Boletín Oficial de la República Argentina del 29/08/2003 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
de la República Argentina Buenos Aires, viernes 29 de agosto de 2003

Nº 30.223

AÑO CXI

$ 0.70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

L EGISLACIÓN Y AVISOS OFICIALES

comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional
DECRETOS
TRANSPORTE FERROVIARIO
Decreto 678/2003
Inclúyese en el régimen establecido en el Artículo 58 del Decreto N 1105/89 a la iniciativa presentada por la empresa Tecnicagua S.A.I.C. y A. tendiente a la realización del estudio de factibilidad técnico-económico y los referidos a los trabajos de ingeniería conexos, para la construcción, operación y mantenimiento de un servicio internacional de transporte ferroviario de cargas y pasajeros, que vincule las ciudades de Guaymallén Las Cuevas provincia de Mendoza-Frontera Internacional, con la República de Chile, en correlación con la propuesta presentada ante el Ministerio de Obras Públicas del citado país, para cubrir el tramo Frontera Internacional-Caracoles-Los Andes República de Chile.
Bs. As., 28/8/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0175411/2002 del Registro del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION
y el Decreto Nº 1105 de fecha 20 de octubre de 1989, modificado por su similar Nº 635 de fecha 11 de julio de 1997, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO tramita la propuesta presentada por la Empresa TECNICAGUA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRICOLA en el marco de lo dispuesto en los incisos l, ll y m del Artículo 58 del Decreto Nº 1105 del 20 de octubre de 1989, agregados por el Artículo 1º de su similar Nº 635 de fecha 11 de julio de 1997.
Que la normativa citada prevé la posibilidad de la presentación, por parte de los particulares, de proyectos a través de la modalidad de iniciativa privada, cuyo objeto sea solamente en una primera fase, el estudio de factibilidad técnico-económico del proyecto y los estudios de ingeniería conexos, para lo cual el autor deberá cumplir con los siguientes recaudos: presentar los términos de referencia de los estudios, su plazo de ejecución y presentación y su costo estimado de realización; los antecedentes completos de la empresa y de las firmas consultoras que participarán en la elaboración de los estudios y la garantía de mantenimiento de la iniciativa.
Que la iniciativa presentada propone en esta fase la realización del estudio de factibilidad técnicoeconómico y los estudios de ingeniería conexos para la construcción, operación y mantenimiento de un servicio de transporte ferroviario internacional de cargas y pasajeros que vincule las ciudades de GUAYMALLEN - LAS CUEVAS
PROVINCIA DE MENDOZA - FRONTERA INTERNACIONAL con la REPUBLICA DE CHILE, sobre los ramales denominados A-12 y A-16.

serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por Decreto Nº 659/1947

Que el proyecto que tramita bajo el régimen de iniciativa privada permitiría la implementación en el territorio nacional de un nuevo servicio internacional de transporte ferroviario de cargas y pasajeros en un corredor ferroviario de gran densidad de tráfico del país.
Que la propuesta mencionada en el considerando anterior resulta acorde con la política de desarrollo de la economía encarada por el ESTADO NACIONAL.
Que el ESTADO NACIONAL, representado por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, suscribió con la PROVINCIA
DE MENDOZA el 28 de diciembre de 1994 un Convenio para la explotación ferroviaria integral de los ramales de trocha angosta pertenecientes a la ex Línea General Belgrano, identificados como A-12 GUAYMALLEN - LAS CUEVAS y A16 PASO DE LOS ANDES - MENDOZA, conforme los lineamientos del Decreto Nº 532 de fecha 27 de marzo de 1992.
Que por Resolución Nº 2492 del 24 de noviembre de 1999 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
OBRAS PUBLICAS de la PROVINCIA DE MENDOZA se aprobó la iniciativa privada presentada en virtud de la Ley Nº 5507 de esa Provincia.
Que la Resolución Nº 1099 del 6 de setiembre de 2002 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
OBRAS PUBLICAS de la PROVINCIA DE MENDOZA, ratificó la aprobación del Proyecto referenciado en el considerando anterior y estableció pautas para la elaboración del mismo en coordinación con la REPUBLICA DE CHILE.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL por Decreto Nº 1650 del 4 de septiembre de 2002
declaró de Interés Público la reconstrucción, refuncionalización y puesta en servicio del Ferrocarril Transandino Central, ramal ferroviario que correrá entre las ciudades de MENDOZA, REPUBLICA ARGENTINA y LOS ANDES, REPUBLICA DE CHILE.
Que por Ord. DGOP Nº 1027 de fecha 10 de agosto de 2001, el MINISTERIO DE OBRAS
PUBLICAS de la REPUBLICA DE CHILE declaró al Proyecto de Interés Público.
Que el 23 de mayo de 2001 se reunió el Grupo Técnico Mixto Chileno - Argentino GTM, el que decidió analizar la alternativa de convocar a DOS
2 licitaciones internacionales, una licitación en cada jurisdicción, con cronograma, bases de condiciones, adjudicación y condiciones de operación, coordinadas en ambas jurisdicciones.
Que la iniciativa propuesta por la Empresa TECNICAGUA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRICOLA abre la posibilidad de importantes inversiones a riesgo empresario en la medida en que, a partir de los estudios que se realicen, se justifique la viabilidad del proyecto, sin que sea necesario recurrir directa o indirectamente a ningún tipo de aporte, aval o garantía por parte del ESTADO NACIONAL.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

