Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/12/2018 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 235
CORDOBA, R.A. MARTES 4 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Acta de Inicio de obra el día 19 de junio de 2017.
Que se han incorporado en autos Memoria Descriptiva de la Modificación de Obra N 1, Aspecto Económico y Aspecto Técnico, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Cómputo Métrico y Presupuesto, Planilla Comparativa y conformidad de la Contratista para la ejecución de los trabajos de que se trata, renunciando a gastos improductivos como cualquier otro que pudiere corresponder por la modificación de obra, como también se agrega nuevo Plan de Trabajo.
Que en la documentación técnica elaborada por el Departamento I
Conservación de Pavimentos de la Dirección Provincial de Vialidad, se expresa que la presente Modificación de Obra surge como consecuencia del incremento exponencial en el deterioro de la carpeta asfáltica existente, producto de las acciones climáticas emergencia hídrica que afectaron a la Zona Este de la Provincia durante los períodos 2016-2017, circunstancias que no pudieron ser previstas al momento de la elaboración del proyecto original Que se advierte de la documentación referente a la modificación de obra propiciada en autos, que el plazo de ejecución de dichos trabajos se prevé en seis 6 meses, a partir del vencimiento del plazo de la obra principal.
Que surge de la Planilla Comparativa de la Modificación de Obra Nº 1, un aumento en el precio de la obra de $ 59.588.812,76, a valores contractuales, que representa un incremento del 29,95% del monto del contrato, original, ascendiendo el nuevo monto de la obra a la suma de $
258.528.759,41.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable - Ajuste Orden de Compra N 2017/000171.01, por la suma de $ 57.296.935,35, monto resultante de deducir de la suma correspondiente a la Modificación de Obra Nº 1, la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos previsto en la Ley N 10.411, modificatoria del Código Tributario Provincial Ley Nº 6006 T.O. por Decreto Nº 400/2015 y sus modificatorias.
Que conforme constancia incorporada en autos, la Empresa BOR
COM S.A. se encuentra inscripta en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado Registro de Constructores de Obra Pública, en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 10 - inciso b y 5º del Decreto Nº 1419/2017.

Que obra Dictamen Nº 369/2018 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a las constancias obrantes en autos y antecedentes de hecho y derecho esgrimidos en los informes técnicos agregados, considera que los trabajos modificatorios que se propician en autos encuadran jurídicamente en las previsiones de los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas 8614, modificada por Ley N 10.417, toda vez que los mismos según informes técnicos obrantes en autos, no superan el 30% del contrato original, pudiendo en consecuencia y conforme lo dispuesto por la Ley Nº 10220, dictarse el acto administrativo por el cual se apruebe la modificación de obra propiciada y se la adjudique a la firma BOR COM S.A., debiendo la misma cumplimentar con la instrumentación de la extensión de la garantía correspondiente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
TRAMO: RUTA PROVINCIAL Nº 6 GENERAL BALDISSERA RUTA
PROVINCIAL Nº 11 PROVINCIA CÓRDOBA y consecuentemente AD, JUDÍCASE la ejecución de la misma a la contratista de la obra principal, Empresa BOR COM S.A. CUIT Nº 33-67241019-9, por la suma de Pesos Cincuenta y Nueve Millones Quinientos Ochenta y Ocho Mil Ochocientos Doce con Setenta y Seis Centavos $ 59.588.812,76 a valores contractuales, que deducida la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos prevista en la Ley N 10.411, modificatoria de la Ley Nº 6006 T. O. por Decreto Nº 400/2015 y sus modificatorias, resulta la suma de Pesos Cincuenta y Siete Millones Doscientos Noventa y Seis Mil Novecientos Treinta y Cinco con Treinta y Cinco Centavos $
57.296.935,35, conforme Planilla que como Anexo I, compuesto de una 1 foja, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.

Nº 369/2018 y en uso de sus atribuciones,
Artículo 7º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modificación de Obra Nº 1, correspondiente a la obra: REHABILITACIÓN DE RUTA PROVINCIAL E-58
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cincuenta y Siete Millones Doscientos Noventa y Seis Mil Novecientos Treinta y Cinco con Treinta y Cinco Centavos $ 57.296.935,35, conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Ajuste Orden de Compra N 2017/000171.01, con cargo al Presupuesto Futuro Año 2019.
Artículo 3º.- APRUÉBASE el nuevo monto del contrato de la obra:
REHABILITACIÓN DE RUTA PROVINCIAL E-58 TRAMO: RUTA
PROVINCIAL Nº 6 GENERAL BALDISSERA RUTA PROVINCIAL Nº 11 PROVINCIA CÓRDOBA que asciende a la suma de Pesos Dos, cientos Cincuenta y Ocho Millones Quinientos Veintiocho Mil Setecientos Cincuenta y Nueve con Cuarenta y Un Centavo $ 258.528.759,41
a valores de Contrato, que deducida la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos prevista en la Ley Nº 10411, modificatoria de la Ley Nº 6006 T.O. por Decreto 400/2015 y sus modificatorios, resulta la suma de Pesos Doscientos Cincuenta y Seis Millones Doscientos Treinta y Seis Mil Ochocientos Ochenta y Dos $ 256.236.882,00.
Artículo 4.- APRUÉBASE una ampliación de Plazo de Obra de seis 6 meses, a partir del vencimiento del plazo de la obra principal.
Artículo 5º.- APRUÉBASE la conformidad expresada por la Empresa BOR COM S.A. para la ejecución de los trabajos de que se trata en los términos de su presentación y la renuncia a los gastos improductivos, que pudieran generarse como consecuencia de la instrumentación, gestión y tramitación de la presente Modificación de Obra.
Artículo 6º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la Adenda al contrato de obra, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes, debiendo la contratista integrar la garantía de fiel cumplimiento en la misma proporción establecida para el contrato principal y cumplimentar con el sellado de Ley de las Enmiendas de Contrato por Modificación de Obra.

FDO: RICARDO SOSA - MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO

ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/12/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha04/12/2018

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4156

Primera edición01/02/2006

Ultima edición07/06/2024

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