Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/9/2015

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Nº 25.773 - 166/15

PARANA, miércoles 9 de setiembre de 2015

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO
Y JUSTICIA
DECRETO Nº 582 MGJ
RECHAZANDO SOLICITUD
Paraná, 27 de marzo de 2015
VISTO:
La solicitud efectuada por el Sr. Oscar Alberto Banega MI N 20.945.907 ex funcionario policial respecto de conmutación de pena y reincorporación a la Policía de Entre Ríos;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 3398/10 MGJE se dispuso aplicar la sanción de destitución por cesantía al entonces Oficial Principal de la Policía, Sr. Banega Carlos Alberto; y Que en la presentación articulado en fecha quince 15 de enero de 2013, el ex agente solicita se revea su situación y se lo reincorpore a la Institución Policial; y Que en fecha treinta 30 de abril de 2008 el Superior Tribunal de Justicia confirma la sentencia de la Excma. Cámara del Crimen de Concepción del Uruguay, condenándolo a cumplir la pena de un 1 año de prisión, cuya ejecución se deja en suspenso, con más la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el término de un 1 año; y Que consecuente con ello, mediante Decreto N 5577/08 MGJEOySP, de fecha veintidós 22 de septiembre de 2008 se le dio la baja de la institución; y Que argumenta el Sr. Banega en su presentación que la inhabilitación impuesta ha sido cumplida holgadamente, situación que lo coloca ante la posibilidad legal de reingresar a la Institución Policial; y
E D ICION: 18 Págs. - $ 5,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay
Que al respecto, cabe señalar que la conmutación de pena, se encuentra regulada en el artículo N 225y siguientes de la Ley 5654/75
y consiste en la disminución del quantum de la pena o la sustitución por otra más benigna, correspondiendo el ejercicio de dicha facultad al Sr. Jefe de Policía, cuando las penas fueron impuestas por el mismo o sus subordinados y propiciarlas ante el Poder Ejecutivo, cuando lo estime conveniente y la decisión exceda en sus facultades; y finalmente el artículo 227
consagra la remisión o conmutación de las penas puede ser individual o colectiva, pero en cualquier caso la medida debe imponerse mediante resolución; y Que asimismo corresponde señalar lo dispuesto por el artículo 125º del Reglamento General de Policía, en cuanto a la reincorporación a la fuerza policial, el cual dispone El personal de baja por las causas expresadas en el artículo 122º inciso c, podrá ser reincorporado a la Institución con el grado que poseía y la antigedad computada en el mismo, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias: a Que la solicitud de reingreso sea presentada dentro del término de tres 3 años de la baja cuando fuera agente y dos 2 años para otras jerarquías; b Que exista la vacante en el grado; c Que se hayan llenado las formalidades reglamentarias para el ingreso; y Que por su parte, el artículo 181º del mismo cuerpo legal establece que la cesantía consiste en la separación del castigado de la Institución, con pérdida del estado policial y los derechos que le son inherentes. No importará la pérdida de los derechos al retiro que pueda corresponder, circunstancia esta que resulta el principal obstáculo para dar curso a la reincorporación interesada; y Que desde la Jefatura de la Provincia de
Entre Ríos, se ha expedido la máxima autoridad, mediante Resolución D.P. Nº 1240/11, rechazando el reingreso solicitado; criterio que se mantiene en la actualidad; y Que obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, como asimismo de la Fiscalía de Estado de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase la solicitud de conmutación de pena y reingreso a la Institución Policial efectuada por el Sr. Oscar Alberto Banega MI Nº 20.945.907, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 593 MGJ
RATIFICANDO RESOLUCION
Paraná, 27 de marzo de 2015
VISTO:
Los presentes actuados por los que la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, eleva la renuncia al cargo del Agente Penitenciario Mendoza Stella Maris, numeraria dependiente de la Dirección General de ese organismo; y CONSIDERANDO:
Que se inicia las presentes actuaciones a raíz de la solicitud de renuncia efectuada por el Ag ent e Me ndo za St ella M aris, D N I N º

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/9/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha09/09/2015

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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