Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 38
CORDOBA, R.A. VIERNES 22 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Resolución N 44
Córdoba, 20 de febrero de 2019
VISTO: El expediente Nº 0034-091931/2019.
Y CONSIDERANDO:Que en la Resolución Ministerial Nº 416/16 se establece un criterio uniforme y ordenatorio en lo que atañe al otorgamiento de licencias y francos compensatorios en la órbita ministerial, sin perjuicio de las excepciones que por la naturaleza funcional o por la aplicación de regímenes laborales específicos de determinados ámbitos de esta Jurisdicción resulten menester otorgar.
Que en tal sentido el señor Secretario de Ingresos Públicos, mediante nota de fecha 15 de febrero de 2019 peticiona la autorización para que el personal de la Dirección General de Rentas y de la Dirección General de Catastro, realicen tareas inherentes a sus funciones que excedan la jornada normal y habitual, por razones de estricto servicio.
Que dichas tareas serán prestadas a los fines de obtener mayor eficiencia en la consecución de los objetivos de ambas Reparticiones, siendo compensadas únicamente mediante el otorgamiento de francos.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 64/2019, EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E LV E :
Artículo 1º FACULTAR al señor Secretario de Ingresos Públicos para que autorice al personal de la Dirección General de Rentas y de la Direc-

ción General de Catastro, a efectuar tareas relativas a sus funciones, en horas que excedan la jornada laboral normal y habitual y cuyo cumplimiento deba verificarse conforme con el funcionamiento operativo de ambas Reparticiones, las cuales serán compensables exclusivamente mediante el otorgamiento de francos.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

MINISTERIO DE GOBIERNO
FE DE ERRATAS

En la Edición del BO del día 12/10/2017, primera sección, pags. 1, en Legislación y Normativas, se ha detectado error material involuntario en el Anexo Único adjunto a la Resolución N 04/2017, emitida por la Subsecretaría de Gestión Administrativa de este Ministerio y que figura como Link en la publicación. En este sentido donde dice: 591963013117
- Martínez Melisa Belén 27-35963186-9 - Debe decir: 591963013117 Ramacciotti Cartia Yesica Tatiana 27-35963186-9. Quedando salvado de esta manera dicho error. Fdo: Prof. Patricia Viviana Sacramento
Jefe de Area Despacho del Ministerio de Gobierno.
5 días - Nº 195788 - s/c - 26/02/2019 - BOE

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/02/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4134

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/05/2024

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