Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/9/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 25.778 - 171/15

PARANA, miércoles 16 de setiembre de 2015

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE PRODUCCION
DECRETO Nº 561 MP
Paraná, 18 de marzo de 2015
Autorizando a la Empresa Castellani y Nocelli S.R.L. con domicilio legal en calle Ayacucho 743 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, con carácter precario y sin derecho a exclusividad a efectuar extracción de arena en el lecho del Río Paraná Guazú margen izquierda en los kilómetros 157; 158; 159; 160;
161; 162 y 163, Jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos hasta el 22 de octubre de 2017.
Encuadrando la presente gestión en las previsiones establecidas mediante Ley Nº 5005 y Decreto Reglamentario Nº 4467/71 ME en concordancia con la Ley Nº 10.158.
Disponiendo que la embarcación identificada como; B/M Deltarena Matrícula N 01630 y B/M Rossini Matrícula Nº 01536, se encuentran autorizadas para operar en las tareas de extracción cuyo permiso se otorga por la presente norma legal.
Estableciendo que la firma permisionaria deberá ingresar el Derecho Anual de Otorgamiento del Permiso de Explotación de Minerales de tercera categoría a que se refiere el artículo 4
de la ley N 5005 dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha del presente mediante su depósito en la Cuenta N 90255/7 abierta en el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. Casa Central a nombre de la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción y se registrará en el rubro de Recursos identificado como DA 965. C 1. J 15. SJ 00. ENT 0000. FF
13. SF 328. TI 12. CL 2. CO 02. SC 010. CDE

E D ICION: 20 Págs. - $ 5,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay
000 Fondo Especial para Fomento y Controlar Minero del Presupuesto General de la Administración Provincialejercicio 2014 Ley N
10.269.
DECRETO Nº 562 MP
Paraná, 18 de marzo de 2015
Autorizando a la Empresa Arenera Del Litoral S.R.L. con domicilio legal en calle Dr. Julián Obaid N1523 de la ciudad de Paraná, con carácter precario y sin derecho a exclusividad, a efectuar extracción de arena en el lecho del Río Paraná, margen izquierda, en los kilómetros 585 a 586, jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos, hasta el 16 de julio de 2015.
Encuadrando la presente gestión en las previsiones establecidas mediante Ley Nº 5005 y Decreto Reglamentario Nº 4467/71 ME sin que se oponga y existiendo correspondencia con la documentación exigida por la Ley Nº 10.158 y su Decreto Reglamentario N 4067/14 MP.
Disponiendo que las embarcaciones identific a da s c om o: B/M Lourdes, Matrícula Nº 01206; B/M Sulfúrico 1, Matrícula Nº 01207
y B/M Máxima M, Matrícula Nº 01208 se encuentran autorizadas para operar en las tareas de extracción cuyo permiso se otorga por la presente norma legal.
Estableciendo que la firma permisionaria deberá ingresar el Derecho Anual de Otorgamiento del Permiso de Explotación de Minerales de tercera categoría a que se refiere el artículo 4
de la Ley Nº 5005, dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha del presente, mediante su depósito en la Cuenta Nº 90255/7 abierta en el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., Casa Central, a nombre de la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción, y se
registrará en el rubro de Recursos identificado como DA 965, C 1, J 15, SJ 00, ENT 0000, FF
13, SF 328, TI 12, CL 2, CO 02, SC 010, CDE
000 Fondo Especial para Fomento y Controlar Minero del Presupuesto General de la Administración Provincial - ejercicio 2015 Ley Nº 10.338.
DECRETO Nº 563 MP
Paraná, 18 de marzo de 2015
Autorizando a la Empresa Naviera Azul S.A. con domicilio legal en calle Catamarca N
319 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, con carácter precario y sin derecho a exclusividad, a efectuar extracción de arena en el lecho del Río Gutiérrez, margen izquierda, 1
kilómetro a partir de la desembocadura del Río Paraná Bravo, jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos, hasta el 07 de febrero de 2019.
Encuadrando la presente gestión en las previsiones establecidas mediante Ley Nº 5005 y Decreto Reglamentario Nº 4467/71 ME en concordancia con la Ley N 10.158.
Disponiendo que la embarcación identificada como: B/M Eligió B, Matrícula N 01011 se encuentra autorizada para operar en las tareas de extracción cuyo permiso se otorga por la presente norma legal.
Establecido que la firma permisionaria deberá ingresar el Derecho Anual de Otorgamiento del Permiso de Explotación de Minerales de tercera categoría a que se refiere el artículo 4
de la Ley N5005, dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha del presente, mediante su depósito en la Cuenta N 90255/7 abierta en el Nuevo Banco de Entre Rios S.A., Casa Central, a nombre de la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción, y se

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/9/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha16/09/2015

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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