Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/12/2018 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 248
CORDOBA, R.A. VIERNES 21 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

ARTÍCULO 6º.- NOTIFÍQUESE al Sr. Jefe del Destacamento Legislatura Provincial para la disposición del personal policial de la Provincia de Córdoba, afectado a la seguridad del Palacio Legislativo y anexos, y exceptuado del presente régimen.

PODER JUDICIAL
Resolución N 506 - Letra:B
Córdoba, 10 de diciembre de 2018.
. VISTO: El Acuerdo Reglamentario Nro. 540, Serie A de fecha 6 de abril del 2000, sus complementarios y modificatorios, por el cual se determinan los Tribunales competentes para entender en las Acciones de Amparo reguladas por el Art. 48 de la Constitución Provincial, por Ley Nro. 4915, por la de Hábeas Data de los Arts. 50 de la Constitución Provincial y 43 tercer párrafo de la Constitución Nacional y, por Ley Nº 25.326.
Y CONSIDERANDO:
I Que, el art. 5 del Ac. Regl. Nro. 540, Serie A dispone que la Di, rección de Servicios Judiciales hoy Área de Servicios Judiciales será la autoridad de aplicación y contralor de las normas que en dicho Acuerdo se establecen, a la vez que le impone la obligación de confeccionar los cronogramas de turnos pertinentes y distribuirlos a los tribunales y entidades involucradas en el quehacer judicial.

II Que, el art. 1 del referido Acuerdo Reglamentario determinó qué Tribunales del Centro Judicial de Capital, serán competentes en forma exclusiva y excluyente; precisándose en el art. 2 un turno de siete días corridos por tribunal.

III Que, resulta necesario proceder a la confección de un nuevo cronograma de turnos, para entender en las Acciones de Amparo, a partir de las ocho 8 hs. del día treinta y uno 31 de diciembre del año dos mil dieciocho, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo Reglamentario Nº 1495 Serie A del 28/05/2018, debiendo preveer la modalidad de intervención de los Juzgados y el trámite a cumplir en los períodos de Feria y
JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE
JUECES DE PAZ
ACUERDO NÚMERO: CIENTO NUEVE 109/2018. En la Ciudad de Córdoba a 17 días del mes de Octubre del año dos mil dieciocho, con la presidencia de la Dra. Laura Matilde ECHENIQUE, se reunieron los señores Miembros de la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz creada por Ley N 9449, Sres. Romina Noel CUASSOLO, Manuel Cristian SAVID, Hugo Oscar CUELLO, Orlando Víctor ARDUH y Ricardo DE TORO y ACORDARON: Y VISTO: Y CONSIDERANDO: LA JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ RESUELVE: ARTÍCULO 1:
Confeccionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante PANAHOLMA-CIENAGA DE ALLENDE Departamento SAN ALBERTO con el puntaje total obtenido por cada uno de los concursantes, excluyendo del BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTÍCULO 7º.- Protocolícese, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y archívese.
FDO: DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ PRESIDENTE PROVISORIO / LIC. SEBASTIÁN ROSSA SECRETARIO ADMINISTRATIVO.

Receso del Poder Judicial;

IV Cuando el Tribunal que le corresponda el turno se encuentre vacante o cuando los magistrados hubieren solicitado ser excluidos del mismo con fundados motivos, esta Área resolverá sobre el particular asignando la intervención a otro magistrado, a efectos de su cobertura y contemplando las correspondientes compensaciones.
V Que atento la vacancia actual del Juzgado de Quincuagésima Nominación y la próxima a producirse en el Juzgado de Cuadragésimo Sexta Nominación, amerita dilatar en el tiempo los turnos respectivos hasta la cobertura futura de los mismos. Por los motivos invocados y por las atribuciones conferidas, el Sr. Director del Área de Servicios Judiciales;
RESUELVE:
Artículo 1. ASIGNAR, atento lo expresado en el Considerando V, los turnos para las Acciones de Amparo, a partir de las ocho 8 hs. del día treinta y uno 31 de diciembre de dos mil dieciocho, a los Juzgados Civiles y Comerciales, de Control, de Conciliación del Centro Judicial de Capital.
Todo conforme al cronograma dispuesto en el Anexo A que forma parte de , la presente Resolución. Artículo 2. RECORDAR a los Juzgados de Feria del mes de enero, o a los que correspondan al receso judicial del mes de julio de cada año, que deberán asignar en el último día hábil de éstos periodos, los expedientes ingresados con motivo de las Acciones de Amparo, al Juzgado que le corresponda intervenir, según el cronograma del Anexo A mediante el uso , del Sistema de Administración de Causas S.A.C.. Artículo 3. PROTOCOLÍCESE. COMUNÍQUESE a los Juzgados involucrados, a la Mesa de Entradas General de los Fueros respectivos, al Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, a la Federación de Abogados de la Provincia de Córdoba, al Boletín Oficial y dése la más amplia difusión.FDO. RAÚL SÁNCHEZ; DIRECTOR DEL ÁREA DE SERVICIOS JUDICIALES.

ANEXO

mismo a quienes no hayan obtenido el mínimo de cincuenta 50 puntos, conforme al Anexo I que se agrega como parte integrante de este Acuerdo.ARTÍCULO 2: Protocolícese, notifíquese, publíquese y archívese. Fdo:
Laura M ECHENIQUE-P.Ejecutivo, Romina N.CUASSOLO-P.Legislativo, Manuel C SAVID-M.P.Fiscal, Hugo O. CUELLO-P.Legislativo, Orlando V
ARDUH-P.Legislativo y Ricardo DE TORO-P.Judicial.ANEXO I JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO SAN ALBERTO.
VACANTE: PANAHOLMA-CIENAGA DE ALLENDE.
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE
1 FLOREZ, MARIA FERNANDA

Tipo Número DNI 30.262.519

TOTAL
50,01

1 día - Nº 189995 - s/c - 21/12/2018 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/12/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/12/2018

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4146

Primera edición01/02/2006

Ultima edición23/05/2024

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