JORGE EDUARDO FEIJOÓ

Secretario
Director Nacional
SUMARIO
Pág.
ADMINISTRA
CION DE P
ARQ
UES
ADMINISTRACION
PARQ
ARQUES
NACIONALES
Decreto 676/2003
Desígnase Presidente del Directorio..
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 64/2003-SH
Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5 del Decreto N 691/2000.
HIDR
OCARBUR
OS
HIDROCARBUR
OCARBUROS
Decisión Administrativa 57/2003
Autorízase a la empresa Compañía General de Combustibles S.A., en su carácter de titular del Permiso de Exploración del Area CGSJ XVI, XVII y XVIII Cuenca Golfo San Jorge XVI, XVII y XVIII, ubicada en la provincia de Santa Cruz, a ceder un porcentaje de los derechos, títulos, intereses y obligaciones que posee sobre la misma, a favor de Alianza Petrolera Argentina S.A.
INSTITUT
O NA
CIONAL
INSTITUTO
NACIONAL
OPIED
AD INDUSTRIAL
PROPIED
OPIEDAD
DE LA PR
Resolución P-151/2003-INPI
Solicitudes de Modelos de Utilidad. Condiciones para su presentación.
MEDIA
CION Y CONCILIA
CION
MEDIACION
CONCILIACION
Resolución 162/2003-MJSDH
Designación de los funcionarios que representarán al Poder Ejecutivo Nacional en la integración de la Comisión de Selección y Contralor creada por el artículo 19 de la Ley N 24.573.
MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Decreto 673/2003
Danse por designadas con carácter transitorio Directoras Nacionales, de Información y Evaluación de la Calidad Educativa y de Programas Compensatorios, dependientes de la Secretaría de Educación.

Pág.

4

la Ley N 25.725, al solo efecto de cubrir un cargo en la Dirección de Gestión Informática, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación e Innovación.

4

7

Decreto 668/2003
Exceptúase a la citada Jurisdicción de la prohibición contenida en el artículo 18 de la Ley N 25.725, al solo efecto de cubrir un cargo en la Unidad de Auditoría Interna.

4

MINISTERIO DE TRABAJO
TRABAJO,, EMPLEO
AD SOCIAL
SEGURIDAD
Y SEGURID
Decreto 670/2003
Desígnase, con carácter transitorio, Directora de Sistemas Informáticos de la Dirección de Sistemas Informáticos de la Subsecretaría de Coordinación de dicha Cartera de Estado.

5

MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 56/2003
Apruébase una contratación efectuada por la citada Jurisdicción.

6

PERSONAL MILIT
AR
MILITAR
Decreto 679/2003
Adécuase la Reglamentación para la Fuerza Aérea Argentina de la Ley N 19.101
para el Personal Militar, modificando el régimen de ascensos y retiros de dicho personal, con el propósito de optimizar el actual sistema de selección.

5

PR
OGRAMA DE DESARR
OLLO
PROGRAMA
DESARROLLO
REGIONAL DE EMPLEO
Resolución 141/2003-MI
Déjase sin efecto el mencionado programa, que fuera aprobado por Resolución N 310/2002.

15

RED ARGENTINA DE MUNICIPIOS
Y COMUNID
ADES SALUD
ABLES
COMUNIDADES
SALUDABLES
Resolución 246/2003-MS
Créase la Coordinación Operativa de la citada Red, en el ámbito de la Subsecretaría de Relaciones Sanitarias e Investigación en Salud.

10

6

8

15

4

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURID
AD Y DERECHOS HUMANOS
SEGURIDAD
Decreto 665/2003
Exceptúase a la citada Jurisdicción de la prohibición contenida en el artículo 18 de
Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL resolver si los estudios propuestos por su envergadura e interés merecen ser desarrollados mediante el régimen que se establece en los incisos l a m del Artículo 58 del Decreto Nº 1105 del 20 de octubre de 1989, agregados por el Artículo 1º de su similar Nº 635 del 11 de julio de 1997.

Continúa en página 2
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 1105
del 20 de octubre de 1989, modificado por su similar Nº 635 del 11 de julio de 1997 y por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete en virtud del Artículo 6º del Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.

DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Declárase incluida en el régimen establecido por los incisos l a m del Artículo 58 del
www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/08/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/08/2003

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9356

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2003>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31