Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/9/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 6

B.O.P. DE CADIZ NUM. 174

SÉPTIMA.- Procedimiento selectivo.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición libre y constará de dos fases:

La fase de oposición, de carácter eliminatorio, que podrá alcanzar hasta un máximo de 20 puntos.

La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, que podrá alcanzar hasta un máximo de 10 puntos.

7.1- Fase de oposición:
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud, eliminatorias y obligatorias.

Las personas aspirantes serán convocadas, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

Antes del inicio de cada prueba se deberá requerir la acreditación de su personalidad, pudiéndose reiterar durante el desarrollo de las mismas.

Las personas opositoras deberán acudir provistas del DNI, o en su defecto pasaporte o carnet de conducir con fotografía reciente.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:

7.1.1.- Primer ejercicio. Cuestionario tipo test.
Consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 30 preguntas planteadas por la Comisión de Selección relacionado con las materias que constarán en el correspondiente ANEXO II de las bases específicas, con carácter eliminatorio.
Cada pregunta tendrá tres respuestas alternativas y sólo una de ellas se considerará válida. Cada pregunta mal contestada restará un tercio de una correcta, las no contestadas ni sumarán ni restarán. La duración máxima de este ejercicio será de 60 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Será corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

7.1.2.- Segundo ejercicio. Prueba específica según las funciones a desarrollar.
Los concursantes realizarán una prueba práctica específica que consistirá en la interpretación de un programa conformado por obras de diversos estilos y épocas ante la Comisión de Selección con el instrumento para el que el aspirante se presenta como profesor; con una duración aproximada de 40 minutos. Para la realización de la prueba práctica no se requiere pianista acompañante.
El tiempo máximo para la realización de este supuesto será de 30 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Siempre que resulte posible, será evaluado sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
Se valorarán en estos supuestos los conocimientos y habilidades en las funciones a desarrollar en las diferentes contrataciones.

7.1.3.- Garantías del anonimato de los exámenes escritos.
Para garantizar el anonimato de los exámenes escritos, una vez finalizados, se hará entrega a las personas aspirantes, de forma aleatoria, de dos etiquetas con un código de barras. Una etiqueta se adherirá en el recuadro del enunciado de cada ejercicio y otra en la ficha identificativa, que se introducirá en los correspondientes sobres, que se cerrarán y firmarán en la solapa.
Una vez corregidos los ejercicios, tras fijarse la nota de corte, se procederá a la apertura de los sobres que contienen las fichas identificativas de las personas aspirantes.

7.1.4.- Notas de corte.
El Tribunal, teniendo en cuenta las circunstancias y para un mejor desarrollo de su cometido, queda facultado para la determinación, con anterioridad a la identificación de las personas participantes, del número de aciertos netos necesarios para obtener el aprobado en el tipo test que en ningún caso podrá ser inferior al 45 por ciento de las preguntas.

7.2.- Fase de Concurso.

La fase de concurso podrá alcanzar hasta un máximo de 10 puntos.
Se valorarán los siguientes méritos:

7.2.1.- Experiencia laboral.
Por experiencia laboral en trabajos análogos a los de la convocatoria específica, hasta un máximo de 7 puntos.
1.- Por servicios prestados en la Administración Pública, hasta un máximo de 4,50 puntos:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puestos análogos a los de la convocatoria específica, acreditado mediante la correspondiente certificación: 0,05
puntos.
2.- Por servicios prestados en el sector privado, hasta un máximo de 2,50 puntos:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto análogos a los de la convocatoria específica, acreditado mediante la correspondiente certificación y contratos de trabajo: 0,025 puntos.
Se entenderá por trabajo análogo el que tenga igual contenido funcional a los de la convocatoria específica.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados proporcionalmente; no obstante se computarán como prestados a tiempo completo cuando tengan su origen en situaciones de excedencias, reducciones de jornada y permisos para facilitar la vida personal, familiar y laboral.

7.2.2.- Titulaciones.

Por estar en posesión de una titulación, hasta un máximo de 2 puntos.
- Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalente 0,50 puntos.
-Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalentes 1 punto.
- Doctorado, Grado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalentes 2 puntos.
Sólo se valorará la titulación de mayor nivel.
Cuando en una convocatoria específica se exija determinada titulación académica no se valorarán los títulos de los estudios inferiores, ni los exigidos en la convocatoria.

