Boletín Oficial de la República Argentina del 07/12/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, martes 7
de diciembre de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.543

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
LEYES
Pág.

HOMENAJES

LEYES

Ley 25.961

HOMENAJES
25.961
Impónese el nombre de Aeropuerto Internacional Comandante Armando Tola al Aeropuerto de El Calafate.
MAESTROS DEL DEPORTE
25.962
Establécese que las personas que hayan obtenido u obtengan alguno de los tres primeros puestos en juegos olímpicos o paraolímpicos serán considerados Maestros del Deporte. Modifícase la Ley Nº23.891.

1

Sancionada: Noviembre 17 de 2004
Promulgada de Hecho: Diciembre 6 de 2004

1

DECRETOS
ENERGIA ELECTRICA
1672/2004
Autorízase al Tesoro Nacional a otorgar un préstamo reintegrable al Fondo Unificado creado por la Ley Nº24.065, con destino al pago de obligaciones exigibles a dicho Fondo y al sostenimiento sin distorsiones del sistema de estabilización de precios en el Mercado Eléctrico Mayorista, mediante el auxilio al Fondo de Estabilización creado por la Resolución Nº61/92 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica y administrado por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima CAMMESA.
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
1723/2004
Autorízase a la firma Tecnología Avanzada en Transporte S.A. a operar como empresa terminal de la industria automotriz, conforme con las normas establecidas por la Ley Nº21.932 y su reglamentación.

ARTICULO 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

2

CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Conjunta 777/2004-MEP y 931/2004-MPFIPS
Convócase a Audiencia Pública a efectos de tratar el entendimiento alcanzado entre la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos y la Empresa Distribuidora La Plata S.A. EDELAP S.A.. Habilitación de un Registro de Participantes.
Continúa en página 2

REGISTRADA BAJO EL N 25.961
EDUARDO O. CAMAÑO. MARCELO A GUINLE. Eduardo D. Rollano. Juan Estrada.

3

MAESTROS DEL DEPORTE
Ley 25.962
Establécese que las personas que hayan obtenido u obtengan alguno de los tres primeros puestos en juegos olímpicos o paraolímpicos serán considerados Maestros del Deporte. Modifícase la Ley Nº 23.891.
Sancionada: Noviembre 17 de 2004
Promulgada de Hecho: Diciembre 6 de 2004

3

RESOLUCIONES
COMERCIO EXTERIOR
778/2004-MEP
Declárase procedente la apertura de revisión de la medida aplicada mediante la Resolución Nº1420/99 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y su complementaria, Resolución Nº750/2000 del ex Ministerio de Economía, a operaciones con determinados productos laminados planos de hierro o acero sin alear, originarios de la República Federativa del Brasil, Federación Rusa y Ucrania.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 Impónese al Aeropuerto Internacional de El Calafate el nombre de Aeropuerto Internacional Comandante Armando Tola.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
POLICIA FEDERAL ARGENTINA
634/2004
Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, en relación con los créditos asignados a la Policía Federal Argentina, dependiente de la Jurisdicción 30 - Ministerio del Interior, a fin de atender erogaciones indispensables para su normal funcionamiento, en el marco del Convenio celebrado por dicha institución con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre programas de seguridad ciudadana y los que se deriven de la ejecución del Plan de Prevención del Delito.

Impónese el nombre de Aeropuerto Internacional Comandante Armando Tola al Aeropuerto de El Calafate.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 Modifícase el artículo 1 de la Ley 23.891, el que quedará redactado de la siguiente manera:

7

ARTICULO 2 Modifícase el artículo 2 de la Ley 23.891, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2: Las personas que obtengan títulos olímpicos o paralímpicos podrán ser convocadas por los organismos del Estado que requieran su colaboración para asesoramiento y promoción del depor te amateur. También podrán ser solicitadas en clubes y colegios a efectos de dar charlas y conferencias sobre la importancia del deporte y/o cualquier otro tema relacionado con el mismo.
ARTICULO 3 Modifícase el artículo 4 de la Ley 23.891, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4: Las pensiones establecidas en la presente ley podrán ser percibidas en el caso de los deportistas olímpicos cuando el beneficiario alcance la edad de 50 años. Para los deportistas paralímpicios cuando el beneficiario alcance la edad de 40 años.
ARTICULO 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderá según lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 23.891.
ARTICULO 5 El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro de los sesenta días de su promulgación.
ARTICULO 6 Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL
CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
REGISTRADA BAJO EL N 25.962

EDUARDO O. CAMAÑO. MARCELO A GUINLE. Eduardo D. Rollano. Juan Estrada.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
10

Artículo 1: En virtud de haber logrado títulos olímpicos o paralímpicos que quedan en la historia mundial, para la gloria del deporte argentino, quienes han obtenido u obtengan el primero, segundo o tercer puesto medalla de oro, plata o bronce son considerados maestros del deporte a partir de la puesta en vigencia de esta ley.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/12/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/12/2004

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones9345

Primera edición02/01/1989

Ultima edición24/05/2024

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