Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/12/2018 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 251
CORDOBA, R.A. VIERNES 28 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que luego, el Informe en cuestión indica que conforme a la incidencia del Valor Agregado de Distribución sobre las diferentes categorías tarifarias y conceptos en ellas incluidos, según sean sin medición de demanda o con medición de demanda, se observa que, sin impuestos y sin considerar el Cargo para Obras de de Infraestructura y Desarrollo Eléctrico, el incremento promedio global de los ingresos de la EPEC para el mes de enero de 2019, respecto de diciembre de 2018, ascendería al 9,82%. Esto en correspondencia con el 13,93% de incremento del Valor Agregado de Distribución causado por la Fórmula de Adecuación Trimestral para el cuarto trimestre de 2018, acumulado al 1,89% resultante de la rectificación de la Fórmula de Adecuación Trimestral correspondiente al tercer trimestre de 2018, y la respectiva adición del 3,96% determinado por el Factor de Corrección correspondiente al tercer trimestre de 2018, de conformidad con los criterios previstos en el mecanismo de ajuste tratado en la Resolución General ERSeP Nº 61/2018. Así también cabe observar el incremento global de ingresos que se produciría sobre la totalidad del mercado de la EPEC, considerando la incidencia del Cargo para Obras de de Infraestructura y Desarrollo Eléctrico, con el cual el ajuste ascendería al 9,92% promedio global, resultando del 12,14% para la Categoría Residencial, del 13,07% para la Categoría General y de Servicios, y oscilando entre el 12,15% y el 15,27% para el resto de las categorías sin facturación de potencia. En cambio, para las Categorías Grandes Consumos, en baja tensión el ajuste global oscila entre el 8,64% y el 11,06%, en media tensión entre el 6,17% y el 9,32%, y en alta tensión el ajuste asciende al 3,86%, cuando para las Cooperativas Eléctricas, el precio de compra se ajusta en baja tensión un 7,05%, en media tensión un 4,26% y en alta tensión un 2,04%. Mientras tanto, para la Categoría Peajes el ajuste se determina automáticamente como la diferencia entre las nuevas tarifas de venta y los nuevos precios de compra, por lo que no amerita determinar porcentajes de variación.
.

Que adicionalmente, respecto del Cargo para Obras de Infraestructura y Desarrollo Eléctrico aprobado por Resolución General ERSeP Nº 29/2018, el Informe advierte que en las categorías en que éste se aplica de manera proporcional al consumo, se mantienen los porcentuales definidos al tratar el ajuste autorizado por Resolución General ERSeP Nº 75/2018, resultando ello pertinente. En cambio, en las categorías en que dicho cargo conforma valores asociados a las demandas de potencia Grandes Consumos, Cooperativas Eléctricas y Peajes, se ajusta en un 12,80%, valor que conjuntamente con las variaciones de los cargos por demandas permiten obtener los porcentuales globales indicados en el párrafo precedente.
. Que por su parte, en relación a las Tasas, el citado Informe establece que se ajustan conforme al incremento obtenido de la aplicación de la Fórmula de Adecuación Trimestral para el período bajo análisis y la rectificación del resultado del trimestre anterior, alrededor del 16,10%.
. Que finalmente, en relación al traslado a tarifas finales que deberán efectuar las Cooperativas Distribuidoras del Servicio Eléctrico en el territorio provincial, derivado del incremento de las tarifas de compra planteado por la EPEC, el referido Informe alude al artículo 9º de la
incremento del Valor Agregado de Distribución aplicable por la EPEC a partir del 01 de enero de 2019, provocado por el efecto de la Fórmula de Adecuación Trimestral para el cuarto trimestre de 2018, la rectificación de la Fórmula de Adecuación Trimestral correspondiente al tercer trimestre de 2018 y la aplicación del Factor de Corrección correspondiente al tercer trimestre de 2018, de conformidad con el mecanismo de ajuste previsto por el artículo 4º de la Resolución General ERSeP Nº 61/2018. 2- APROBAR el Cuadro Tarifario elevado por Resolución Nº 81695 de la EPEC, incorporado como Anexo Nº 1 del presente, aplicable por dicha Distribuidora a los servicios, suministros o consumos de energía eléctrica a partir del 01 de enero de 2019, obtenido del traslado a las tarifas, del incremento del Valor Agregado de Distribución tratado en el artículo 1º precedente. 3- APROBAR los ajustes en los precios de la energía y/o potencia incorporados como Anexo Nº 2 del presente, aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia de Córdoba para determinar las Tarifas de Venta correspondientes a la energía y/o potencia destinadas a sus Usuarios Finales a partir del 01 de enero de 2019. 4- APROBAR los valores del Cargo para Obras de Infraestructura y Desarrollo Eléctrico implementado por Resolución General ERSeP Nº 29/2018, incorporados como Anexo Nº 3 del presente, aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia de Córdoba sobre la energía y/o potencia destinadas a sus Usuarios Finales a partir del 01 de enero de 2019. 5- ESTABLECER
que los ajustes en los precios de la energía aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia de Córdoba para determinar las Tarifas de Venta a Usuarios Residenciales cuyas demandas no alcancen los 10 kW y cuyo consumo de energía se haya reducido en NO MENOS del 20% respecto del registrado en el mismo período del año 2015, se mantienen idénticos a los instrumentados por medio del Anexo Nº 4 de la Resolución General ERSeP Nº 58/2018. 6- ESTABLECER que los ajustes en los precios de la energía aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia de Córdoba para determinar las Tarifas de Venta a Usuarios Residenciales que resulten beneficiarios de la Tarifa Social Nacional, cuyas demandas no alcancen los 10 kW y cuyo consumo de energía se haya reducido en NO MENOS del 20% respecto del registrado en el mismo período del año 2015, se mantienen idénticos a los instrumentados por medio del Anexo Nº 5 de la Resolución General ERSeP Nº 58/2018. 7- ESTABLECER que los ajustes en los precios de la energía aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia de Córdoba para determinar las Tarifas de Venta a Usuarios Residenciales que resulten beneficiarios de la Tarifa Social Nacional, cuyas demandas no alcancen los 10 kW y cuyo consumo de energía sea MAYOR o IGUAL
al registrado en el mismo período del año 2015, o se haya reducido en MENOS del 20% respecto del registrado en el mismo período del año 2015, se mantienen idénticos a los instrumentados por medio del Anexo Nº 6 de la Resolución General ERSeP Nº 58/2018. 8- INDICAR a las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia de Córdoba, que los cargos correspondientes a la TARIFA Nº 9 SERVICIO DE
PEAJE de la Estructura Tarifaria Única aprobada por Resolución General ERSeP Nº 17/2008, o sus equivalentes en el caso de Cooperativas
Resolución General ERSeP Nº 57/2017, indicando luego que en base a idénticos procedimientos a los efectuados en casos anteriores de similares características, correspondería en el presente autorizar el traslado de los respectivos ajustes.
. Que así las cosas, en virtud de lo analizado precedentemente, el Informe referido concluye que de considerarse jurídicamente pertinente, técnicamente se entiende recomendable: 1- APROBAR el
Concesionarias que no hubieran llevado a cabo la adecuación de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha norma, deberán calcularse acorde a la metodología descripta en los considerandos de la Resolución General ERSeP Nº 14/2011, tomando como referencia las tarifas para usuarios finales que surjan de la aplicación de los artículos precedentes y las tarifas de compra respectivas, contemplando además los cargos para obras que la EPEC aplique sobre la energía
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/12/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha28/12/2018

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4143

Primera edición01/02/2006

Ultima edición18/05/2024

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