11 de septiembre de 2019

7.2.3.- Cursos de formación relacionados con las funciones del puesto y/o plaza a desarrollar.
- Por haber realizado cursos de formación organizados por Administraciones Públicas o en colaboración con aquellas y que estén relacionados con el puesto al que se aspira de al menos 20 horas de duración: 0,10 por curso con un máximo de 1 punto.
Los méritos a valorar por el Tribunal serán exclusivamente los detallados en el correspondiente Anexo de las bases específicas que serán acreditados documentalmente por las personas aprobadas en la primera fase de la oposición, en un plazo no superior a 5 días hábiles a contar desde la publicación de la lista de personas aprobadas de la fase de oposición.

7.2.4.- Justificación de los méritos alegados:
A Méritos profesionales:
- Servicios en Administración Local y resto de Administraciones Públicas: Certificación expedida por la Administración Pública correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.
Certificado de servicios previos e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Experiencia en el sector privado Certificado de empresa e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado del contrato de trabajo o nómina, o cualquier otro documento con fuerza probatoria tanto del periodo como de la categoría profesional.
B Cursos, Jornadas, Congresos y Seminarios:
Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse el título o el diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.
C Méritos académicos:
Título expedido u homologado por el Ministerio con competencias en materia de educación o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título.

OCTAVA.- Publicación del resultado del proceso selectivo.

Por la Alcaldía se dictará la resolución conteniendo el resultado del proceso selectivo, incluyendo la Lista Definitiva de las personas aprobadas por orden de prelación, procediendo su publicación en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica y en la página Web municipal.
Contra este acto se podrá interponer recurso de reposición en un plazo no superior a un mes a partir de la publicación.

NOVENA.- Vigencia.

En todo caso, la vigencia de la bolsa finalizará:
1.- Por el transcurso de tres años desde la fecha de su constitución.
2.- Siempre que quede agotada como consecuencia de situaciones en las que no haya personas disponibles.

DÉCIMA.- Funcionamiento de la Bolsa.

Se regirá por lo previsto en el Capítulo III. Funcionamiento de las bolsas BOP CÁDIZ Nº 97, 24 de mayo de 2019

NORMA FINAL.
Contra la presente convocatoria y bases podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Tarifa, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1992, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. También, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO II. Temario 1. La música como lenguaje y como medio de expresión. Valor formativo de la música.
Percepción y expresión. Importancia de la Educación Musical en la etapa Primaria. El currículo de Educación Musical en la concreción de unidades didácticas globalizadas.
2. La melodía de la Educación Musical. Intervalo, línea melódica, frase melódica.
Reconocimiento de la melodía. Tonalidad, modalidad y transporte de canciones.
Armonización de canciones y de obras instrumentales. Recursos didácticos para trabajar en el aula.
3. La modulación. Procedimientos y ejemplos de su mecánica. Función expresiva.
Recursos didácticos para trabajar en el aula.
4. La armonía en la Educación Musical. Acorde, tipos de acorde, inversiones. Su origen.
Cadencias principales. Recursos didácticos para trabajar en el aula.
5. La textura: tipos. La textura en la instrumentación de canciones y en obras musicales.
La forma. Análisis formal de canciones. Principales formas musicales.
6. La Educación Musical a través del ritmo. Ritmo libre, rítmico y métrico. Ritmo y lenguaje. Ritmo y movimiento. Ritmo y ejecución instrumental. Polirritmia. Pequeñas formas rítmicas: análisis e improvisación. Intervención educativa.
7. La música como parte del desarrollo integral del niño. Fundamentos psicopedagógicos de la Educación Musical. Desarrollo musical y enseñanza de la música.
Nº 66.259


Ayuntamiento de Vejer de la Frontera ANUNCIO

La Concejala-Delegada del Área de Administración General y Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto con referencia administrativa VJREC-00173-2019 de fecha 17.06.2019, mediante Decreto de la Alcaldía con referencia administrativa VJREC-00132-2019,

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/9/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha11/09/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930