Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 27
CORDOBA, R.A. JUEVES 7 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

lución N 242/2016 del entonces Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales se adjudicó la ejecución de la referida obra a la citada empresa, suscribiéndose el pertinente Contrato de Obra Pública con fecha 2 de febrero de 2017, con un plazo de ejecución de veinticuatro 24 meses, habiéndose iniciado los trabajos con fecha 6 de marzo de 2017.
Que se han incorporado en autos Memoria Descriptiva de la Modificación de Obra N 1, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Cómputo Métrico y Presupuesto, Planilla Comparativa y conformidad de la Contratista para la ejecución de los trabajos de que se trata, renunciando a gastos improductivos como cualquier otro que pudiere corresponder por la ampliación de obra.
Que en la documentación técnica elaborada por el Departamento I Conservación de Pavimento de la Dirección Provincial de Vialidad, se expresa que la presente Modificación de Obra surge como consecuencia del incremento exponencial en el deterioro de la carpeta asfáltica existente, producto de las acciones climáticas emergencia hídrica que afectaron a la Zona Este de la Provincia durante los períodos 20162017, circunstancias que no pudieron ser previstas al momento de la elaboración del proyecto original.
Que se advierte de la documentación referente a la modificación de obra propiciada en autos, que el plazo de ejecución de dichos trabajos se prevé en cuatro 4 meses, por lo que el nuevo vencimiento del plazo de obra se extiende al 6 de julio de 2019.
Que se agrega en autos Planilla Comparativa de Modificación de Obra Nº 1, en la cual se advierten los ítems, las cantidades, los precios, montos y la incidencia de Ingresos Brutos.
Que de ello surge que la Modificación de Obra que se propicia asciende a la suma de $ 47.886.517,98, a valor contractual, que representa un incremento del 29,95% que elevan el monto contractual a $
207.764.631,65, que deducido la exención del impuesto a los Ingresos Brutos, la Modificación resulta en $ 46.044.728,83 y el nuevo monto del contrato se eleva a $ 199.773.684,28.

Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable - Nota de Pedido N 2018/000299, por la suma de $
46.044.728,83.

Que conforme constancia incorporada en autos, la Empresa LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. se encuentra inscripta en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado Registro de Constructores de Obra Pública, en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 10 - inciso b y 5º del Decreto Nº 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 398/2018 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a las constancias obrantes en autos y antecedentes de hechos y derecho esgrimidos en los informes técnicos agregados, considera que los trabajos modificatorios que se propician encuadran jurídicamente en las previsiones de los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas 8614, modificada por Ley N 10417, toda vez que los mismos, según informes técnicos obrantes en autos, no superan el 30% del contrato original.
Asimismo, se destaca que los cálculos se han efectuado en base a
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 398/2018 y en uso de sus atribuciones,
las disposiciones del Decreto Nº 259/2017, habiendo contemplado la exención a los Ingresos Brutos, pudiendo en consecuencia y conforme lo dispuesto por la Ley Nº 10220, dictarse el acto administrativo por el cual se apruebe la modificación de obra propiciada y se adjudique a la firma LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A., debiendo la misma cumplimentar con la instrumentación de la extensión de la garantía correspondiente.

mento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modificación de Obra Nº 1, correspondiente a la obra: REHABILITACIÓN DE RUTA PROVINCIAL
Nº 3 TRAMO: LA FRANCIA COLONIA SAN BARTOLOMÉ LAS
VARILLAS y consecuentemente ADJUDÍCASE la ejecución de la misma a la contratista de la obra principal, Empresa LEMIRO
PABLO PIETROBONI S.A. CUIT Nº 30-53300416-0, por la suma de Pesos Cuarenta y Siete Millones Ochocientos Ochenta y Seis Mil Quinientos Diecisiete con Noventa y Ocho Centavos $ 47.886.517,98 a valores contractuales, que deducida la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos de conformidad a las previsiones del Decreto Nº 259/2017, resulta la suma de Pesos Cuarenta y Seis Millones Cuarenta y Cuatro Mil Setecientos Veintiocho con Ochenta y Tres Centavos $ 46.044.728,83, conforme Planilla que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cuarenta y Seis Millones Cuarenta y Cuatro Mil Setecientos Veintiocho con Ochenta y Tres Centavos $ 46.044.728,83, conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2018/000299, al Presupuesto Futuro Año 2019.
Artículo 3.- APRUÉBASE una ampliación de Plazo de Obra de cuatro 4 meses, llevando la fecha de finalización de la obra al día 6
de julio de 2019.

Artículo 4º.- APRUÉBASE la conformidad expresada por la Empresa LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. para la ejecución de los trabajos de que se trata en los términos de su presentación y la renuncia a los gastos improductivos, que pudieran generarse como consecuencia de la instrumentación, gestión y tramitación de la presente Modificación de Obra.
Artículo 5º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la Adenda al contrato de obra, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes, debiendo la contratista integrar la garantía de fiel cumplimiento en la misma proporción establecida para el contrato principal y cumplimentar con el sellado de Ley de las Enmiendas de Contrato por Modificación de Obra, en caso de corresponder .

Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Departa-

FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO

ANEXO:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/02/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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