de junio de dos mil veinte.

El escrito de ampliación con sus copias de demanda original y queda unida a las diligencias de su razón.

Se tiene por ampliada la demanda frente a ASOCIACIÓN DE APOYO
A LA INTEGRACIÓN HUMANITAS, ASOCIACIÓN DE APOYO AL MEDIO
AMBIENTE, NATURA, SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO y FUNDACIÓN
UNIVERSIDAD EMPRESA DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ y se señala para la celebración del acto de Juicio oral el próximo día 30 DE OCTUBRE DE 2020 A LAS
12:00 de su mañana, en la sala de vistas de este Juzgado sito en ESTADIO RAMON
DE CARRANZA-FONDO SUR- 3 PLANTA. Doy fe.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Y para que sirva de notificación al demandado ASOCIACIÓN DE APOYO
A LA INTEGRACIÓN HUMANITAS y ASOCIACIÓN DE APOYO AL MEDIO
AMBIENTE, NATURA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CÁDIZ, a veinticuatro de junio de dos mil veinte. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LIDIA ALCALA
COIRADA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Nº 61.910

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/10/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha23/10/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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